Reformas

El BOE lo confirma: las obras de reforma en tu vivienda tienen un beneficio fiscal desconocido por todos

reforma vivienda
Blanca Espada

Quienes tengan previsto hacer una reforma en su vivienda este 2026 deberían fijarse en la última actualización publicada en el Boletín Oficial del Estado. En el Real Decreto-ley 16/2025, fechado el 23 de diciembre, se confirma que las deducciones del IRPF vinculadas a mejoras de eficiencia energética seguirán operativas durante más tiempo. La norma no introduce un régimen nuevo, pero sí que amplía los plazos, lo que permite que más propietarios puedan acogerse a este incentivo fiscal.

La prórroga deja un calendario muy claro. Las obras realizadas en viviendas particulares podrán aplicarse en la declaración hasta el 31 de diciembre de 2026, mientras que las intervenciones que afectan a un edificio completo disponen de un margen más amplio, hasta finales de 2027. Con esta extensión, el Gobierno pretende reforzar las actuaciones de rehabilitación energética y avanzar en la reducción del consumo de energía en los hogares. El texto también define cómo deben calcularse las deducciones. No existe un porcentaje único sino que el importe depende del tipo de actuación y del nivel de ahorro logrado tras la reforma. De este modo y para acreditar ese cambio, será obligatorio presentar la correspondiente certificación energética antes y después de las obras

Las obras de reforma en tu vivienda tienen un beneficio fiscal

Para entender cómo se calculan estas deducciones por la reforma en la vivienda, hay que acudir a los criterios que manejan tanto el propio BOE como los asesores fiscales especializados. Existen tres tramos:

  • Deducción del 20 %, con un límite de 5.000 euros, si la reforma logra que la vivienda reduzca al menos un 7 % su consumo energético.
  • Deducción del 40 %, hasta un máximo de 7.500 euros, cuando la actuación alcanza un 30 % de reducción o si, tras la obra, la vivienda obtiene una calificación energética A o B.
  • Deducción del 60 %, con un tope de 15.000 euros, reservada a las intervenciones en edificios completos que consigan un ahorro igual o superior al 30 % o también alcancen las calificaciones A o B.

En todos los casos, la deducción sólo se puede aplicar sobre cantidades realmente pagadas por el contribuyente.

Qué tipo de obras se pueden acoger a la deducción

Hacienda no admite cualquier obra dentro de esta deducción. Sólo cuentan aquellas que tienen un efecto real sobre el consumo energético, es decir por ejemplo cambiar ventanas antiguas, mejorar la envolvente térmica, instalar aerotermia o apostar por placas solares, entre otros trabajos que reducen la demanda de energía.

El calendario es igual de importante que la reforma en sí. Para viviendas particulares, deben haberse ejecutado entre octubre de 2021 y finales de 2026. Cuando la actuación afecta a un edificio completo, el plazo disponible se alarga un año más, hasta 2027.

La importancia de los certificados energéticos

Hacienda establece una condición imprescindible: disponer de dos certificados de eficiencia energética, uno anterior y otro posterior a la obra, ambos elaborados por un técnico acreditado. El certificado posterior además debe tener un plazo concreto, ya que se tiene que haber emitido antes del 1 de enero de 2027 para que la deducción sea válida en el caso de viviendas individuales. Sin estos documentos, la deducción no puede aplicarse, ya que son los que acreditan el porcentaje real de ahorro conseguido.

Cómo deben realizarse los pagos para que la reforma pueda deducirse

La Agencia Tributaria descarta automáticamente los pagos en efectivo.
Sólo  se admiten los realizados mediante transferencia, tarjeta bancaria, cheque nominativo o cualquier método que permita verificar la operación. Esto garantiza la trazabilidad del gasto y evita problemas en caso de revisión posterior.

También se exige conservar todas las facturas y los certificados energéticos. Si en el futuro se solicita la documentación, algo normal en este tipo de deducciones, el contribuyente tiene que ser capaz de justificar cada importe.

Además, sólo se aceptan las reformas efectuadas en la vivienda habitual o en una vivienda destinada al alquiler permanente. Las segundas residencias o los inmuebles usados para alquiler vacacional quedan fuera.

Una deducción disponible desde 2021, pero poco utilizada

A pesar de llevar varios años en vigor, son muchos los propietarios que todavía desconocen estas deducciones o no saben que pueden beneficiarse. La prórroga aprobada en diciembre busca precisamente que más contribuyentes contemplen la opción de mejorar la eficiencia de su vivienda y, al mismo tiempo, reducir parte del coste a través del IRPF.

El sistema es sencillo, la deducción se refleja directamente en la declaración de la Renta. Puede disminuir la cuota a pagar o aumentar la devolución, según la situación de cada contribuyente. Para quienes afrontan reformas de cierta envergadura, la diferencia puede ser importante. El decreto mantiene también el vínculo con los fondos europeos Next Generation, que han servido para financiar distintos programas de rehabilitación energética y fomentar la modernización de edificios.

En resumen, quienes estén valorando hacer la reforma de su vivienda durante 2026 tienen la posibilidad de recuperar parte del gasto, siempre que la actuación se centre en mejorar la eficiencia. Planificar bien los tiempos, obtener los certificados energéticos y guardar toda la documentación es esencial para no perder una deducción que, según el tipo de obra, puede traducirse en un ahorro notable en la próxima Renta.

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