TIENEN QUE PAGAR ANTES DE 2025

Paralizados los pagos de Hacienda a mutualistas: así puedes mirar si te van a pagar

Hacienda se tiene que poner al día con los mutualistas que cotizaron de más en su día

Hacienda mutualistas
Una persona hace la declaración de la renta. (EP)
Pedro Antolinos

Los mutualistas que aún no han recibido la devolución de Hacienda por lo cotizado de más en su día siguen esperando su ingreso. La Agencia Tributaria se ha puesto en los últimos meses al día con cientos de miles de jubilados que en su día cotizaron de más por mutualidades laborales y a los que el Tribunal Supremo dio la razón a una sentencia histórica. Muchos de los perjudicados siguen esperando que desde la Administración se pongan al día. Todo hace indicar que tendrán su dinero a final de año… y en caso omiso tendrán que cobrar ciertos intereses.

La historia es de sobra conocida por la gran relevancia que tuvo el año pasado a nivel informativo. No es para menos debido al gran número de personas que Hacienda tendrá que indemnizar por un error cometido en su día que ahora generará un gran vacío a las arcas públicas. En total son 4,5 millones los contribuyentes que en su día cotizaron de más por un fallo de la Agencia Tributaria y que ahora tendrán que recibir una cantidad de alrededor de 4.000 euros.

Todo viene en relación a una denuncia impuesta por un jubilado de la Mutua Laboral de la Banca y al que el Tribunal Supremo dio la razón. De esta manera, el Alto Tribunal dictó una sentencia histórica, la STS 255/2023, REC. CASACIÓN 5335/2021 del 28 de febrero, que reconoce el derecho de una reducción del 100% por lo cotizado de más en el 31 de diciembre de 1966 y del 25% a los que lo hicieron de forma completa entre el el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. Así que todas las personas que aportaron de más a la mutualidad durante estos años han tenido y tienen que ser recompensados.

Y lo más importante es que esto no atañe sólo a la mutualidad laboral de la banca, si no que engloba a otros sectores como puede ser la construcción, siderurgia, eléctricas o  los funcionarios públicos entre otros muchos grupos. Sólo no podrán disponer de este ingreso los que que cotizaron por clases pasivas, lo que recibieron una pensión no contributiva, de viudedad o los trabajadores autónomos.

El plazo de Hacienda a los mutualistas

También hay que tener en cuenta que los beneficiarios podrán hacer la reclamación correspondiente a 2019, 2020, 2021 y 2022, que son los años que aún no han prescrito. Por ello, el pasado mes de marzo la Agencia Tributaria habilitó un canal a través de su páginas web oficial para que los beneficiarios pudieran realizar un reclamación a través de un formulario al hilo de la campaña de la declaración de la renta.

«La AEAT está trabajando de forma coordinada con la Seguridad Social, y otros organismos, al objeto de atender las solicitudes de devolución para mutualistas (D T 2ª LIRPF) a la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos», comenzó diciendo la Agencia Tributaria en un comunicado en el que se habilitó «un sencillo formulario que permita canalizar todas las solicitudes para su resolución a partir de la información de la que dispone la Agencia, así como de la información sobre la vida laboral de los solicitantes que la AEAT recaba de la Seguridad Social y otros organismos».

Después de rellenar ese formulario, en el que no es necesario aportar ningún tipo de documentación si no que simplemente hay que añadir el número de cuenta al que irá la cantidad, los beneficiarios han ido recibiendo en los últimos meses cantidades que suelen rondar los 4.000 euros. Otros mutualistas que cotizaron de más en su día aún no han recibido la indemnización correspondiente y para conocer el estado de su solicitud tienen que acudir al apartado «consulta de formularios presentados» en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello se tendrán que identificar con Cl@ve, certificado o DNI-e o número de referencia.

¿Cuándo pagará Hacienda?

Como suele ocurrir con la campaña de la declaración de la renta, Hacienda se suele poner un plazo de seis meses para proceder a las devoluciones de los contribuyentes que estén a la espera de un ingreso. En caso de pasar el mes de diciembre y no ajustar cuentas con los ciudadanos, desde la Administración tendrán que pagar unos intereses de demora que suelen rondar el 4%. Así que los mutualistas beneficiarios podrán incluso recibir una cantidad mayor de la esperada.

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