LEY DE AMNISTÍA

Los 46 policías del 1-O a juicio mientras Sánchez ofrece amnistía a los agresores de más de 700 agentes

juicio policías 1-O
Policías durante el 1-O. (Foto: Ep)

La Audiencia de Barcelona ratifica la decisión tomada por el Juzgado de Instrucción 7 de enviar a juicio a 46 agentes de Policía Nacional por las cargas del 1-O. El tribunal ha rechazado todos los recursos que se presentaron contra el procesamiento de los policías y valida la decisión del juzgado de encausarles. Una decisión que llega justo cuando el Gobierno de Pedro Sánchez trabaja para sacar adelante su Ley de Amnistía, que entre otras cosas perdonará a los agresores de los más de 700 policías y guardias civiles que resultaron heridos durante el Procés.

En enero de 2023 el instructor los procesó al acabar la investigación sobre las cargas en distintos colegios de la ciudad. Ahora, el tribunal rechaza procesar a más agentes así como archivar la causa para los procesados.

La investigación judicial se ha centrado en las denuncias presentadas «por tortura» por 268 independentistas que votaron o intentaron hacerlo en el referéndum inconstitucional del 1-O. En sus relatos, presentados en un informe que desveló OKDIARIO, señalan situaciones como empujones, tirones de la chaqueta, pisotones o forcejeos. Suficiente, según el separatismo, para llevar a estos policías ante el juez y encausarlos por «trato degradante». Delito de lesiones, de torturas y contra la integridad moral previstos en los artículos 174 y 175 del Código Penal. Precisamente los que no tiene previsto perdonar la amnistía de Sánchez, según anunció el Gobierno, y los que busca sacar de las causas por terrorismo contra el Tsunami y los CDR.

Paralelamente al enjuiciamiento de estos 46 agentes, que como han recordado en múltiples ocasiones sólo «cumplían órdenes» aquel 1-O, la amnistía sí olvidará las causas contra quienes provocaron más de 700 lesiones a agentes en el marco del procés. Tanto en el 1-O como en protestas y disturbios posteriores, especialmente los de octubre de 2019 que coincidieron con la publicación de la sentencia del Supremo que enviaba a la cárcel a los cabecillas políticos de aquel referéndum ilegal. Los autores de esas agresiones, muchos de ellos aún sin identificar, quedarán en el limbo cuando la Ley que prepara el Gobierno -de nuevo- obligue a cerrar esas causas.

Denuncias por las cargas

En el auto el instructor concluyó que en el IES Pau Claris «claramente los responsables del operativo policial no cumplieron sus obligaciones de supervisión de la acción de los agentes bajo su responsabilidad, ya que, como se ha dicho en resoluciones anteriores en este juzgado y por diversos autos de la Audiencia de Barcelona, la actuación policial fue claramente desproporcionada en general».

Es en este instituto donde se ha identificado al policía que saltó desde una escalera para dar una patada sobre un hombre y están procesados tres agentes que aparecen en vídeos lanzando escaleras abajo a varias personas.

Sobre el colegio Escola Mediterrània el juez relata a partir de las imágenes de la jornada: «Los agentes se dirigen de forma directa hacia la multitud y, sin mediar palabra, advertencia o requerimiento alguno, empiezan a empujar a las personas allí congregadas, iniciando una situación violenta de gran confusión que va aumentando hasta el punto de observarse personas empujadas al suelo, una persona con la cara ensangrentada y un agente golpeando con su defensa en la cara de las personas que ya están desalojadas».

El juez ha constatado que el responsable del dispositivo incumplió la normativa policial al ordenar actuar de esta forma, y añade que «en este colegio se llevó a cabo una auténtica carga policial, que por su modo de llevarse a cabo y su falta de anuncio resultó en diversos resultados lesivos».

En las Escoles Pies de Sant Antoni, las imágenes muestran «una actuación especialmente violenta y desproporcionada de los agentes», que golpearon sin aviso previo ni ninguna negociación, cuenta el juez. «Puede verse a agentes dando puñetazos, patadas, agarrando del cuello, lanzando personas al suelo e incluso golpeando con porras a gente que ya no se encuentra en la puerta del colegio ni tiene una actitud agresiva hacia los funcionarios», y el juez subraya que el equipo que intervino en este centro es el mismo que fue al IES Pau Claris y a la Escola Mediterrània.

En el CEIP Prosperitat, 11 personas denunciaron lesiones, entre ellas un hombre que denunció «que fue arrojado por los agentes por unos escalos y sufrió una lesión en la oreja que necesitó puntos de sutura», como muestra su informe médico. El juez ha decidido procesar al agente y al jefe del dispositivo en el colegio porque «como es de ver en las imágenes grabadas, se aprecian claros déficits en la actuación con respecto a la normativa y protocolos» policiales, y destaca que los policías no negociaron ni advirtieron de las cargas sino que usaron la fuerza.

En el CEIP Ramon Llull, donde se recabaron una veintena de denuncias, el juez procesa a un policía por coger a una persona del cuello y arrastrarla. «En absoluto puede considerarse una advertencia previa suficiente el hecho de acercarse a la multitud con un altavoz y, sin solución de continuidad ni espera de ningún tipo, comenzar a lanzar a las personas de forma violenta fuera del lugar, de un modo claramente lesivo para algunas personas», argumenta el juez al procesarlo.

También está procesado el responsable del dispositivo en el CEIP Els Horts, por una actuación «claramente desproporcionada e innecesaria», y otros tres policías están procesados por presuntamente lesionar a dos mujeres en el CEIP Marenostrum.

También hay policías procesados por la actuación en el CEIP Àgora, donde el juez constata que hubo cargas usando la porra «de forma indiscriminada».

En el CEIP Dolors Monserda, el juez procesa a un policía por presuntamente lesionar a cuatro personas y otros dos por presuntamente lesionar a una persona, además de al su superior jerárquico: «No nos encontramos ante casos aislados o puntuales, sino que la actuación de los agentes investigados no pudo pasar desapercibida a dicho responsable y aun así no consta que intentara evitarlo o que diera las órdenes oportunas para que los hechos no ocurrieran», justifica el juez.

Respecto al CEIP Pau Romeva, un policía está procesado por una «actuación claramente dolosa, dirigida únicamente a causar lesiones al denunciante presuntamente como represalia por un insulto anterior».

En la Escola Infant Jesús el juez destaca «la especial circunstancia de que una vez iniciada la actuación policial, se optó por no entrar en el colegio y no se requisó material alguno, interpretando los responsables policiales que el auto dictado por el TSJC sólo autorizaba entrar en colegios de titularidad pública y no privada, como es el caso, dándose cuenta de esta circunstancia cuando ya se había iniciado la actuación». Por eso, el juez considera que la actuación policial no tenía una finalidad concreta, «lo que supone en cierta manera una actuación policial gratuita y, por ende, mucho menos justificable», sentencia.

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