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Toma nota porque Hacienda va a pillar: no hagas esto en tu casa

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Agencia Tributaria
Blanca Espada

El dinero en efectivo es un medio de pago que cada vez se utiliza menos en España, debido al auge de las nuevas tecnologías y la pandemia, que han favorecido el uso de tarjetas, transferencias o aplicaciones móviles. Sin embargo, todavía hay muchas personas que prefieren guardar dinero en metálico en sus hogares, ya sea por precaución, desconfianza o costumbre. Sin embargo debes tener mucho cuidado con el dinero que guardas en casa ya que podría buscarte algún «problema» con Hacienda.

Hacienda te puede pillar si tienes esto en casa

Con el fin de evitar los fraudes económicos y delitos como el desfalco, el blanqueamiento del narcotráfico o la venta de armas, la Agencia Tributaria no duda a la hora de controlar la cantidad dinero en efectivo que por ejemplo ingresamos en el banco, pero también la que podemos llegar a tener guardada en casa.

Aunque siempre se aconseja guardar los ahorros en el banco, son muchas las personas que durante años guardan dinero «bajo el colchón», por si les surge algún tipo de imprevisto. Algo que en ningún caso, supone una ilegalidad ni que se deban pagar más impuestos, pero debemos tener en cuenta también que Hacienda fiscaliza cualquier operación que se hace con dinero en efecto y por tanto se deben cumplir una serie de requisitos.

En concreto, el artículo 93 de la Ley General Tributaria explica que los bancos tienen la obligación de a aportar a la Administración tributaria todo tipo de «datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas».

En este sentido, los bancos deben comunicar a la Agencia Tributaria cualquier movimiento bancario que implique retirar o ingresar más de 3.000 euros, así como aquellas operaciones en las que se haya utilizado un billete de 500 euros. Entre los movimientos que pueden hacer saltar la alarma están los de la propia cuenta corriente, los depósitos, los créditos así como el resto de operaciones activas  y pasivas.

El máximo es de 100.000 euros

Y por otro lado, a partir de lo que se establece en la Ley 10/2010, de 28 de abril, también debemos tener en cuenta que existe un límite de capital que cualquiera de nosotros puede «mover por el territorio nacional», y como ya hemos mencionado, para prevenir por ejemplo delitos como el blanqueo de capitales o también, la financiación del terrorismo.

A partir de ello entonces, el máximo de efectivo que podemos mover por el territorio nacional se establece en 100.000 euros, de modo que esta sería la cantidad máxima que «podemos» tener en casa, dado que en el caso de tener que moverla, estaríamos todavía dentro de la ley y en el caso de superar esa cantidad, sería algo por lo que la Agencia Tributaria podría pedirnos explicaciones.

Así puedes evitar problemas por tener dinero en casa

Pero si no quieres tener ningún problema, con respecto al dinero que guardas en casa, el consejo de Hacienda es que hagas siempre la declaración de la Renta en cuyo borrador, incluyas también el dinero efectivo que tienes en casa, aclarando además el origen del mismo y con ello que se le pueda  aplicar la carga impositiva adecuada.

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