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Ésta es la carta del SEPE que no te va a gustar: si te llega estás en problemas

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Una mujer frente al ordenador.
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Recibir una carta del SEPE puede generar cierta inquietud, sobre todo cuando se refiere a notificaciones sobre posibles sanciones. Estas comunicaciones suelen estar relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones que los beneficiarios de la prestación por desempleo deben cumplir.

El derecho al paro se concede a individuos que pierden su empleo involuntariamente o ven reducida su jornada laboral de manera temporal. Aunque es un derecho, conlleva ciertas responsabilidades que a menudo se pasan por alto. En primer lugar, los beneficiarios deben cumplir con obligaciones fiscales incluso si ya no reciben salario y se encuentran en situación legal de desempleo.

Obligaciones de los beneficios de la prestación por desempleo

Una vez se produce el despido y se ha generado el derecho a la prestación contributiva por desempleo, el primer paso es dirigirse a las oficinas del SEPE para solicitarla. Durante este proceso, el ciudadano asume una serie de responsabilidades que debe cumplir rigurosamente, ya que su incumplimiento puede acarrear sanciones.

Las obligaciones de las personas beneficiarias de la prestación por desempleo son claras y específicas. Entre ellas, destaca la necesidad de cotizar para la contingencia de desempleo, garantizando así la protección económica en caso de pérdida de empleo. Además, deben proporcionar la documentación requerida para el reconocimiento y mantenimiento de la prestación, así como comunicar cualquier cambio en su domicilio para recibir notificaciones.

Participar en programas de empleo, formación o reconversión profesional es otra obligación importante. Esto incluye aceptar colocaciones adecuadas ofrecidas por los servicios públicos de empleo o agencias de colocación.

El compromiso de actividad establece que los beneficiarios de la prestación por desempleo deben «buscar activamente empleo, aceptar una colocación adecuada y participar en acciones específicas de motivación, información, orientación, formación, reconversión o inserción profesional, para aumentar las posibilidades de obtener un puesto de trabajo».

De igual manera, es esencial renovar la demanda de empleo según lo establecido y presentarse a las citas programadas por los servicios de empleo.

En situaciones donde se produzcan cambios que afecten el derecho a las prestaciones, como suspensión o extinción, es responsabilidad del beneficiario solicitar la baja correspondiente. Además, deben reembolsar cualquier cantidad pagada indebidamente por el SEPE y cumplir con los plazos establecidos para devolver los justificantes de búsqueda activa de empleo.

Infracciones

Las infracciones relacionadas con las obligaciones de los beneficiarios de prestaciones por desempleo se clasifican en varios niveles según la gravedad de los incumplimientos.

Entre las infracciones leves, se incluye la falta de presentación ante el SEPE o las agencias de colocación, a menos que exista una causa justificada. También se considera leve no devolver en el plazo correspondiente el justificante de haberse presentado para cubrir ofertas de empleo.

Por otro lado, las infracciones graves implican no comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal la baja en las prestaciones cuando se produce alguna situación que afecta al derecho a recibirlas. Además, rechazar una oferta de empleo adecuada sin causa justificada también se considera una infracción grave, al igual que negarse a participar en programas de empleo o formación ofrecidos por los servicios públicos competentes.

Finalmente, las infracciones muy graves abarcan acciones fraudulentas para obtener prestaciones indebidas, como proporcionar información falsa o simular relaciones laborales. También se incluye la compatibilización indebida de prestaciones por desempleo con trabajo por cuenta propia o ajena, excepto en los casos permitidos por la normativa vigente.

Sanciones

Las infracciones leves conllevan diferentes sanciones , desde la pérdida de un mes de prestaciones en la primera infracción hasta la extinción completa en la cuarta. Estas medidas se aplican de manera consecutiva dentro de un periodo de 365 días desde la infracción anterior, independientemente del tipo específico de incumplimiento.

En cuanto a las infracciones graves, la escala de sanciones va desde la pérdida de tres meses de prestaciones en la primera infracción hasta la extinción de las prestaciones en la tercera. Al igual que en el caso de las infracciones leves, estas medidas se aplican dentro de un periodo de 365 días desde la infracción anterior.

Por otro lado, las infracciones muy graves relacionadas con prestaciones por desempleo o subsidios pueden resultar en la extinción inmediata de dichas prestaciones. Además, los infractores pueden ser excluidos temporalmente del acceso a cualquier tipo de ayuda económica para el empleo y a programas de formación profesional por un año completo.

Además de estas medidas sancionadoras, si las obligaciones no se cumplen y esto afecta la elegibilidad para recibir la prestación, el SEPE tiene la facultad de suspender provisionalmente dicha prestación hasta que se resuelva administrativamente el caso. Independientemente de la imposición de la sanción correspondiente, se exigirá la devolución de cualquier cantidad percibida indebidamente.

Finalmente, cabe recordar que las personas que reciben prestaciones por desempleo deben cumplir con una serie de obligaciones establecidas por la ley. El incumplimiento de estas obligaciones constituye infracciones que serán sancionadas de acuerdo con la normativa vigente.

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