Constitución de las Cortes

El Congreso suspenderá a los diputados golpistas con el voto en contra de Podemos

La Mesa del Congreso solicitará este mismo martes un informe a los servicios jurídicos para que fijen postura sobre la interpretación del reglamento de la Cámara y la futura suspensión de los independentistas juzgados por el 'procés'.

El Congreso suspenderá a los diputados golpistas con el voto en contra de Podemos
Presos independentistas.
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

El futuro parlamentario de los diputados independentistas juzgados por el ‘procés’ tiene los días contados, desde este martes. Hoy, los cuatro presos golpistas -Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Josep Rull y Jordi Turull -tomarán posesión de su escaño en el Congreso, y otro -Raül Romeva- lo hará en el Senado, en las correspondientes sesiones de constitución de las Cortes. Una vez procedido a ese trámite, que consiste en el acatamiento de la Constitución, habrán adquirido su pleno derecho de diputados y es entonces cuando entrará en juego la suspensión.

El Tribunal Supremo decidió la pasada semana trasladar al Congreso la potestad para determinar la suspensión de los diputados, basándose en la mínima injerencia en la vida parlamentaria.

El alto tribunal dispondría de un instrumento inmediato para suspenderlos. La aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) que se aplica a individuos procesados mientras se encuentran en prisión. Así les ocurrió a algunos de ellos cuando fueron elegidos como representantes en el Parlament, en los comicios autonómicos del 21 de diciembre de 2017, a los que el juez instructor del Supremo Pablo Llarena aplicó este precepto legal.

Sin embargo, al relegar la decisión en el Congreso, la suspensión se avala con el propio Reglamento de la Cámara: en el caso del Congreso, el artículo 21.2 prevé que un diputado quedará suspendido cuando «concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallare en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta».

El suplicatorio

La principal duda de interpretación es la exigencia del suplicatorio, algo que el propio Supremo desestimó en este caso al encontrarse el proceso judicial ya avanzado. Las otras dos condiciones se cumplen en su totalidad.

La primera decisión de la Mesa -con mayoría de PSOE y Podemos- una vez constituidas las Cortes, será solicitar formalmente un informe a los servicios jurídicos de la Cámara para que fijen postura sobre la interpretación literal del reglamento y esa condición del suplicatorio.

Los letrados ya trabajan desde hace días en ese escenario. De hecho, en fuentes parlamentarias no se prevén problemas para la suspensión y todo lo demás, estiman, sería un «escándalo». El informe puede tardar una semana, como mucho, aunque lo previsible es que se inste a acortar los plazos. En cualquier caso, los diputados no tendrán que votar hasta la sesión de investidura, prevista para finales de junio, y que es la primera sesión prevista en el Congreso.

Caben pocas dudas de que, una vez recabado el informe, la Mesa suspenderá a los presos. Este órgano parlamentario tiene mayoría de PSOE y Podemos, pero lo previsible es que la formación de Pablo Iglesias vote en contra de la suspensión. Aún así, la Mesa tendría mayoría suficiente, con los votos a favor de PSOE, PP y Ciudadanos.

Desde la oposición, Pablo Casado y Albert Rivera avanzaron este lunes que pedirán la «suspensión inmediata» de los diputados independentistas, que ya han presentado sus credenciales en el Congreso. Ambos consideran que podría aplicarse la Ley de Enjuiciamiento Criminal desde el mismo momento en que tomen posesión de su acta.

La siguiente decisión corresponde a los propios diputados. Y es si optan por renunciar al escaño y, en consecuencia, ser sustituidos por el siguiente diputado en la lista o, por el contrario, se aferran al acta.

La mayoría del Congreso

En el caso de Junqueras, la suspensión de funciones es simbólica, porque el líder republicano renunciará a su acto al ser cabeza de lista de ERC a las elecciones europeas. La duda es qué pasará con los otros tres diputados de Junts per Catalunya (Sànchez, Rull y Turull).

Cabe recordar que, en el Parlament de Cataluña, no renunciaron a su acta, lo que provocó que el independentismo perdiese la mayoría absoluta. En el caso del Congreso, la falta de tres diputados no tiene efecto en la mayoría absoluta, que seguirá fijada en 176, de forma que sus escaños se contarán como una abstención. En el caso de la mayoría simple -más síes que noes- esta situación es relevante, ya que hace que las votaciones precisen de menos apoyos. Es el caso, por ejemplo, de la investidura o de la Ley de Presupuestos. 

La Sala que juzga el ‘procés’ en el Supremo ha remitido ya un oficio a las Cortes Generales para que acuerden si deben suspender a los cinco presos  en aplicación del artículo 21 del Reglamento de la Cámara Baja, según han confirmado fuentes del alto tribunal.

El tribunal presidido por el magistrado Manuel Marchena envió este escrito el pasado viernes acompañándolo del auto del pasado 14 de mayo por el que autorizó al ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, el ex presidente de la ANC Jordi Sànchez y los ex consellers Jordi Turull y Josep Rull y Raül Romeva poder asistir a la sesión constitutiva de las Cámaras, para que analicen los efectos que resulten procedentes a consecuencia de la situación personal de los parlamentarios.

El oficio se ha hecho dando efecto a la parte dispositiva del auto en la que se acordó que se remitiese «testimonio de esta resolución, por conducto del Excelentísimo señor presidente del Tribunal Supremo, a la Excelentísima señora presidenta del Congreso y al presidente del Senado a los efectos procedentes».

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