Cambio drástico en la declaración de la Renta: va a afectar a estas personas
Anunciados los nuevos cambios para presentar la declaración de la Renta
El escenario tributario en España se encamina hacia una transformación significativa, ya que el Ministerio de Hacienda, bajo la dirección de María Jesús Montero, ha anunciado oficialmente que la próxima declaración de la Renta, correspondiente al año fiscal 2023 y que se llevará a cabo en la primavera de 2024, deberá realizarse exclusivamente a través de medios electrónicos.
Esta determinación supone la prohibición definitiva de presentar la declaración en formato papel, marcando un hito en la transición hacia la digitalización completa del proceso tributario en el país.
Este cambio de paradigma en la forma de gestionar la declaración de la Renta se sustenta en la modificación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) realizada por el Ministerio de Hacienda en diciembre del año anterior.
Cambios en la declaración de la renta
Este ajuste normativo le confiere a la administración tributaria la facultad de imponer la obligatoriedad de realizar la declaración de la Renta exclusivamente a través de medios electrónicos. Resulta notable que apenas ha transcurrido un mes desde la implementación de este cambio normativo, y la Administración ha decidido activar esta facultad recién adquirida.
La decisión de Hacienda ha sido comunicada a través de la publicación de un Proyecto de Orden, que se encuentra actualmente en audiencia pública hasta el 12 de febrero. Este proyecto aborda la aprobación de los modelos de declaración del IRPF y del Impuesto de Patrimonio.
Es relevante señalar que, según la propuesta, la presentación de la declaración del IRPF solo podrá realizarse de manera electrónica, y este requisito se extiende también al Impuesto de Patrimonio, aplicable únicamente a aquellos contribuyentes con un patrimonio superior a dos millones de euros.
El documento establece claramente que la presentación electrónica se prescribe debido a que este método garantiza una atención personalizada a los contribuyentes que puedan necesitar asistencia para completar su declaración. Asimismo, se destaca que la Administración tributaria tiene la potestad de proporcionar una copia de la declaración, ya sea en formato papel o electrónico, al contribuyente, a pesar de la obligatoriedad de la presentación digital.
Este cambio se produce después de la emisión de una segunda sentencia en contra de la decisión de Hacienda de imponer la presentación electrónica. La Audiencia Nacional falló en contra de la Orden de 2023 que instauraba esta obligatoriedad, aunque la sentencia se hizo pública recientemente.
Cabe mencionar que el Tribunal Supremo ya había anulado una Orden similar en 2019, argumentando que la relación de los ciudadanos con la Administración es un derecho y no una obligación. Sin embargo, la modificación de la Ley del IRPF en diciembre ha permitido a Hacienda establecer esta presentación como una obligación.
En cuanto a la asistencia a aquellos contribuyentes que puedan requerirla, el Ministerio de Hacienda asegura que se garantizará asistencia personalizada mediante el servicio telefónico ‘Le Llamamos’ o a través de asistencia presencial. Aunque los contribuyentes están obligados a presentar su declaración de forma digital, se permitirá que Hacienda proporcione una copia de la misma, ya sea en formato papel o electrónico.
Ayuda para mayores de 65 años
Se destaca que los contribuyentes mayores de 65 años recibirán asistencia personalizada en las oficinas de la Agencia Tributaria, en ciertos Ayuntamientos, y también podrán acceder a asesoramiento por videollamada.
Esta evaluación podrá llevarse a cabo mediante encuestas o informes del Foro de Asociaciones, y los resultados se transmitirán al Consejo para la Defensa del Contribuyente, que presentará un informe de conclusiones y propuestas a tener en cuenta para la siguiente campaña.
Comienzo declaración de la Renta
La próxima campaña de la declaración de la Renta iniciará el 3 de abril, adelantándose ocho días con respecto al año anterior. A partir de esta fecha, estará disponible la opción para solicitar el borrador en línea y presentar la declaración, ya sea mediante el programa Renta Web o la aplicación móvil, permitiendo incluso realizar este proceso en el mismo día.
Siguiendo el calendario establecido por la Agencia Tributaria, el siguiente hito será el 7 de mayo, fecha en la cual se abrirá el plazo para realizar la declaración por vía telefónica. Aquellos que prefieran realizar el trámite de forma presencial podrán hacerlo a partir del 3 de junio.
En consecuencia, el 26 de junio se erigirá como la fecha límite para presentar la declaración en línea, especialmente si se opta por la domiciliación bancaria como método de pago. Este día también representará el último momento para solicitar cita, ya sea telefónicamente o de forma presencial, ya que el plazo para presentar la renta concluirá el 1 de julio. El proceso podrá completarse a través del sistema Cl@ve.
A continuación, se detallan las fechas clave para la declaración de la Renta correspondiente al periodo 2023-2024:
- 3 de abril de 2024: Solicitud del borrador y apertura del plazo para la declaración por Internet.
- 7 de mayo de 2024: Solicitud de cita previa y apertura del plazo para la declaración por vía telefónica.
- 25 de mayo de 2024: Solicitud de cita previa para la declaración presencial.
- 3 de junio de 2024: Apertura del plazo para la declaración presencial.
- 26 de junio de 2024: Finalización del plazo para la declaración en línea con ingreso domiciliado y último día para solicitar cita previa por teléfono o en persona.
- 1 de julio de 2024: Conclusión del plazo para presentar la declaración de la Renta por cualquier vía.