Los sabios de la reforma fiscal rechazaron poner IVA a la sanidad y la educación privadas como pide Díaz

Gravar los seguros privados dispararía el coste y el atasco de la sanidad pública

Pedro Sánchez, Yolanda Díaz, IVA
Pedro Sánchez y Yolanda Díaz.
Eduardo Segovia
  • Eduardo Segovia
  • Corresponsal de banca y empresas. Doctor y Master en Información Económica. Pasó por El Confidencial y dirigió Bolsamanía. Autor de ‘De los Borbones a los Botines’.

Yolanda Díaz sorprendió en el debate de investidura al plantear a Pedro Sánchez gravar con IVA a la sanidad y la educación privadas. Sin embargo, esta es una medida que rechazó el comité de expertos que asesoró al Gobierno para la reforma fiscal en 2022, por las consecuencias negativas que tendría. La principal, el mayor coste y atasco que sufriría la sanidad pública. Además, esta exención es una medida de la UE, por lo que eliminarla chocaría con Bruselas.

«Nosotros no compartimos, hablando de IVA, que la sanidad privada y la educación privada tributen al 0%. Está muy bien que algunos ciudadanos acudan a los servicios privados, pero no puede sufragarse con los impuestos”, espetó la líder de Sumar a Sánchez desde la tribuna del Congreso.

El sector de los seguros sanitarios considera que la propuesta de Yolanda Díaz es puramente populista para buscar votos con el argumento manido de que «paguen más los ricos» y que no tiene en cuenta las consecuencias que podría desencadenar. Pero los que sí analizaron estas consecuencias fueron los expertos a los que Sánchez encargó un análisis de las posibles reformas que puede acometer en materia fiscal.

Así, el Libro blanco sobre la reforma tributaria sostiene que «en contra de la eliminación de la exención cabe aducir, primero y fundamentalmente, que el gravamen pleno de esas actividades alteraría la competencia entre los sectores público y privado en la prestación de esos servicios.»

Mayor coste de la sanidad pública

«En segundo lugar, no parece sencillo delimitar qué operaciones deberían quedar excluidas de la exención y cuáles no. En tercer lugar, el Comité entiende que, aunque se suprimiera la exención con carácter general para los servicios de sanidad y educación, todavía debería mantenerse para la prestación de aquellos servicios provistos de manera casi exclusiva por el sector privado, sin alternativa, por tanto, de provisión pública, como la atención dental o, todavía, el primer ciclo de educación infantil».

Pero el argumento más relevante en contra de gravar con IVA estos servicios es «tanto la pérdida recaudatoria como el coste derivado del desplazamiento de parte de los usuarios al sector público como consecuencia del probable incremento del precio de esos servicios provistos por el sector privado. La magnitud de este efecto dependerá de la elasticidad de la demanda de estos servicios ante aumentos en su precio».

El concepto elasticidad implica la cantidad de personas que dejarían de pagar un seguro privado ante el aumento de su precio, algo que depende también de la cuantía de dicho incremento; en el caso de ponerle IVA, éste sería del 21% (salvo que se aplicara el tipo reducido o superreducido).

Medida europea

Además, el Libro blanco advierte de que, «al tratarse de exenciones obligatorias de acuerdo con la Directiva del IVA, esa recomendación debería ser de impulso de un cambio normativo en la UE. De acuerdo con la AIReF (2020), la exención de estos servicios se aplica de manera casi unánime en los países de la Zona Euro».

Es decir, la exención del IVA está en la normativa europea y, por tanto, la aplican todos los países miembros, por lo que España no puede imponer este impuesto a la sanidad y educación privadas por su cuenta, sino que tendría que promover un cambio de esta directiva para toda la UE. Algo que se antoja impracticable.

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