El abogado de Pau Rigo presenta un nuevo escrito pidiendo su absolución por legítima defensa
El TSJIB ha ordenado repetir el juicio declarando nula la sentencia que absolvía al jubilado
El anciano está acusado de homicidio por la muerte de uno de los atracadores que lo asaltaron
La defensa de Pau Rigo, el anciano de Porreres (Mallorca) que mató a un ladrón que entró en su casa, ha presentado un nuevo escrito dirigido a la Audiencia Provincial en el que reitera la petición de la absolución incidiendo en la legítima defensa, ante la repetición del juicio con jurado popular prevista para principios de noviembre.
El letrado Eduardo Valdivia ejerce ahora la defensa del octogenario y en su escrito hace especial hincapié en que tras entrar los dos encapuchados a su casa armados con patas de cabra y tratar de agredir al anciano cuando fueron sorprendidos en pleno robo, éste, al esquivar la agresión disparó en un gesto de defensa, pero sin ninguna intención de acabar con la vida del ladrón, a quien al no llevar las gafas puestas, ni siquiera alcanzaba a distinguir.
Cabe recordar que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ordenó repetir el juicio declarando nula la sentencia que absolvía al jubilado, al estimar un recurso de la Fiscalía.
Los hechos que se juzgan tuvieron lugar en febrero de 2018 en una casa de campo en Porreres. Pau Rigo, de 78 años en aquel momento, afronta una acusación por homicidio por la muerte de uno de los atracadores.
Durante el asalto (el segundo que sufría el matrimonio de ancianos en cuestión de meses, en una casa de campo aislada), Rigo logró coger una escopeta de caza y disparó contra uno de ellos, que falleció.
El juicio terminó con un veredicto que inicialmente se interpretó como condenatorio, pero tras detectar que no se había alcanzado la mayoría suficiente, se iniciaron una serie de recursos por los que finalmente la magistrada dictó la absolución.
La controversia vino de la redacción de una de las proposiciones del veredicto que se entregó al Jurado. Sus miembros descartaron por unanimidad que Rigo hubiera disparado con intención de causar la muerte al ladrón.
El problema fue que, en otro punto posterior del veredicto, el Jurado apoyó por cinco votos frente a cuatro (lo cual no es suficiente para una condena) que Rigo era culpable de matar al ladrón «estando sometido a una amenaza, real, seria e inminente que produjo una afectación grave de su entendimiento y una deficitaria dominación de su voluntad».
La defensa de Rigo en aquel momento entendió que esa redacción iba dirigida a contemplar circunstancias atenuantes en caso de que se hubiera declarado probado previamente el homicidio, pero en cualquier caso, dado que no se alcanzó el número de votos necesarios para una condena, señalaba que la consecuencia sería una absolución. La sentencia posterior acogió ese argumento, y lo recurrió la Fiscalía.
La Sala estimo el recurso de apelación interpuesto por el fiscal que hizo hincapié en que se vulneró el derecho de defensa y en que el veredicto no reunía los requisitos legales.
El TSJIB rechazaba así los argumentos del abogado de Pau Rigo quien se opuso a la repetición del juicio al considerar que el jurado se inclinó hacia la absolución de su cliente después de que en el veredicto no se alcanzara la mayoría suficiente. Tras una serie de recursos, la magistrada dictó la absolución del anciano.
La defensa de Rigo alegó que esa redacción de las proposiciones iba dirigida a contemplar circunstancias atenuantes en caso de que se declarara probado previamente el homicidio, un aspecto que recogió la sentencia y que ahora ha recurrido la acusación pública.
«Revisando lo actuado, formamos convicción, en coincidencia con la solicitud del Ministerio Fiscal, de que procede anular la misma y el juicio celebrado, sin que quepa hacerlo parcialmente conservando la condena de los acusados por robo», sostuvieron los magistrados en su resolución.
De esta manera, el tribunal hacía referencia a la doctrina del Tribunal Constitucional referente a la nulidad de una sentencia absolutoria dictada en sede de Jurado y anulada por el TSJ por falta de motivación del veredicto. Finalmente, el TSJIB ha ordenado repetir el juicio este mes de diciembre.
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