La Fiscalía denuncia en la piñata de Ferraz un delito «de ideología» que Sánchez perdona a los CDR

La Fiscalía recurre el archivo de la investigación por el apaleamiento de una piñata en Ferraz

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Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

La Fiscalía de Madrid ha recurrido la decisión de la juez que sobreseyó la investigación sobre el apaleamiento de una piñata en Ferraz en la noche de Fin de Año. El PSOE presentó la denuncia alegando que el muñeco simulaba al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

El Ministerio Público, en sus argumentos, destaca que los hechos son un ataque «personal» contra el presidente socialista, que «han tenido como objeto menospreciar, amedrentar y vilipendiar a la persona de este último, no encontrándose amparados por el derecho a la libertad de expresión».

La juez, Concepción Jerez, archivó la investigación la pasada semana al considerar que los hechos, denunciados por el PSOE, no eran constitutivos de delito, sino que estaban amparados en la libertad de expresión.

Señaló además que en la piñata de Ferraz no se golpeó un muñeco de Sánchez sino a un «varón unicejo, con orejas prominentes y nariz larga».

Ideología

Para la Fiscalía, los hechos denunciados, «sin perjuicio de su calificación jurídica definitiva», podrían ser constitutivos de unas amenazas graves, concurriendo la agravante de discriminación por razón de ideología.

Además, arguye que del examen de las actuaciones podría apreciarse que no se trata «únicamente» de unas meras amenazas, «porque además constituirían un claro y manifiesto ataque al principio de igualdad y no discriminación», al ser llevada a cabo la acción por no aceptar la ideología de la víctima y del colectivo al que representa.

Esta circunstancia, según se recoge en el recurso, se desprende del lugar elegido -frente a la sede principal del partido político que preside- junto a las expresiones proferidas, tales como Hay que quemar Ferraz. Por tanto, la Fiscalía entiende que no se trató de una acción «espontánea», puesto que hubo una preparación con el encargo y elaboración del muñeco que representaba la figura de la víctima junto a una soga que tuviera el largo suficiente para poder ser colgado desde un semáforo. 

Ley de Amnistía

Se da la circunstancia de que la Ley de Amnistía, que Pedro Sánchez negocia con el separatismo, perdona intencionadamente los delitos de «ideología».

Así se desprende, en concreto, del apartado de delitos que quedarán excluidos de la aplicación de la norma, donde se mutila el artículo 22.4 del Código Penal que castiga los delitos de odio.

La Ley de Amnistía excluye expresamente «los delitos en cuya ejecución hubieran sido apreciadas motivaciones racistas, antisemitas, antigitanas u otra clase de discriminación referente a la religión y creencias de la víctima, su etnia o raza, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social, la enfermedad que padezca o su discapacidad, con independencia de que tales condiciones o circunstancias concurrieran de forma efectiva en la persona sobre la que recayó la conducta». Olvidándose, así, de los delitos por razón de «ideología» o «nación de pertenencia». Éste es el caso de los numerosos ataques a los constitucionalistas, amparando conductas violentas de los autodenominados Comités de Defensa de la República (CDR) y de Tsunami.

El artículo 22 del Código Penal, al que se refiere en ese apartado la Ley de Amnistía, sobre «las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal» incluye en ese listado todas esas circunstancias y dos motivaciones más: «Discriminación referente a la ideología» y «a la nación a la que pertenezca la víctima».

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