SEPE

Estas son las razones por las que te pueden quitar el paro. Al SEPE no le va a temblar la mano

Estas son las razones por las que te pueden quitar el paro. Al SEPE no le va a temblar la mano
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

La prestación contributiva por desempleo es la ayuda que una persona recibe cuando se ha quedado sin trabajo y ha cotizado al menos 360 días en los últimos seis años. Además el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) establece otros requisitos, como estar inscrito como demandante de empleo o no haber cumplido la edad que te permitiría optar a la pensión de jubilación.

La cuantía de la prestación depende de la base reguladora que le corresponda al trabajador, ya que se calcula a partir de la media de las bases de cotización de los últimos 180 días cotizados. Durante lo 180 primeros días de prestación se percibe el 70% de la base reguladora y, desde el día 181 hasta el final de la misma, el 60%.

Sanciones del SEPE

A pesar de tener derecho a la prestación por desempleo y empezar a cobrar el paro, si el beneficiario realiza algunas infracciones, el SEPE puede suspenderla.

Leves

Para las infracciones leves, se aplica la sanción de extinción cuando se acumulan cuatro infracciones en menos de un año. En el caso de las primeras tres infracciones, las penalizaciones son las siguientes: pérdida de un mes de prestaciones para la primera infracción, tres meses para la segunda y seis meses para la tercera.

Entre las infracciones leves se incluyen no presentarse a las citas programadas con el SEPE o a las ofertas de trabajo solicitadas por el beneficiario. También se impone una penalización si no se proporciona la información necesaria a los servicios públicos de empleo para recibir notificaciones y comunicaciones, así como si no se mantiene la inscripción como demandante de empleo.

Graves

En el caso de las infracciones graves, el SEPE procede a la extinción de la prestación de desempleo cuando se acumulen tres infracciones de este tipo, siempre y cuando no haya transcurrido más de un año entre cada infracción. La primera infracción conlleva la pérdida de tres meses de paro, mientras que la segunda resultará en la pérdida de seis meses.

Se considera una infracción grave el rechazar una oferta de empleo «adecuada», ya sea proporcionada por el SEPE o por agencias de colocación. También se incluye en esta categoría negarse a participar en trabajos de colaboración social o en programas de empleo

Muy graves

Las infracciones catalogadas como muy graves se castigan con la extinción directa del subsidio de desempleo. Una infracción muy grave se define como el cobro fraudulento de una prestación, que implica proporcionar información y documentos falsos.

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