Ayudas públicas

Malas noticias: el SEPE va a acabar con esta ayuda y te afecta si estás en esta lista

Una ayuda que se sustituye tras la reforma de los subsidios por desempleo

El SEPE tiene una ayuda para desempleados que casi nadie conoce y que te puede salvar

SEPE ayuda
Cómo cambia la Ayuda Familiar
Blanca Espada

Malas noticias: el SEPE va a acabar con esta ayuda y te afecta si estás en esta lista. El año 2024 trae consigo una serie de cambios importantes en el sistema de protección por desempleo en España. Los ministerios de Trabajo y Economía han pactado una reforma de los subsidios por desempleo que afectará a millones de personas que se encuentran en situación de paro o precariedad laboral. Entre las medidas que se han acordado, hay una que destaca por su impacto negativo y que te explicamos a continuación al detalle.

El SEPE acaba con la Ayuda Familiar

La desaparición de la ayuda de 480 euros del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que podía cobrarse si se tienen hijos a cargo y dificultades para llegar a fin de mes, es uno de los cambios significativos que trae consigo la reforma de los subsidios de desempleo.

Esta ayuda, conocida como Ayuda Familiar, era una de las más solicitadas por los desempleados que habían agotado la prestación contributiva y que cumplían una serie de requisitos. Sin embargo, a partir de junio de 2024, dejará de existir y será sustituida por un nuevo subsidio por desempleo que tendrá una duración y una cuantía diferentes.

¿Qué es la Ayuda Familiar y quiénes pueden acceder a ella?

La Ayuda Familiar es un subsidio por desempleo que se concede a las personas que han agotado la prestación contributiva y que tienen responsabilidades familiares a su cargo.

El SEPE entiende por responsabilidades familiares tener a cargo al cónyuge o a algún hijo o hija por naturaleza o adopción, que sea menor de 26 años o mayor con discapacidad, si conviven con el solicitante y dependen económicamente de él o ella y no tienen rentas mensuales superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Hay que tener en cuenta que, a efectos del subsidio, la pareja de hecho del solicitante no se considera integrante de su unidad familiar, ni, por tanto, puede ser alegada por este o esta como carga familiar.

La duración de la Ayuda Familiar depende de la edad del solicitante y de si accede a ella antes o después de cumplir los 45 años. Si se accede antes de cumplir los 45 años, la duración es de 18 meses, prorrogables por otros 6 meses más, hasta un máximo de 24 meses. Si se accede a la ayuda después de cumplir los 45 años, la duración es de 24 meses, prorrogables por otros 6 meses más, hasta un máximo de 30 meses.

La cuantía de la Ayuda Familiar es del 80% del IPREM, es decir, 480 euros mensuales.

¿Hasta cuándo se puede cobrar la Ayuda Familiar del SEPE?

La reforma de los subsidios por desempleo entrará en vigor el 1 de junio de 2024, según el Real Decreto-ley 7/2023, de 29 de diciembre, que la recoge.

Esto significa que los derechos reconocidos antes de esa fecha se mantendrán con la normativa anterior hasta su extinción. Es decir, que si una persona agota el paro y el SEPE le concede la Ayuda Familiar antes del 1 de junio de 2024, podrá cobrarla con los requisitos y la duración vigentes actualmente.

Sin embargo, si una persona agota el paro y solicita el subsidio por desempleo a partir del 1 de junio de 2024, ya no podrá acceder a la Ayuda Familiar, sino al nuevo subsidio por desempleo que la sustituye.

¿Cómo es el nuevo subsidio por desempleo que sustituye a la Ayuda Familiar?

El nuevo subsidio por desempleo que sustituye a la Ayuda Familiar se llama subsidio por desempleo tras el agotamiento de la prestación contributiva y forma parte de la unificación de varios subsidios en tres.

Este nuevo subsidio tiene una duración y una cuantía diferentes a la Ayuda Familiar y no depende de la edad del solicitante ni de si tiene o no responsabilidades familiares.

La duración del nuevo subsidio es de 30 meses como máximo, pero no se concede de una sola vez, sino que se divide en tres tramos:

  • El primer tramo dura 6 meses y se concede a todas las personas que hayan agotado la prestación contributiva, independientemente de su edad y de si tienen o no responsabilidades familiares.
  • El segundo tramo dura otros 6 meses y se concede a las personas que sigan en situación de desempleo y que cumplan alguno de estos requisitos: tener 45 años o más, tener responsabilidades familiares o haber trabajado al menos 360 días en los últimos seis años.
  • El tercer tramo dura 18 meses y se concede a las personas que sigan en situación de desempleo y que cumplan alguno de estos requisitos: tener 52 años o más, tener responsabilidades familiares o haber trabajado al menos 720 días en los últimos seis años.

La cuantía del nuevo subsidio varía según el tramo en el que se encuentre el solicitante:

  • En el primer tramo, la cuantía es del 95% del IPREM, es decir, 570 euros mensuales.
  • En el segundo tramo, la cuantía baja al 90% del IPREM, es decir, 540 euros mensuales.
  • En el tercer tramo, la cuantía se reduce al 80% del IPREM, es decir, 480 euros mensuales.

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