El Supremo permite al juez de ERC, Santi Vidal, volver a la carrera judicial previo concurso de destino
El juez fue suspendido durante 3 años por razones disciplinarias, por resolución del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que le denegó su reincorporación al no considerarlo apto, tras haber constatado que persiste en él una falta de lealtad a la Constitución y a las instituciones del Estado.
La Sala Tercera del Tribunal Supremo, de lo Contencioso Administrativo, ha reconocido al juez separatista catalán Santiago Vidal, ex senador de Esquerra Republicana de Cataluña (ERC), su derecho a reingresar en la carrera judicial después de que el Tribunal Constitucional, en sentencia de 13 de diciembre de 2018, declarase la inconstitucionalidad del artículo 367.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en el que se basó el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para denegarle la vuelta a su puesto, por falta de aptitud, tras cumplir tres años de suspensión por una falta disciplinaria muy grave.
El tribunal ha estimado así, de forma parcial, el recurso interpuesto por el juez y ha anulado el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), de 8 de marzo de 2018, que le denegó el reingreso al servicio activo en la carrera judicial una vez cumplida la sanción de suspensión de funciones y retribuciones por tres años que le fue impuesta por una falta muy grave. El CGPJ justificó su negativa basándose en lo establecido en el artículo 367.1 de la LOPJ, falta de aptitud, al haber constatado que, tras finalizar la medida sancionadora, persistía en el juez una evidente y manifiesta «falta de lealtad a la Constitución y a las instituciones del Estado».
El CGPJ consideró que el comportamiento futuro del juez no sería «conforme con el juramento de lealtad a la Constitución que tiene obligación de prestar”
La Sala Tercera del Tribunal Supremo le reconoce, ahora, al recurrente su derecho a reingresar en la carrera al no ser ya exigible la previa declaración de aptitud después del pronunciamiento del Constitucional, sobre el artículo legal en que se amparaba dicho criterio. Si bien dado que la estimación del recurso de Vidal ha sido parcial, tendrá que hacerlo en los términos establecidos en la ley. Esto es: queda obligado a participar en el primer concurso en el que se anuncien plazas de su categoría, tras haber recibido en tiempo y forma la notificación de la sentencia.
En el fallo del tribunal, del que ha sido ponente el magistrado Nicolás Maurandi, se reconocen al recurrente sus derechos profesionales de todo tipo, económicos y administrativos, desde la fecha de extinción de la responsabilidad disciplinaria por la que fue sancionado hasta la fecha. Y siempre que, efectivamente, reingrese en el servicio activo, en los términos que han sido expuestos.
Anunció el plan para el golpe de Estado
Vidal resultaba expedientado, como juez, tras pronunciarse públicamente en varias conferencias como conocedor del plan que se había articulado para perpetrar el golpe de Estado en Cataluña. En una de sus intervenciones, Vidal explicó cómo los separatistas actuaban, en una clara violación legal de la intimidad de los ciudadanos, con el objeto de materializar la celebración del referéndum del 1-O y la declaración unilateral de independencia:
“El Govern de la Generalitat de Cataluña tiene todos vuestros datos fiscales», aseguró. «Esto es ilegal porque está protegido por la ley de bases de datos del Gobierno español. Pero tontos no somos, porque ya sabemos que no nos las facilitarán de manera voluntaria. Y esto sirve para el censo electoral y sirve para tantas, tantas cosas”, abundaba en su discurso.
El juez reconoció que el Govern había obtenido, de manera ilegal, datos fiscales de los catalanes protegidos por el Gobierno español
Y ello lo afirmaba tras haberlo insinuado de otras maneras en otras conferencias: “En estos momentos, y no os diré cómo lo hemos logrado porque lo hemos conseguido de manera absolutamente ilegal, tenemos todos vuestros datos tributarios. Todos estáis fichados, todos. En el nuevo Estado no se escapará nadie», explicaba.
«Quien debe tener la base de datos de Hacienda ya la tiene. Son unos datos reservados, en teoría los que llevamos este proceso no deberíamos tener acceso, pero a veces pasan cosas, no os diremos cómo, porque no es exactamente legal, y no estaría bien que un juez le explicara cosas que no están exactamente legalizadas”, concluía.