La juez remite a datos del Júcar que «no pueden ser legalmente utilizados» para exculparle
La Confederación avisa en su web sobre los datos del SAIH: "Los datos en tiempo real tienen carácter de no oficiales"
Los incorpora al auto en que admite la personación de Manos Limpias, pero rechaza que actúe contra la Confederación


La magistrada que dirige las diligencias previas del caso de la DANA menciona datos ofrecidos en tiempo real por el Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) de la Confederación Hidrográfica del Júcar el día de la DANA, en el auto en que admite la personación de Manos Limpias, para explicar al sindicato los motivos por los que rechaza que actúe frente a a la citada Confederación y sólo puede hacerlo contra el ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso. Se da la circunstancia de que según reza en la propia página web de la citada Confederación en referencia al SAIH: «Los datos en tiempo real tienen carácter de no oficiales y no pueden ser legalmente utilizados». Agrega en la citada página que «incluso después de haber sido revisados estos datos pueden haber estado afectados» por una batería de causas que enumera. Entre ellas, el «mal funcionamiento de los equipos de registro y comunicación».
En esa misma web de la Confederación Hidrográfica del Júcar se añade expresamente: «Las personas usuarias de los datos en tiempo real son advertidas de la naturaleza provisional de la información antes de usarla para tomar decisiones que conciernen a seguridad personal o pública o aplicadas a un negocio que suponga consecuencias económicas u operaciones sustanciales».
En su auto de este 12 de mayo sobre la personación de Manos Limpias en la causa de la DANA, la magistrada hace mención a esos datos entre los argumentos para justificar la exculpación tanto de la Confederación como de su presidente, Miguel Polo, y justificar, más tarde, que acepta la personación al citado sindicato, Manos Limpias, pero sólo para ejercer la acusación contra el ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso.
En concreto, la juez , en su razonamiento jurídico segundo del citado auto manifiesta: «La ausencia de información sobre la evolución del caudal del barranco del Poyo resulta desmentida por la remisión de correos del SAIH ni de la posibilidad de acceso al mismo, ni de forma paralela atribuir responsabilidad penal al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, ni prácticamente todos los cargos directivos o no de dicho organismo». Y añade: «Más allá de la remisión de correos electrónicos entre las 16:13 horas y las 18:43 horas que informaba sobre el caudal ha de atenerse a la información que se proporcionaba el SAIH». La magistrada pormenoriza también la hora de visualización en el SAIH de los caudales.
Si bien, tal como ha publicado OKDIARIO este 26 de abril, la propia Confederación añade en su web que los datos «son cargados en las bases de datos de tiempo real del CPC sin filtrarlos ni depurarlos previamente». Y que «Esta alta frecuencia de transmisión y la gran cantidad de variables recibidas (más de 3.000) hace que los datos en tiempo real disponibles en el CPC sean de naturaleza provisional hasta que sean revisados, depurados y validados». Para concluir que: «Por tanto, los datos en tiempo real tienen el carácter de no oficiales y no pueden ser legalmente utilizados».