Montero fulmina con la Ley Trans los derechos laborales de las funcionarias víctimas de violación
La Ley Trans, posterior a la Ley del 'sólo sí es sí', modifica el Estatuto del Empleado Público
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La Ley Trans, promovida por Irene Montero, ha eliminado las novedades que introdujo la conocida como ley del sólo sí es sí para reconocer los derechos laborales de las empleadas públicas víctimas de agresiones sexuales. La Ley Trans, cuya entrada en vigor es posterior, ha liquidado así derechos como la reducción de jornada o las faltas de asistencia a su puesto de trabajo para funcionarias víctimas de violencia de género.
Esta precisión se recoge en el artículo 49 del Estatuto Básico del Empleado Público. La ley del sólo sí es sí, que entró en vigor el 7 de octubre, incluyó a las mujeres víctimas de delitos sexuales en dicho artículo, equiparando así sus derechos a los de las víctimas de violencia de género. De esta forma, sus faltas de asistencia al trabajo estarían justificadas «por el tiempo y en las condiciones en que así lo determinen los servicios sociales de atención o de salud», además del «derecho a la reducción de la jornada «para hacer efectiva su protección».
El sí es sí también reconoció el derecho de las funcionarias víctimas de violencias sexuales al «traslado a otro puesto de trabajo propio de su cuerpo, escala o categoría profesional, de análogas características, sin necesidad de que sea vacante de necesaria cobertura», además de «a solicitar la situación de excedencia sin tener que haber prestado un tiempo mínimo de servicios previos y sin que sea exigible plazo de permanencia en la misma».
No obstante, todos esos derechos quedaron suprimidos con la Ley Trans, que entró en vigor con posterioridad, el 2 de marzo.
Esas modificaciones fueron registradas sucesivamente en el citado Estatuto Básico del Empleado Público, quedando ésta como última versión.
Esta modificación no se produce, por ejemplo, en el caso del Estatuto del Trabajo Autónomo. La Ley Trans modifica uno de sus artículos -para reconocer el derecho de estas personas a no ser discriminadas-, pero no altera el régimen de los derechos laborales de los trabajadores autónomos. La Ley del sólo sí es sí precisó, por su parte, que los autónomos económicamente dependientes y víctimas de violencias sexuales tendrán derecho a la adaptación de horario o a extinguir la relación laboral.
Este agravio se suma a la amplia lista de agresores sexuales beneficiados por el sólo sí es sí, 721 según la última revisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), de los cuales, 74 han sido excarcelados.
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