¿Qué pasará con los jueces sustitutos?
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De toda la actividad legislativa impulsada por este Gobierno destaca que la única ley que vaya al final a sellarse en el BOE sea la denominada de «medidas en materia de eficiencia del servicio público de justicia». No sabemos en qué va a acabar esta legislatura tan convulsa, donde cada debate parlamentario es una batalla campal y llena de pactos confesables o inconfesables, pero llama la atención que salga adelante una ley que aborde el problema estructural de la Justicia. Con mucha miga y letra pequeña, y con algún que otro propósito relativo al deseado control sobre el Poder Judicial.
Y entre todo ese conjunto de medidas, llama la atención la llamada estabilización o regularización de los jueces sustitutos y de los magistrados suplentes. Se cuenta que quiere acabarse con la temporalidad y aumentar el número de efectivos judiciales. La bronca ha surgido inmediatamente por parte de las asociaciones judiciales que entienden este procedimiento una puerta falsa para el acceso a la carrera judicial. Seamos ponderados, pues hay una realidad incuestionable que durante décadas existe en nuestro sistema judicial, como es la justicia ejercida por esa suerte de interinos a los que se denomina sustitutos o suplentes. La planta judicial y sus necesidades se ha ido cubriendo de manera improvisada, y sin que ningún Gobierno haya propiciado una adecuación realista de las necesidades de la población española y el número de jueces. Siempre hemos estado a la cola de los países de la Unión Europea por poner un ejemplo en la ratio número de habitantes/número de jueces. Y para colmo, muchas vacantes se han cubierto por este sistema de sustituciones, que, por otra parte, siempre se ha querido acabar, pero la realidad ha sido otra. Hay que recordar el Ministerio de Ruiz-Gallardón que determinó con poco éxito el final de las sustituciones, salvo que fuera entre jueces de carrera de manera ordinaria.
Los profesionales que ejercen esta labor como sustitutos viven en un paradójico estatuto. Son tan incompatibles como los jueces profesionales, pero ni tienen estabilidad en su trabajo ni su régimen retributivo es igual. Y a su vez, y este es otro dato, la Comisión Europea lleva dando toques y con aviso de sanción si no se regulariza en España el problema de las interinidades funcionariales. Y sin que sirva de precedente, esta vez el Gobierno no engaña cuando argumenta una posible multa astronómica por las autoridades europeas si no se aclara la cuestión de la justicia provisional.
Cuestión distinta será el procedimiento que se siga para esa regularización. Puro Romanones, ahí puede estar el lado más oscuro de la cuestión. Si se exige un tiempo al menos dilatado, el ejercicio en vigor en el momento de la adaptación, y unas pruebas que no sean un coladero y de manera neutral y justa, la inserción en la carrera judicial tendrá sentido. Si por contra éste es un proceso confuso y de coladero, que se acompaña a la atenuación del sistema clásico de oposiciones, donde se reduce el temario a la mitad en favor de un dictamen, por otra parte, que debiera ser necesario sin necesidad de rebajar temas, la idea va en el sentido perseguido de poder animar al acceso la carrera judicial con menor esfuerzo y mayor sensibilidad de otros temas que tanto gustan a los políticos.
Y una vez más, todo aprobado sin consenso, sin escuchar a los profesionales y con la alegría que da siempre juntar, aunque sea a contrarreloj y de madrugada, las papeletas para la suma en el Congreso de los Diputados. O comprar los décimos sabiendo que va a tocar.
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