La Junta Electoral afirma que Podemos vulneró la ley con una campaña en Facebook
Ordena a la formación de Iglesias que retire esta publicidad contra Sánchez hasta este viernes
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La Junta Electoral Central (JEC) ha estimado una denuncia del PSC contra Unidas Podemos por contratar y difundir a través de redes sociales inserciones publicitarias, estando convocadas las elecciones generales de 10 de noviembre. En concreto, los socialistas catalanes llevaron al organismo fiscalizador el anuncio “Quien tiene que dormir bien eres tú”, cuya difusión ha sido contratada en las páginas de la sección de anuncios de Facebook, permaneciendo activo.
Por ello, la JEC ha emplazado a Podemos a que retire tales inserciones publicadas en la página que la formación política denunciada mantiene en dicha red social, al menos hasta que dé comienzo el periodo oficial de campaña electoral, que será este viernes a las 00.00 horas.
Ante ello, la Junta Electoral considera que el citado anuncio «expresa indirectamente una petición del voto, pues el título del video y sus imágenes están claramente referidas a las conocidas palabras que el presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, pronunció en una entrevista en la cadena de televisión La Sexta». En dicha cadena, el jefe del Ejecutivo socialista manifestó que “no dormiría por las noches” si hubiera aceptado las condiciones de Unidas Podemos para formar un Gobierno de coalición.
Iglesias en Twitter
Además, el organismo fiscalizador halla una «intención electoralista del vídeo denunciado», que «se refleja en su manifiesta conexión con la afirmación ‘cuando sea la gente la que pueda dormir, será la gente la que podrá soñar’ que ha publicado el secretario general de Podemos, Pablo Iglesias, en su cuenta particular de Twitter, mensaje que va acompañado del anuncio de referencia y de la etiqueta #QuienTieneQueDormir».
Cuando sea la gente la que pueda dormir, será la gente la que podrá soñar.#QuienTieneQueDormir bien eres tú. pic.twitter.com/BKaPlpDaV6
— Pablo Iglesias (@Pablo_Iglesias_) October 21, 2019
La Junta Electoral entiende que la formación de Iglesias y sus confluencias han vulnerado el artículo 53 de la LOREG, según el cual «desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña, queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales, no pudiendo justificarse dichas actuaciones por el ejercicio de las actividades ordinarias de los partidos, coaliciones o federaciones reconocidas en el apartado anterior».