España y Portugal fijan nuevas fronteras a lo largo del Miño y el Guadiana
España y Portugal estrenarán el próximo domingo sus nuevas líneas de frontera a lo largo de los ríos Miño y Guadiana, tras delimitar lo que corresponde a cada uno de los dos países, de modo que se permitirá también fijar el alcance del espacio marino de ambas naciones.
Así consta en el Tratado bilateral alcanzado en Villa Real el pasado 30 de mayo entre el Reino de España y la República de Portugal que publica este lunes el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entrará en vigor el próximo 12 de agosto.
El tratado establece la línea de cierre de las desembocaduras de los ríos Miño y delimita los tramos internacionales de ambos ríos. Así, los países ibéricos señalan que son «conscientes» de la importancia de la seguridad jurídica que proporcionan unos límites «bien definidos» y de la «necesidad» de establecer una línea que separe las aguas interiores del mar territorial en las desembocaduras de los ríos Miño y Guadiana.
Estas, añaden, deben ser la base para «comenzar en un futuro» la negociación de la delimitación del mar territorial, la zona económica exclusiva y la ampliación de la plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas.
Asimismo, España y Portugal afirman ser «conscientes» de la necesidad de delimitar los tramos internacionales de ambos ríos para cumplir «escrupulosamente» el derecho internacional y en particular la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
El tratado subraya «las excelentes relaciones» entre ambos países y en ese marco establece en el caso del Miño línea recta imaginaria definida por el punto de coordenadas 41º 52′ 00,85» N, 008º 52′ 21,30» W (ETRS89), en la Punta de los Picos de la costa española, y el punto de coordenadas 41º 51′ 53» N, 008º 52′ 44» W (ETRS89), situado en la Piedra que vela en bajamar, en la costa portuguesa, cierra la desembocadura del río Miño, separando las aguas interiores del mar territorial.
Respecto al Guadiana, la línea recta imaginaria se ha definido por el punto de coordenadas 37º 09′ 58,32» N, 007º 23′ 41,70» W (ETRS89), situado en la costa española, que corresponde a la torre baliza cilíndrica (Espigón sumergido Baluarte) número 08490.5 de la publicación ‘Faros y Señales de Niebla’ Parte I de 2016 publicado por el IHM, y el punto de coordenadas 37º 09′ 47,50» N, 007º 23′ 59,00» W (ETRS89), situado en la punta del conocido como Dique de Poniente, en la costa portuguesa, cierra la desembocadura del río Guadiana, separando las aguas interiores del mar territorial.
Asimismo, el tramo internacional del río Miño queda delimitado por su confluencia con el río Troncoso y por la línea continua que une los puntos descritos en el artículo 1, el faro de Insua de coordenadas 41º 51′ 33,17» N, 008º 52′ 30,23» W (ETRS89) y la marca de Punta Ruiva de coordenadas 41º 51′ 29,94» N, 008º 52′ 04,26» W (ETRS89), en la costa portuguesa.
En consecuencia, más allá de dichas líneas no se aplican los tratados internacionales que afectan al Tramo Internacional del río Miño.
Por su parte, el tramo internacional del río Guadiana está delimitado por su confluencia con el Chanza y la línea de cierre de la desembocadura descrita, de modo que más allá no se aplican los tratados internacionales que afectan al tramo internacional del Gudiana. En el marco del tratado bilateral, se acuerda también que los citados límites se señalicen de forma adecuada cuando sea posible.