FEDEA vuelve a recordar lo injusto que es el cupo vasco y que se usa para comprar al PNV

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El presidente del PNV, Andoni Ortuzar (Foto: Efe)

Estamos a las puertas de firmar el nuevo cupo vasco para el ejercicio 2018 y las modificaciones sobre el proyecto de nueva ley del mismo no introduce novedades en lo esencial respecto a su antecesora inmediata. Así lo afirma, el profesor Ángel de la Fuente y lo suscribe el think tank FEDEA, que siempre ha manifestado que estas cuentas favorecen mucho al País Vasco en detrimento del Estado. La propia UE ha pedido en numerosas ocasiones que España debería suprimir estas «excepciones» fiscales.

FEDEA publica dentro de su Observatorio de las CCAA una nota elaborada por Ángel de la Fuente sobre el proyecto de nueva ley del cupo que se está tramitando actualmente en el Congreso. Esta ley cuantifica la aportación de las haciendas forales vascas al Estado en el año base del quinquenio 2017-21 y fija los parámetros para el reparto de la recaudación del IVA entre ambas administraciones en base al consumo.

El proyecto de nueva Ley del Cupo no introduce novedades en lo esencial con respecto a su antecesora inmediata, promulgada en 2007 y prorrogada hasta el momento actual por falta de acuerdo. El texto mantiene los mismos coeficientes técnicos para el ajuste a consumo del IVA que se han usado desde hace décadas, perpetuando por lo tanto el problema existente con este ajuste en perjuicio del Estado, y revisa el déficit estatal y la valoración de las competencias no asumidas por las instituciones vascas partiendo de los Presupuestos Generales del Estado de 2017, lo que se traduce en una reducción del cupo líquido a pagar en el año base de 265 millones de euros.

Esta cantidad, sin embargo, es el efecto neto de una serie de cambios con efectos muy dispares. Destaca en primer lugar el considerable incremento en la valoración de las cargas no asumidas, esto es, de los servicios comunes que el Estado presta también a las comunidades forales. Esta valoración se incrementa desde el 26,2% del gasto primario del Estado en 2007 hasta el 42,3% en 2017 sin que haya habido grandes cambios durante el período ni en el reparto de competencias ni en el patrón de gasto estatal.

Esta revisión al alza de la valoración de las competencias no asumidas, aunque todavía insuficiente, ha de valorarse positivamente como un paso en la dirección correcta pues ayuda a acercar la base del cupo al coste real de los servicios comunes que el Estado continúa prestando en y para todo el país.

Otras cosas iguales, el cambio en la valoración de los servicios comunes habría exigido un aumento del cupo de más de 1.800 millones anuales. Sin embargo, otras cosas no han sido iguales. Un cambio importante ha sido el fuerte deterioro del saldo presupuestario del Estado, que ha pasado de disfrutar de un superávit primario en 2007 de unos 8.400 millones de euros a registrar un déficit de más de 20.000 millones.

Esta situación afecta al importe del cupo porque el déficit se resta de su base de cálculo para evitar un doble cargo a las haciendas vascas: primero por su parte del gasto estatal relevante en el momento de producirse éste y después por los intereses y vencimientos de la deuda generada por haberse financiado parte de tal gasto con déficit.

El incremento de esta corrección compensa casi exactamente el aumento en la valoración de las cargas no asumidas, dejando el cupo corregido por déficit prácticamente igual en ambos años. Por tanto, la reducción del cupo líquido a pagar proviene exclusivamente de una serie de ajustes adicionales que deducen del cupo la parte que corresponde al País Vasco de ciertos ingresos del Estado que éste recauda directamente en su integridad –los llamados “ingresos no concertados”, que han aumentado significativamente desde 2007.

Así las cosas, el profesor De la Fuente, por muchos considerado el mayor experto en balanzas fiscales de nuestro país concluye que el importe del cupo es fruto directo de un pacto político que después se viste con el ropaje de la Ley del Concierto, ajustando la valoración de las cargas no asumidas de la forma que sea necesaria para llegar a la cantidad final pactada. Algo similar sucede con el ajuste a consumo del IVA, que en la práctica poco o nada tiene que ver con la distribución real del consumo y la producción entre el País Vasco y el resto de España.

Esta forma de proceder, que se ha repetido en numerosos pactos de la misma naturaleza entre los sucesivos partidos nacionales de gobierno y distintas fuerzas nacionalistas y regionalistas, puede ser muy difícil de evitar cuando es necesario completar mayorías para gobernar o para aprobar presupuestos, pero desde luego no es la mejor forma de avanzar hacia un diseño coherente y equitativo de nuestro modelo de financiación territorial.

A estos efectos, sería muy preferible buscar un amplio pacto para mejorar y coordinar los dos sistemas que existen en nuestro país, el foral y el de régimen común, blindando su diseño frente a consideraciones de corto y medio plazo. Es posible avanzar mucho en esta línea manteniendo el régimen foral, pero ciertamente sería necesaria una revisión en profundidad de la forma en la que éste se aplica para ir adecuando el cálculo del cupo y del ajuste del IVA a los criterios que fija la propia Ley del Concierto, que hasta ahora se han ignorado en la práctica.

Esto permitiría comenzar a reducir gradualmente las enormes diferencias de financiación por habitante ajustado que existen en la actualidad entre los territorios forales y el resto del país, reconduciendo así una situación con muy dudoso encaje constitucional y que ha contribuido a generar fuertes tensiones territoriales. Un ingrediente fundamental de lo que sería una auténtica revolución en la práctica habría de ser una valoración realista, detallada y transparente del coste de las cargas no asumidas por las comunidades forales. Una de las cargas del Estado que ciertamente no ha sido asumida por las instituciones vascas es la nivelación interterritorial.

Su adecuada cuantificación, sin embargo, resulta un tanto problemática dentro del marco de la actual metodología del cupo y podría exigir algún retoque de la misma. El problema surge porque la metodología de cálculo del cupo proviene de una época en la que no había comunidades de régimen común y, por lo tanto, el presupuesto del Estado recogía prácticamente todo el gasto no foral relevante.

En la actualidad, sin embargo, las autonomías no forales tienen un peso muy elevado en el gasto público y, de hecho, buena parte de los flujos de nivelación interterritorial toman la forma de transferencias horizontales entre ellas que se canalizan través de los Fondos de Garantía y Suficiencia sin dejar un rastro claro en los PGE. Estos flujos, sin embargo, deberían tenerse en cuenta para el cálculo del cupo y el componente de éste ligado a ellos debería integrarse en el sistema de financiación de régimen común. Una segunda cuestión que no está bien resuelta en el modelo actual tiene que ver con el ciclo económico.

El importe del cupo inicial es (o sería, si los cálculos se hicieran realmente de la forma que marca la ley) muy sensible a la posición cíclica de la economía en el año base a través de la corrección por déficit. Esta situación, a su vez, condiciona los cupos del resto del quinquenio con independencia de cómo pueda evolucionar el déficit presupuestario estatal, lo que no parece muy lógico. Dada la sencillez de los cálculos necesarios, de cara a la presente y futuras revisiones de la Ley del Cupo, debería explorarse la posibilidad de recalcular año a año la corrección por déficit con los datos reales de saldo presupuestario primario de cada ejercicio, manteniendo el índice actual de evolución sólo para el cupo previo a la corrección por déficit.

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