La Audiencia de Barcelona descarta juzgar a Dani Alves a puerta cerrada

víctima Dani Alves
Dani Alves, en una de sus últimas ruedas de prensa. (Getty)
Miguel Zorío

La Audiencia de Barcelona ha descartado que el juicio contra Dani Alves, que tendrá lugar los días 5, 6 y 7 de febrero, por la presunta violación de una joven, se celebre a puerta cerrada, excepto cuando declare de la víctima. La Fiscalía había lanzado esta petición a la juez para preservar la intimidad de la mujer. Sin embargo, la Audiencia de Barcelona ha decidido rechazar esta petición, pero permite que sea a puerta cerrada cuando declare la víctima.

No obstante, la Audiencia no permitirá difundir imágenes ni sonido de la vista. En un auto, la sección 21ª de la Audiencia ha rechazado la petición de la Fiscalía, la acusación particular ejercida por la víctima y la defensa de Dani Alves de que el juicio se celebre a puerta cerrada, aunque garantiza medidas para proteger al máximo la identidad de la denunciante y su confrontación visual con el acusado.

De esa forma, los medios podrán seguir el juicio por señal interna, sin difundir imágenes ni sonido de la misma, y la víctima declarará protegida de la visión de Alves mediante un biombo, con la imagen pixelada y la voz distorsionada. Cabe recordar que el futbolista está acusado de un delito de agresión sexual por una presunta violación en la discoteca Sutton de Barcelona el 30 de diciembre de 2022.

Fiscalía pidió que fuera a puerta cerrada

El ministerio público pidió hace unas semanas que el juicio se realizase a puerta cerrada al considerar que era una medida «indispensable» para proteger el derecho a la intimidad de la víctima, así como el «respeto» a la misma, que pretende evitarle los «graves perjuicios» que pudiera causarle un proceso en el que se permita la entrada al público y a los medio. La acusación particular planteó argumentos similares, mientras que la defensa, no se opuso a la petición de que el juicio se celebrara a puerta cerrada con el fin de preservar el proceso de la exposición mediática que cree lo ha contaminado desde el principio.

Pero, finalmente, la Audiencia, en una resolución que no se puede recurrir, aunque las partes podrán volver a plantearlo al inicio del juicio, lo ha desestimado y sólo será a puerta cerrada cuando declare la víctima «para conjugar la publicidad de las sesiones del juicio oral y la adecuada protección a la denunciante». Así, la única imagen de Alves sentado en el banquillo será la del primer día, el próximo lunes 5 de febrero, cuando se permitirá que las agencias de noticias, en función de pool, tomen y difundan fotos y vídeos de los momentos previos al arranque la sesión. Alves se enfrenta a una petición fiscal de nueve años de cárcel y el pago de una indemnización de 150.000 euros en un juicio que arrancará el próximo lunes.

Los casos a puerta cerrada son contados

En este sentido, la Audiencia recuerda que la publicidad de las actuaciones judiciales, con las excepciones previstas, es una «exigencia constitucional», no tanto en favor del derecho a la información de la ciudadanía, «sino como una garantía del ciudadano de que los Tribunales van a administrar rectamente justicia» y como garantía del acusado «de que no se le va a juzgar de manera clandestina u oculta».

«Los hechos que serán enjuiciados en este procedimiento tienen una evidente repercusión mediática que suscita el interés de los medios de comunicación y de la ciudadanía, sin que ello de por sí sea obstáculo para limitar la publicidad de la vista oral», señala el auto publicado por la Audiencia de Barcelona. En este sentido, la Audiencia admite que esta «resonancia informativa» puede tener «graves consecuencias en la esfera de la intimidad de la denunciante, que podría verse doblemente victimizada», por lo que acuerda varias de las medidas previstas por el Estatuto de la Víctima para protegerla.

En concreto, el tribunal ha decidido que el juicio se celebre en audiencia pública, a excepción de la declaración de la víctima, que sí será a puerta cerrada. Además, los medios de comunicación no podrán grabar ni difundir el sonido y la imagen del juicio, ni tampoco de la víctima o de sus familiares cercanos en su declaración como testigos.

¿Cómo será la declaración de la víctima?

La Audiencia también ha establecido que cuando declare la víctima su voz se emita en el circuito interno para la prensa con la voz distorsionada y la imagen pixelada, «para evitar que con posterioridad se pueda filtrar su imagen o su voz». Asimismo, el tribunal ha acordado que la declaración de la víctima se realice garantizando que no haya «confrontación visual» con Alves, mediante un biombo.

Otra de las medidas impuestas por la Audiencia es que durante el juicio todas las partes, así como los testigos y peritos, tendrán que referirse a la víctima como «la denunciante» y no por su nombre o apellidos. Además, se prohíbe la divulgación o publicación de información relativa a la identidad de la víctima, de datos que puedan facilitar su identificación de forma directa o indirecta y la obtención, divulgación o publicación de imágenes de la denunciante o de sus familiares.

Precisamente, la abogada de la víctima presentó en las últimas semanas una denuncia ante los Mossos d’Esquadra por la difusión de un vídeo publicado en Instagram por Lucía Alves, la madre del futbolista, que revelaba la identidad, imágenes y datos personales de la joven. En el mismo se mostraba a la denunciante disfrutando de momentos de fiesta con sus amigas e insinuaba que buscaba fama y dinero. A raíz de esa publicación, la Fiscalía ya anunció que tomaría las medidas necesarias para proteger la imagen de la víctima en el juicio contra Alves.

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