DANA

La juez de la DANA admite la personación de Manos Limpias pero le impide ir contra el Júcar y la AEMET

La juez limita la acción de Manos Limpias al ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso

Manos Limpias juez DANA
Barranco del Poyo tras el paso de la DANA.
Ignacio Martínez

La titular del Juzgado de Instrucción Número 3 de Catarroja Nuria Ruiz Tobarra, que instruye las diligencias previas del caso de la DANA ha comunicado a las partes a través de un auto de este mismo lunes la admisión del sindicato Manos Limpias como acusación particular. La juez advierte al citado sindicato que «se limitará exclusivamente al ejercicio de la acción penal frente al investigado» Emilio Argüeso, ex secretario autonómico de Emergencias. Y no le permite ejercer la acusación ni contra la Confederación Hidrológica del Júcar (CHJ) ni contra la Agencia Española de Meteorología (AEMET), como era la intención de Manos Limpias. Sólo contra Argüeso.

Se da la circunstancia, según ha publicado OKDIARIO este 3 de marzo, que Manos Limpias había presentado inicialmente una querella contra el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo, ante el Juzgado de Instrucción 2 de Valencia. Pero, este se inhibió en favor del 3 de Catarroja, por lo que el sindicato Manos Limpias decidió emprender allí sus actuaciones. Ahora, el sindicato había mostrado de nuevo su intención de ir contra el Júcar, la AEMET y contra Emilio Argüeso. Sólo podrá hacerlo contra este último.

Y ello, porque la juez vuelve a reiterar respecto al presidente del Júcar y la Confederación que: «La ausencia de información sobre la evolución del caudal del barranco del Poyo resulta desmentida por la remisión de correos del SAIH ni de la posibilidad de acceso al mismo ni de forma paralela atribuir responsabilidad penal al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, ni prácticamente a todos los cargos directivos o no de dicho organismo. Más allá de la remisión de correos electrónicos entre las 16:13 horas y las 18:43 horas que informaran sobre el caudal ha de atenderse a la información que se proporcionaba por el SAIH».

Se da la circunstancia de que, según ha publicado OKDIARIO este 26 de abril, los datos en tiempo real ofrecidos por el Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) y esgrimidos por la juez, «no pueden ser legalmente utilizados», según reza en la pestaña correspondiente al SAIH incluida dentro de la web de esa misma Confederación Hidrográfica del Júcar.

Esos datos referidos al barranco del Poyo la tarde del día de la riada y la validez del SAIH forman parte del argumento de la propia magistrada para rechazar la imputación del presidente de la citada Confederación y también del citado organismo en un auto de este mismo 24 de abril.

También sostiene la juez, en referencia ahora a la AEMET, que «no existe indicio alguno de responsabilidad respecto a sus representantes, lo anterior va más allá de toda información que ha proporcionado dicha entidad, que señaló como día álgido de la DANA el 29 de octubre de 2024».

La juez ha ordenado también dar traslado de esa misma personación de Manos Limpias a la representación letrada del citado Emilio Argüeso, para que manifieste en el plazo de «dos audiencia» manifieste si hay incompatibilidad entre el ejercicio de la defensa al investigado y el ejercicio de la acción penal contra su cliente por parte de Manos Limpias.

Este 3 de marzo, tal como publicó OKDIARIO el letrado de Emilio Argüeso ya manifestó, puesto en contacto con él, que «no conocía que Manos Limpias se fuera a personar». José María Bueno explicó entonces que, en todo caso, Manos Limpias trabajaría en esta causa con «otros abogados distintos de mí, porque en este asunto yo defiendo exclusivamente a Emilio Argüeso». Finalmente, la juez considera que no ha lugar para la declaración testifical de la periodista Maribel Vilaplana.

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