Sánchez prometió en elecciones «reforzar» las penas por malversación que ahora rebaja para Junqueras
La reforma de la malversación que plantea Pedro Sánchez beneficia a Oriol Junqueras
Sánchez prepara ya una reforma de la malversación a la carta para beneficiar a Junqueras
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La reforma del delito de malversación para rebajar las penas a Oriol Junqueras y los independentistas condenados por el referéndum ilegal del 1 de octubre choca con la promesa que el propio Pedro Sánchez esgrimió en plena campaña electoral. El programa para los comicios de 2015 prometía expresamente endurecer los delitos por corrupción, un tema muy sensible para la ciudadanía, y en especial los cometidos por cargos públicos. En concreto, en aquellos «contra la Administración pública», como sería el caso de la malversación, los socialistas proponían «reforzar las penas privativas de libertad, así como las penas de inhabilitación absoluta, especial y suspensión para empleo o cargo público».
Pese a ello, Sánchez está ahora dispuesto a llevar a cabo una reforma «limitada» del delito de malversación, por el que fueron condenados los líderes independentistas del procés.
La modificación de este delito es una petición expresa de ERC, que tiene a varios miembros condenados por este tipo penal, como Oriol Junqueras. El dirigente separatista, aunque indultado por Sánchez, conserva intacta la pena de inhabilitación de 13 años que le impuso el Tribunal Supremo. Al rebajar este delito, se abre la puerta a que pueda presentarse como candidato en unas futuras elecciones.
Sánchez confirmó la reforma este mismo martes, en conversación informal con los periodistas en el Congreso de los Diputados, durante el acto de celebración del 44 aniversario de la Constitución. Moncloa esgrime la urgencia de equiparar el Código Penal a otros países del entorno. Una excusa que ya blandió, de forma errónea, para tratar de justificar la supresión de la sedición, otra exigencia de sus socios separatistas.
La fórmula para modificar la malversación pasaría por una enmienda de ERC a la proposición de ley para fulminar la sedición, que ya está registrada en el Congreso.
En Moncloa consideran que, tanto la eliminación de la sedición como la reforma de la malversación, no tendrían impacto electoral. Es más, Sánchez se ha mostrado convencido de que la política sobre Cataluña va a ser un activo de cara a los comicios de 2023, en el que se celebran municipales y autonómicas en mayo y generales previsiblemente en diciembre. No lo ven así los dirigentes territoriales, que recelan de las consecuencias de esta nueva cesión al independentismo.
Promesa
En diciembre de 2015, Sánchez concurrió, en cambio, a los comicios -en los que marcó su peor resultado histórico hasta la fecha, perdiendo 20 escaños- con un discurso opuesto y un firme compromiso contra la corrupción. El programa dedicaba un apartado completo a la «revisión y reforma» de los actuales delitos contra la Administración Pública. Entre ellos, los socialistas prometían «revisar los delitos de prevaricación, infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos, cohecho, tráfico de influencias, malversación, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones y actividades prohibidas» y «establecer penas agravadas para los delitos cometidos por funcionarios públicos o autoridad». No se establecía distinción alguna, como ahora, entre la existencia o no de lucro personal.
Esa distinción sí la había recogido el PSOE justo un año antes en una de las enmiendas registradas a la reforma del Código Penal presentada por el PP, y ahora vigente, por la que se reformaba el delito de malversación. El PSOE planteaba entonces una rebaja a las penas previstas por los populares, fijando entre seis meses y tres años de prisión y cuatro y diez años de inhabilitación las penas para las autoridades o funcionarios públicos que cometiesen ese delito. En el caso de existir «ánimo de lucro», la pena aumentaría a entre tres y seis años de cárcel e inhabilitación absoluta entre seis y diez años.
El Código Penal no hace mención al lucro y castiga la malversación con penas de prisión de entre dos a seis años e inhabilitación especial para cargo o empleo público y ejercicio del sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años. No obstante, esas penas aumentarían considerablemente en el caso en que «se hubiera causado un grave daño o entorpecimiento al servicio público» o «el valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados excediere de 50.000 euros». En ese caso, las penas llegan hasta los ocho años de cárcel y los 20 de inhabilitación absoluta.
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