Ayuda extraordinaria para empleadas del hogar: Requisitos y cómo solicitarla
El pasado 2 de abril se aprobó el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, con el objetivo de adoptar medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico. De esta forma, se podría proteger el empleo y ayudar a las personas más vulnerables como, por ejemplo, las empleadas de hogar.
En el BOE se han incluido dos resoluciones para que las empleadas del hogar, y personas que hayan finalizado un contrato temporal, tengan la oportunidad de iniciar el procedimiento de solicitudes de las prestaciones extraordinarias.
¿Qué requisitos debo cumplir para acceder a la ayuda?
En el caso de las empleadas del hogar, serán beneficiarias de la ayuda extraordinaria aquellas personas que, estando de alta en este sistema antes de la entrada en vigor del estado de alarma, se encuentren en estas situaciones recogidas en el BOE:
- «Hayan dejado de prestar servicios, total o parcialmente, con carácter temporal, a fin de reducir el riesgo de contagio, por causas ajenas a su voluntad, en uno o varios domicilios con motivo de la crisis sanitaria del COVID-19».
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- Se haya extinguido su contrato de trabajo por causas ajenas a la voluntad de la persona trabajadora y esta extinción se debe a la crisis sanitaria del COVID-19.
¿Cuál es el plazo para solicitar la ayuda?
El plazo de presentación se ha abierto hoy mismo, 5 de mayo, y finalizará el último de vigencia de la medida, es decir, hasta un mes después del fin de la declaración del estado de alarma.
Para solicitarlo, tendrás que realizar un formulario disponible en la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). La solicitud, así mismo, deberá acompañarse de la declaración responsable firmada por la persona o personas empleadoras.
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