ESTUDIO DE AEDAF CON DATOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA

Cae otro mito: las grandes empresas no tributan a un tipo del 7% en Sociedades sino que pagan el 26%

Cristóbal Montoro (Foto: EFE).
Cristóbal Montoro (Foto: EFE).

Las grandes empresas españolas no tributan a un tipo efectivo del 7% en el Impuesto de Sociedades, tal como has manifestado en varias ocasiones las formaciones políticas de izquierda e incluso varios responsables del Ministerio de Hacienda, sino que soportan un gravamen real del 26,4%.

Así lo ponen de manifiesto los cálculos realizados por la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) con datos del último informe anual de recaudación de la Agencia Tributaria (el de 2015, con datos de 2014) los mismos que usa el departamento que dirige Cristóbal Montoro para su propia estimación, que ha sido recogida por la oposición como el dato de referencia para atacar a las grandes empresas del Ibex.

En aquel año el tipo nominal del Impuesto de Sociedades con carácter general era del 30%, de forma que el gravamen efectivo de las grandes empresas se acercó a este tipo nominal. En el caso de las compañías que no pertenecen a grupos o holdings el gravamen efectivo fue del 27%. El promedio de todas las empresas, según AEDAF, en relación con el tipo real que soportan es del 26,8%.

La clave de esta gran diferencia entre el tipo efectivo que calcula la Agencia Tributaria (AEAT) y el que proporcionan los asesores fiscales se encuentra en el modelo empleado para determinar el porcentaje de sus beneficios que pagan las grandes empresas al Fisco.

Hacienda usa dos metodologías distintas: la primera considera que el tipo efectivo es el cociente entre la cuota líquida y el resultado contable y la segunda establece que es el cociente entre la cuota líquida y la base imponible. Con el primer sistema el gravamen que da como resultado es del citado 7% y con el segundo un 19,2%.

El motivo por el que el tipo efectivo de los grupos de empresas así calculado resulta tan extraordinariamente bajo se debe a que en el numerador se incluye sólo la cuota del Impuesto de Sociedades satisfecha en España, mientras que en el denominador se incluyen los resultados positivos obtenidos por las empresas a nivel mundial.

“Teniendo en cuenta que los beneficios de las grandes empresas españolas proceden en su mayor parte de la actividad desarrollada fuera de nuestro país, es fácil entender el motivo por el cual ese tipo efectivo resulta tan reducido. Evidentemente, ese tipo del 7%, así calculado, y al que se alude frecuentemente, es un dato absolutamente sesgado y no es representativo de la tributación efectiva que soportan las grandes empresas españolas y que es del 26,8% con datos de 2014”, explica el presidente de AEDAF, José Ignacio Alemany.

Por lo tanto, y para evitar estas distorsiones, la asociación suma a la cuota liquida las deducciones por doble imposición, tal como ha señalado incluso la Dirección General de Tributos (organismo dependiente del Ministerio de Hacienda), el Banco de España y la organización que agrupa a los países desarrollados (la OCDE) en varios informes publicados sobre la tributación efectiva del Impuesto sobre Sociedades.

Además, la AEDAF solicita que la compensación de bases imponibles negativas, procedentes de ejercicios anteriores en los que las cuentas de las grandes empresas fueron golpeadas por la crisis, sean excluidas también a la hora de calcular el tipo efectivo de un año concreto, “dado que no es una partida indicativa de la renta obtenida en un determinado ejercicio”.

Como conclusión, el informe de los asesores fiscales indica que en el resultado contable de las empresas no deberían tenerse en cuenta ni las rentas de fuente extranjera ni los dividendos (normalmente exentos, al estar gravados previamente) a la hora de calcular el tipo efectivo.

“Por eso es más recomendable y se aproxima más a la realidad calcular el tipo efectivo sobre la base imponible, ya que así se eliminan las distorsiones anteriormente citadas o, en su caso, calcular el tipo efectivo sobre el resultado antes de impuestos excluidas las rentas de fuente extranjera y dividendos”, apunta el informe de AEDAF.

“Estigmatización social” de las grandes empresas

La asociación ha elaborado sus propios cálculos para trasladarlos a la opinión pública ante lo que considera una “estigmatización social” de las grandes empresas españolas que ha provocado que se utilice un argumento falaz en multitud de ámbitos: que los grandes grupos pagan muchos menos impuestos de lo que determina la normativa tributaria.

“El mensaje relativo a la reducida tributación de las empresas españolas no es nuevo. De hecho en los últimos años se ha venido reiterando este mensaje desde diversas fuentes y medios de comunicación (…) estos datos no corresponden en absoluto con la realidad, no obstante, a fuerza de tanta reiteración, existe el riesgo de que acaben convirtiéndose en una verdad irrefutable, que acabe resultando en una estigmatización social de las grandes empresas españolas, tanto en nuestro país como en el resto de los países en los que operan”, indica la AEDAF en la introducción de su informe.

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