El diario de Prisa se basó en "documentos falsos"

‘El País’ condenado a pagar 100.000 € a la forense que acreditó que Bolinaga no estaba terminal

El periódico fue demandado por la forense de la Audiencia Nacional, Carmen Baena, quien dictaminó en 2012 que el etarra Josu Uribetxeberria Bolinaga no estaba terminal y podía ser tratado en prisión del cáncer que padecía.

‘El País’ condenado a pagar 100.000 € a la forense que acreditó que Bolinaga no estaba terminal
El País condenado a pagar cien mil euros a la forense que acreditó que Bolinaga no estaba terminal.

El diario El País ha perdido la batalla judicial que mantenía con la forense de la Audiencia Nacional, Carmen Baena, quien dictaminó en 2012 que el etarra Josu Uribetxeberria Bolinaga no estaba terminal y podía ser tratado en prisión del cáncer que padecía. La editora ha sido condenada a pagar 100.000 euros a la médico forense por un delito contra su honor.

El diario que ahora dirige Soledad Gallego publicó en septiembre de 2012 que la forense de la Audiencia Nacional había ignorado una orden dictaminada por el juez Santiago Pedraz, que sustituía al juez de Vigilancia Penitencia José Luis de Castro. En dicha orden se comunicaba que debía viajar a San Sebastián para explorar al etarra Bolinaga, condenado por asesinato y secuestrar al funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara. La forense debía aclarar si el cáncer de riñón con metástasis en el cerebro y un pulmón, que supuestamente le otorgaba menos de un año de vida, era suficiente motivo para ponerlo en libertad condicional.

La forense de la Audiencia Nacional, que nunca llegó a recibir este comunicado, emitió varios informes en los que aseguraba que el etarra no se encontraba en fase terminal. Sin embargo, en contra de su criterio profesional, el etarra obtuvo la libertad condicional, aunque no falleció hasta tres años después.

Derecho al honor

La forense de la Audiencia Nacional decidió interponer medidas judiciales contra el periódico de grupo Prisa por vulneración de su derecho al honor.

El autor de la noticia aseguró en el juicio que contrastó la información, que la providencia fue remitida por el gabinete de prensa y que sus fuentes le confirmaron que el documento fue introducido por debajo de la puerta de la clínica forense, al estar cerrada por ser agosto.

Sin embargo, la sentencia, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, reconoce un testimonio de la Secretaria del Juzgado de Menores (con funciones de Vigilancia Penitenciaria) que aseguró que no existía dicha providencia remitida a la forense.

Además, argumentó que «en el caso existir, estas notificaciones se realizan a través de fax, por tanto debería existir una copia de un oficio dirigido a la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias». Del mismo modo, considera irregular que las notificaciones judiciales relacionadas con la libertad condicional de un preso se realice «introduciendo el documento por debajo de la puerta».

La demandante aseguró -aportando las correspondientes pruebas – que el entonces subdirector de El País, José Manuel Romero, le comunicó a través del servicio de mensajería ‘WhatsApp’ que en nuevas entregas «se detallaría el error que impidió -que el documento- llegara a oficio». Pero ésto nunca se publicó, lo que llevó a la médico forense a interponer una anterior demanda para el derecho de rectificación, a la cual fue condenado El País en sentencia firme.

Documento «manipulado»

Un dato llamativo de esta sentencia es que refiere que en la Fiscalía de la Audiencia Nacional aparece un documento con el número 5, el cual fue «manipulado y el destinatario de ese documento no era la forense sino Instituciones Penitenciarias».

Además, advierte que en «un informe firmado por el Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional en el que se hace constar que en la pieza de peticiones y quejas, referida al interno Jesús María Uribechebarria Bolinaga no figura ningún oficio dirigido a la forense para dar cumplimiento a la providencia que ordenaba el examen del interno por el médico forense».

Continúa: «Esos documentos Nº 3 y 5 se incorporaron con esa numeración, sin que se sepa cómo, a la carpetilla de Fiscalía abierta para la pieza de peticiones y quejas Nº 0000138/2000-06, con una numeración distinta de la habitual en Fiscalía, emitiendo informe el Fiscal Jefe, doc. Nº 21 y 22 de la demanda, haciendo constar esas discordancias».

El tribunal hace referencia al desconocimiento de «cómo llegó ese documento a la carpetilla de la Fiscalía».

Sentencia del tribunal.

OKDIARIO se ha puesto en contacto con El País que aseguran que recurrirán esta sentencia ante el Tribunal Supremo.  Recuerdan que el Juzgado de 1ª Instancia nº 51 de Madrid desestimó en primera instancia la demanda interpuesta por Carmen Baena contra Ediciones El País SL.

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