El juez deja en libertad al fiscalista condenado a 80 años por asesorar a Imanol Arias y Ana Duato
La Audiencia Nacional condenó al fiscalista pero la sentencia no es firme

El juez de la Audiencia Nacional ha acordado la puesta en libertad de Fernando Peña, fiscalista y cerebro del caso Nummaria condenado a 80 años de cárcel por los delitos fiscales cometidos a través del despacho Nummaria, que asesoró a los actores Imanol Arias y Ana Duato. Arias ha sido condenado también y Duato ha sido absuelta.
Según el auto al que ha tenido acceso en primicia OKDIARIO, el juez ha denegado la petición de prisión provisional solicitada por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. Asimismo, se acuerda la libertad con la obligación de comparecer los días 5 y 20 de cada mes y la retirada del pasaporte.
«Se le prohíbe salir de España, y todo ello con la finalidad de garantizar su plena disponibilidad ante los tribunales, hasta que la condena que se le ha impuesto sea firme», esgrime la Sala.
La vistilla de prisión se ha celebrado esta misma mañana y Fernando Peña ha confiado su defensa en los abogados Ignacio Fuster-Fabra y José Carlos Velasco. Los penalistas han participado en procedimientos como Tsunami Democratic, CDR o Púnica, entre otros.
Fernando Peña ha optado por los abogados del despacho Fuster-Fabra para la vista de prisión, en vez de por el ex ministro socialista Antonio Camacho, que le ha acompañado en este proceso en el que ha acabado condenado.
Argumentos para no ir a la cárcel
La defensa de Fernando Peña ha argumentado en la vistilla de prisión que «no se constata que objetivamente concurra riesgo o peligro de que, estando en situación de libertad a la espera del resultado de los recursos que se formulen contra ella, y ante la posibilidad de que dicha sentencia pudiera resultar eventualmente confirmada, el acusado aproveche la ocasión para eludir la acción de la justicia».
Un aspecto crucial que argumenta su defensa es que «ninguna de esas penas de prisión supera los 3 años individualmente, luego, con la Ley en la mano, el máximo de cumplimiento efectivo, por aplicación del art. 76.1 CP, no podría nunca superar los 9 años (esto es, el triple de la más grave de las penas impuestas)». Esta interpretación legal limita significativamente el tiempo real de cumplimiento.
Los abogados de Fuster-Fabra destacan que «llama la atención que la solicitud de medida cautelar de prisión se produzca ahora cuando el acusado ha resultado condenado, y que sin embargo, ninguna de las acusaciones, ni el fiscal, ni el abogado del Estado, apreciasen riesgo de fuga cuando en sus escritos de acusación se le solicitaba una petición de penas aún más elevadas». Durante casi 10 años de procedimiento, nunca se consideró necesaria la prisión provisional.
Fernando Peña, según su defensa, ha demostrado su compromiso con la justicia y además cuenta con arraigo personal.
La condena de Fernando Peña
Los magistrados determinaron en una sentencia de 275 páginas que Fernando Peña utilizó un complejo entramado de sociedades para canalizar los ingresos de su actividad profesional. Esta estructura tenía como único propósito evadir el pago de impuestos y ocultar el patrimonio acumulado por su trabajo como asesor fiscal. La maniobra representaba una clara intención de defraudar a la Hacienda pública.
La Audiencia Nacional identificó múltiples incongruencias en las declaraciones fiscales de Peña. Sus declaraciones de IVA e IRPF no correspondían con la verdadera dimensión de su actividad en el despacho Nummaria. Tampoco coincidían con los ingresos anuales de 1.250.000 euros que declaraba ante la entidad suiza U.B.S. El elevado patrimonio que controlaba a través de sociedades en España y el extranjero evidenciaba la magnitud del fraude.
Entre 2010 y 2015, Fernando Peña eludió el pago de aproximadamente 10 millones de euros en IRPF y casi 6 millones en IVA. Estas cifras demuestran la dimensión del perjuicio causado al erario público durante este período. La evasión sistemática se prolongó durante varios años consecutivos.
El tribunal concluyó que Peña superó el riesgo permitido en su actividad profesional. No se limitó a asesorar clientes, sino que participó activamente proporcionando el entramado societario para ejecutar la maquinación fraudulenta. Según el Tribunal Supremo, adquirió «auténtico protagonismo en los episodios clave» del esquema delictivo.
La Audiencia Nacional condenó a Fernando Peña a 32 años de prisión por delitos tributarios propios, estafa procesal, falsedad documental e insolvencia punible. Adicionalmente, recibió 48 años como cooperador necesario en los delitos contra la Hacienda pública cometidos por otros condenados en el mismo proceso.
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