El Supremo deja de investigar a Puigdemont por terrorismo y archiva la causa de Tsunami
La magistrada instructora Susana Polo da carpetazo al caso tras la decisión de la Audiencia Nacional
La Sala de lo Penal de la Audiencia ha invalidado las pruebas practicadas desde 2021 en el 'caso Tsunami'
La juez del Tribunal Supremo encargada de la investigación del caso Tsunami, Susana Polo, ha acordado este martes el archivo de la causa penal abierta por terrorismo contra el ex presidente catalán Carles Puidemont y el diputado de ERC en el Parlament Ruben Wagensberg. La magistrada ha adoptado esta decisión tras recibir el auto por el que el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón archiva la pieza principal del caso Tsunami después de que la Sala de lo Penal invalidara todas las diligencias acordadas por el instructor en los últimos tres años porque el juzgado prorrogó la investigación el 30 de julio de 2021, 24 horas fuera de plazo.
En un auto al que ha tenido acceso OKDIARIO, Susana Polo ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa especial en la que se investiga a los dos aforados a los que Manuel García-Castellón envío al Supremo. La resolución, notificada este mismo martes, la juez confirma que toma esta decisión tras la resolución de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Ese pronunciamiento de la Sala originó que el juez instructor archivara este lunes el procedimiento respecto a las 10 personas investigadas en la Audiencia Nacional. Cabe recordar que la Ley de Amnistía se diseñó también para borrar cualquier hecho ligado a este caso.
La magistrada señala que antes del 29 de julio de 2021, que es el límite temporal para haber realizado diligencias de investigación según lo acordado por la Audiencia Nacional, «no se llevó a efecto ninguna investigación de la causa determinante de la participación de los investigados en los hechos que se le imputa, así se desprende del auto de archivo dictado por el instructor del Juzgado Central, en el que consta que no se había acordado ni tomado declaración a ninguno de los investigados -tampoco ha tenido lugar la de los aforados en la presente causa- lo que impide que las actuaciones puedan continuar por los trámites del procedimiento abreviado». Los indicios que implicaban a Puigdemont y al parlamentario Ruben Wagensberg derivaban de un informe de la Guardia Civil de 2023. Por tanto, de conformidad con la ley procesal, la magistrada dicta el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones para los dos aforados.
A un paso del TJUE
La juez Polo había dado el paso previo para realizar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para saber si es legal en base a las normas comunitarias amnistiar delitos de terrorismo. Sin embargo, tras el giro de guión de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, ha optado por dar carpetazo a uno de los frentes que acorralaban a Puigdemont. Ahora sólo le queda saber qué ocurre con el delito de malversación por el que le investiga Pablo Llarena y por el de traición del juez Joaquín Aguirre, que ha elevado exposición razonada al Supremo para imputar a Puigdemont ahora con el caso Tsunami ya archivado.
Precisamente este mismo martes el ex presidente catalán Carles Puigdemont había indicado a la magistrada del caso Tsunami en el Supremo que no se oponía a la cuestión prejudicial la TJUE. En un texto de su abogado, Gonzalo Boye, que replica Europa Press, destaca que «una directiva, por sí sola y sin la implementación de una ley interna, no puede crear ni agravar la responsabilidad penal de los individuos». De esta forma, Boye respondía a la solicitud de Polo para posicionarse favorablemente a la cuestión prejudicial, y subraya que todo parte del «desconocimiento del derecho de la Unión que reflejan las solicitudes de las acusaciones populares».
Fue el pasado viernes 5 de julio cuando Polo preguntó a la Fiscalía y a la defensa del ex presidente catalán si veían procedente consultar al TJUE por la amnistía al terrorismo. En concreto, la jueza daba un plazo común de tres días a la Fiscalía, a la Abogacía del Estado, a la acusación popular que ejercen dos policías en el caso Tsunami y a las defensas de Puigdemont y del parlamentario autonómico Ruben Wagensberg (ERC) para que se pronunciaran sobre si procede lanzar una cuestión prejudicial ante el TJUE en relación con la Ley de Amnistía. En una providencia, la jueza explicaba que las acusaciones populares habían solicitado el planteamiento de la cuestión prejudicial en relación a la amnistía ante las dudas surgidas sobre la incompatibilidad de la misma en materia de terrorismo con el derecho de la Unión Europea.