Laboral

Ni 5 ni 8: éste es el número de horas que necesitas trabajar para tener un descanso obligatorio en tu jornada

Descanso en la jornada laboral
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

En el ámbito laboral, uno de los aspectos más importantes para el bienestar de los trabajadores es la gestión del tiempo. Entender cuándo y cómo se debe tener un descanso en la jornada garantiza el cumplimiento de la normativa vigente y, por ende, evita posibles conflictos con la empresa, al tiempo que protege la salud de los empleados.

Numerosos estudios han demostrado la importancia de hacer pausas en el trabajo para prevenir accidentes, reducir el estrés y mantener la concentración.

Descanso obligatorio durante la jornada laboral

Según el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, «cuando la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un período de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos». Esto significa que cualquier empleado que trabaje más de seis horas consecutivas tiene derecho a una pausa mínima de 15 minutos.

Estos 15 minutos se pueden organizarse de distintas maneras según lo indique el convenio colectivo o lo pactado con la empresa. Por ejemplo, algunas compañías optan por una sola pausa de 15 minutos, mientras que otras pueden distribuirla en varios descansos más cortos que sumen ese tiempo.

Además de los descansos durante la jornada, la ley regula los períodos de descanso entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente. «Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas», detalla el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Los trabajadores también cuentan con un derecho adicional: el descanso semanal. La normativa establece que «los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo».

Protección especial para menores de edad

Los trabajadores menores de 18 años tienen un régimen más estricto respecto a los descansos. Según el Ministerio de Trabajo y Economía Social:

  • «Cuando la duración de la jornada diaria continuada exceda de cuatro horas treinta minutos, los trabajadores menores de 18 años tendrán un período de descanso de una duración mínima de treinta minutos».
  • «La duración del descanso semanal de los menores de 18 años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos».

Pausas retribuidas

Uno de los aspectos que más dudas genera entre los empleados es si los descansos deben considerarse tiempo de trabajo efectivo. La normativa aclara que: «Este período se considerará de tiempo de trabajo efectivo cuando así esté fijado o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo».

Reducción de la jornada

Tradicionalmente, la jornada laboral en España se ha establecido en 40 horas semanales. Sin embargo, uno de los compromisos del actual Gobierno es reducir esta jornada a 37,5 horas semanales, manteniendo el salario íntegro de los trabajadores.

Desde principios de 2024, el Ministerio de Trabajo mantuvo reuniones con sindicatos y organizaciones empresariales, pero no se logró un acuerdo con los empresarios, por lo que se publicó un anteproyecto de ley sin su participación directa. Tras recibir el visto bueno del Ministro de Economía, la norma fue aprobada en el Consejo de Ministros en febrero y ahora se encuentra pendiente del respaldo definitivo del Congreso de los Diputados.

Una vez entre en vigor la normativa, ningún trabajador podrá superar las 37,5 horas semanales de forma ordinaria:

  • Trabajadores con jornada inferior a 37,5 horas: será necesario ajustar el salario proporcionalmente, tomando como referencia la nueva jornada completa.
  • Trabajadores con jornada de 37,5 horas: se equipará el sueldo al de la jornada completa de 40 horas, garantizando que no haya pérdida de ingresos.
  • Trabajadores con jornada superior a 37,5 horas: se reducirá su jornada a 37,5 horas, manteniendo el salario equivalente al de 40 horas actuales.

La ley establece que la jornada laboral diaria máxima seguirá siendo de nueve horas y que los descansos mínimos por semana deben respetarse según el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, la forma concreta de implementar la reducción puede variar:

  • Disminuir media hora al día, reflejando la reducción de forma continua.
  • Concentrar la reducción de jornada en un día de la semana, generalmente el viernes, para acortar la jornada y empezar antes el fin de semana.
  • Mantener la duración diaria de la jornada, pero otorgar días adicionales de descanso a lo largo del año.

La reducción de jornada viene acompañada del registro horario digital, que deberá cumplir con una serie de requisitos: registro de entrada y salida de manera digital, accesible de forma remota por la Inspección de Trabajo, almacenamiento correcto de los datos de la empresa y del empleado durante al menos cuatro años y disponibilidad para empleados y representantes legales.

Otra medida estrechamente vinculada es la desconexión digital, que protege a los empleados frente a comunicaciones fuera del horario laboral, ya sea por correo electrónico, llamadas o aplicaciones de mensajería. Esta medida será efectiva cuando se apruebe la reducción de jornada en 2025.

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