Tráfico

¿Caducan o prescriben las multas de tráfico?

¿Caducan o prescriben las multas de tráfico?
¿Caducan o prescriben las multas de tráfico?

De igual forma que muchas otras cosas en el derecho y en la ley, debemos saber si realmente prescriben las multas de tráfico. Antes de todo, cabe señalar que cuando hablamos debe prescripción es aquel periodo de tiempo que tanto la Dirección General de Tráfico como el Ayuntamiento de nuestra población tiene para poder notificar la infracción de tráfico y de cobrar.

En general hay  que distinguir que La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece un máximo de tres meses si la infracción es leve y un máximo de seis si es grave o muy grave. Si la multa no llega en ese tiempo establecido, entonces podemos decir que está prescrita.

Según Mapfre, cuando nos referimos a la sanción, las multas caducan pasados cuatro años para las sanciones económicas y un año para el resto (en el caso de las de Tráfico pueden ser las labores en beneficio de la comunidad). Con ello vemos que prescriben las multas de tráfico.

¿Cuándo caducan las multas de tráfico?

Una vez la infracción se haya comunicado, será necesario hacer frente en el plazo que se ha estipulado. En caso de ser una sanción de tipo económico, el plazo de caducidad está establecido actualmente en cuatro años. El resto de multas o sanciones caducan en un año.

Eso sí, una vez hayan pasado ese tipo estipulado, la Administración no podrá exigir el pago o realizar cualquier tipo de actuación relacionada con esta sanción como, por ejemplo, el embargo de bienes.

¿Cuáles son los plazos para la prescripción de la sanción?

Desde RACC explican que es importante diferenciar entre el plazo de prescripción de la infracción con el de la sanción. En el caso de las multas de tráfico, la sanción es el proceso notificado en el tiempo marcado y el posterior conocimiento del sancionado de la cuantía y las medidas que conlleva esta.

Mientras que el plazo de prescripción empieza a contar desde el día siguiente al que la administración declare firme la multa. Si este plazo de supera, es entonces cuando, por lo que superado este, si no se ha procedido a su cobro, esta quedará anulada. Los plazos son pasados cuatro años para sanciones económicas y también el año para el resto.

Otra cosa es saber si te han multado, porque ahora es mucho más fácil que antes. Además de que debe llegar una notificación, la DGT dispone de TESTRA (Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico), donde se podrá consultar en un plazo de 20 días naturales si realmente tenemos sanción o multa.

 

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