PENSIONES

Es oficial: el Supremo reconoce una indemnización de 1.800 € a autónomos y pensionistas por el complemento de la Seguridad Social

Los jubilados a los que se les denegó el complemento de maternidad o brecha de género tendrán que recibir una indemnización de hasta 1.800 euros

compensación Seguridad Social
(Foto: Freepik)
Pedro Antolinos

El Tribunal Supremo ha fallado a favor de que los jubilados a los que en su día se les denegó el complemento de maternidad o de brecha de género tendrán que recibir una indemnización de hasta 1.800 euros por parte de la Seguridad Social. Este derecho a la indemnización nace en el momento en el que estos pensionistas se vieron obligados a demandar a la Administración para reclamar lo que les correspondía. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre esta compensación de la Seguridad Social para los jubilados.

El derecho a la antigua pensión de maternidad, ahora llamado complemento para la reducción de la brecha de género, es algo que lleva trayendo cola desde que hace unos años el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea declara que los padres que habrían frenado su carrera laboral para estar al cuidado de los hijos también tenían derecho a recibir esta ayuda. Por ello, el TJUE declaró en su día discriminatoria esta restricción y obligó a la Seguridad Social a ponerse al día con los jubilados que cumplían con los requisitos.

Ahora, el Tribunal Supremo también ha dejado claro que los jubilados tendrán que recibir una compensación de hasta 1.800 euros por parte de la Seguridad Social solo por el hecho de haber impuesto una demanda ante la Administración. Según esta sentencia, sólo el hecho de haberse visto forzados a interponer esta demanda ya genera un derecho a indemnización. Todo ello tiene que ver con un motivo: la Seguridad Social tardó en reaccionar en su día y esto obligó a muchos pensionistas a poner una demanda.

Los jubilados y el complemento de la Seguridad Social

El Alto Tribunal ha informado ahora que las personas que en su día tuvieron que llevar a cabo esta demanda, independientemente del resultado del juicio o de que después recibieran la prestación, tendrán que recibir una indemnización de hasta 1.800 euros por parte de la Seguridad Social. Los jubilados que estén en esta situación deben saber que esto prescribe a los cuatro años y que el requisito clave para pedir este dinero es haber puesto en su día una demanda judicial para recibir la pensión de maternidad o complemento de brecha de género.

Estas batallas judiciales vienen por el ahora llamado complemento para la reducción de la brecha de género, que es una ayuda económica entregada por la Seguridad Social para compensar que el cuidado de los hijos ha tenido en la trayectoria laboral. La cuantía será de 36,90 euros por hijo (hasta un máximo de cuatro), que se sumarán mensualmente al montante final de la pensión de jubilación. Es decir, este complemento puede suponer hasta 147,60 euros al mes para los pensionistas que cumplan con los requisitos.

En caso de que los dos progenitores cumplan con los requisitos para acceder a esta ayuda, se entregará la pensión más baja. Así que estos son los requisitos para acceder al complemento para la reducción de la brecha de género en España en 2026:

  • Haber accedido a una pensión a partir del 4 de febrero de 2021.
  • No haber recibido el complemento por maternidad o para la reducción de la brecha de género con anterioridad.
  • Haber tenido al menos un hijo.
  • Que la cuantía de la pensión sea inferior a la del otro progenitor.

Las cuantías son las siguientes:

  • Un hijo: 36,90 euros al mes – 516,6 euros al año.
  • Dos hijos: 73,8 euros al mes – 1.033,2 euros al año.
  • Tres hijos: 110,7 euros al mes – 1.549 euros al año.
  • Cuatro o más hijos: 147,60 euros al mes – 2.066,4 euros al año.

Lo último en Economía

Últimas noticias