Gobierno Pedro Sánchez

Una comisión ministerial censurará webs sin autorización judicial con la nueva ‘ley Sinde’

La reforma de la socialista 'ley Sinde' se está tramitando de urgencia

Si no lo remedia el Senado, la norma será aprobada eliminando el papel de los jueces

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Pleno del Senado.

La modificación en curso de la socialista ‘ley Sindeelimina la necesidad de autorización judicial para el cierre de páginas web. Una comisión de funcionarios, orgánicamente dependiente del Ministerio de Cultura, será la encargada de decidir qué portales on-line deben ser clausurados.

La intervención judicial necesaria, aunque de forma testimonial, hasta la fecha, desaparece en la redacción del artículo 195 de la norma.

Si el texto es finalmente aprobado en el Senado, donde se encuentra actualmente en trámite de urgencia, el borrado de sitios web dependerá de que la comisión encargada diga si los mismos han cometido o no alguna infracción.

«Lo previsto en la enmienda es que en los procedimientos sancionadores en vía administrativa por supuestas vulneraciones de propiedad intelectual ya no se tenga que acudir a un juez para que valide la ejecución de la medida de cierre de la web» indica la nueva norma. En opinión de los expertos consultados por OKDIARIO, esto contradice a la Constitución y la reserva legal que prevé que «sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial».

Los mismos juristas recuerdan que la reforma del Código Penal y la prohibición de las webs linkables en el artículo 270 debería impedir que un mero trámite administrativo, ni funcionario, determine la eliminación de contenidos, de cualquier tipo, en internet. La reforma en curso supondrá una exclusión definitiva de los jueces en la toma de decisiones que afectan a la libertad de expresión y reducirá las garantías vigentes.

La nueva redacción de la ‘ley Sinde’ implica que el cierre de páginas con contenidos ilegales como: juego, estafas o pornografía infantil, entre otras, debe contar con una orden judicial previa del juzgado que investiga el delito. Mientras, para clausurar webs donde se vulneran derechos de autor o copyright audiovisuales bastará con la orden de un funcionario del Ministerio de Cultura.

Último día para presentar enmiendas

El pasado viernes 7 de diciembre se cumplía el plazo legal fijado para la presentación de enmiendas y vetos a la norma, de los diferentes grupos parlamentarios.

Fuentes de la Cámara Alta confirman a OKDIARIO que varias formaciones han presentado enmiendas relativas a la polémica norma, pero ninguna de las mismas referida a la comisión ministerial. Todas ellas se limitan a proponer cambios en la redacción del texto por razones de mejora técnica.

La ‘ley Sinde’ fue presentada en 2009, bajo el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, como apartado específico dentro de la Ley de Economía Sostenible. Con ella se introdujeron una serie de cambios que afectaban a la Ley de Propiedad Intelectual, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Aunque su concepción inicial ya apartaba a los jueces y transfería a un órgano administrativo el poder de sentenciar si una web incumplía o no las leyes de propiedad intelectual, las movilizaciones del sector jurídico consiguieron introducir la figura del juez para autorizar, en último extremo, la medida de cierre pero no podía revisar el fondo de la resolución dictada por los funcionarios ministeriales, sino sólo determinar si el cierre infringía la libertad de expresión.

Salvo que el Senado lo remedie en el trámite correspondiente, antes de la fecha límite el próximo 20 de diciembre, la reforma de la ‘ley Sinde’ entrará en vigor y permitirá que la comisión ministerial actúe, con plena potestad para -previa reclamación de cualquier particular o interesado contra el sitio web- exigir al mismo que retire en un plazo máximo de 48 horas los contenidos denunciados.

En el caso de que esta vía no fuese atendida, la comisión tendrá la posibilidad, en menos de 10 días y tras estudiar las alegaciones presentadas por quien demanda a la página web y el responsable de la misma, de cerrar definitivamente la misma.

 

 

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