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Alerta para los autónomos: éste nuevo requisito debe cumplirse antes del 30 de junio y muchos aún no lo saben

Autónomos 30 de junio
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Ser trabajador autónomo en España implica estar pendiente de numerosos trámites, normativas y actualizaciones que, aunque a menudo pasan desapercibidas, pueden tener consecuencias importantes si se descuidan. Uno de esos aspectos clave tiene que ver con la correcta identificación de la actividad económica que se desarrolla, un elemento fundamental tanto a nivel fiscal como de cotización en la Seguridad Social. En este sentido, existe un trámite que los autónomos deben realizar antes del 30 de junio: la actualización del código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) a su versión 2025.

A partir de la entrada en vigor de la nueva clasificación CNAE-2025, todos los trabajadores por cuenta propia que estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) deben revisar si el código que actualmente tienen asignado coincide con la nueva normativa. De no ser así, deben comunicar el nuevo código a través de los canales oficiales de la Seguridad Social. El plazo para cumplir con este trámite finaliza el próximo 30 de junio de 2025, y es importante no dejarlo para el último momento. No actualizar esta información puede traer consigo errores en la cotización, pérdidas de coberturas o incluso sanciones administrativas.

El trámite que deben hacer los autónomos antes del 30 de junio

El CNAE es un sistema de clasificación que asigna un código numérico a cada actividad económica realizada en el territorio nacional. Este código permite a la Seguridad Social y a la Agencia Tributaria saber a qué se dedica un autónomo o empresa, y, en base a ello, se calculan varios aspectos fundamentales: la base de cotización, las primas por riesgos laborales, y también algunos beneficios o exenciones fiscales. Hasta ahora, la mayoría de autónomos estaban clasificados según la versión CNAE-2009, pero con los cambios económicos y la aparición de nuevas profesiones y modelos de negocio, el Gobierno ha actualizado esta clasificación con la nueva CNAE-2025.

Por ejemplo, el código 10.11 corresponde a la fabricación de productos de panadería (industrial). El 47.19 abarca el comercio minorista de productos diversos (comercio). El 62.01 se refiere al desarrollo de software y consultoría informática (tecnología). El 49.41 incluye el transporte urbano de pasajeros (transporte). Finalmente, el 86.10 está relacionado con la actividad hospitalaria y servicios médicos (salud).

En principio, todos los autónomos registrados en el sistema RETA deben comprobar si su actividad tiene una correspondencia directa entre la clasificación antigua (CNAE-2009) y la nueva (CNAE-2025). En caso afirmativo, no es necesario realizar ningún trámite. Sin embargo, si el código anterior ha cambiado, desaparecido o ha sido redefinido, será obligatorio comunicar el nuevo código para evitar problemas.

Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

Otro elemento vinculado directamente al CNAE es el IAE, es decir, el Impuesto sobre Actividades Económicas. Este tributo grava la realización de actividades empresariales, profesionales o artísticas, y su epígrafe está relacionado de forma directa con el código CNAE que tenga asignado cada autónomo.

Por tanto, si la nueva clasificación CNAE-2025 cambia el código correspondiente a tu actividad, es probable que también debas revisar y posiblemente modificar tu epígrafe del IAE ante la Agencia Tributaria. Aunque muchos trabajadores por cuenta propia están exentos del pago del IAE por ingresos anuales inferiores a un millón de euros, siguen obligados a estar inscritos en un epígrafe, lo que hace que este cambio no sea algo opcional.

Consulta y modificación

El procedimiento para revisar y, en su caso, actualizar el código CNAE es relativamente sencillo y completamente digital. Los pasos que debes seguir son:

  • Accede al portal de la Seguridad Social: https://importass.seg-social.es
  • Inicia sesión utilizando tu certificado digital, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN.
  • Una vez dentro, selecciona la opción «Tus datos de autónomo».
  • Entra en el apartado «Actividad profesional CNAE».
  • Ahí podrás ver si se ha asignado un nuevo código y si coincide con la actividad que estás desarrollando.
  • Si no corresponde, selecciona la opción «Comunicar CNAE-2025» y actualiza el dato.

Ignorar el trámite que deben realizar todos los trabajadores autónomos antes del 30 de junio puede generar más problemas de los que parece. En primer lugar, puede haber errores en la base de cotización, lo que afectaría directamente al cálculo de tus cuotas mensuales. En segundo lugar, una clasificación errónea podría implicar que estés pagando primas de accidentes laborales más altas o más bajas de lo que corresponde a tu verdadero nivel de riesgo, lo cual podría derivar en falta de cobertura o sanciones en caso de inspección.

Además, si Hacienda detecta una discrepancia entre el código CNAE y el epígrafe del IAE, podrías enfrentarte a requerimientos o a la pérdida de beneficios fiscales aplicables a ciertas actividades. Por último, y no menos importante, en caso de solicitar ayudas o subvenciones públicas, tener desactualizado el CNAE podría ser motivo de exclusión automática.

Aunque pueda parecer una gestión menor, en realidad es un componente clave para mantener tu situación legal, fiscal y de Seguridad Social completamente en regla. Además, hacerlo a tiempo te permitirá afrontar con tranquilidad cualquier revisión o inspección y, lo más importante, te garantiza el acceso adecuado a derechos, coberturas y ayudas públicas.

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