Mutualistas cargan contra Hacienda por suspender la devolución del IRPF: «Es torticero y miserable»
El Gobierno modifica la norma antes de Navidad y obliga a los mutualistas a solicitar de nuevo la devolución, ahora año a año
Los mutualistas -actuales pensionistas que cotizaron a las mutualidades entre 1967 y 1978 y que tienen derecho por sentencia a deducirse en el IRPF el 25% de las cantidades aportadas- han recibido con sorpresa e indignación la decisión de Hacienda de suspender la devolución que les corresponde por esa deducción, según una sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2023. «Es torticero y miserable lo que han hecho», señala Antonio Gómez, uno de los afectados. «Es un abuso de poder por su parte que genera indefensión, desconfianza e incertidumbre», añade otro afectado, que prefiere mantener el anonimato. La devolución supone unos 4.000 euros para cada mutualista.
Hacienda modificó el 20 de diciembre la norma que hasta ahora permitía a los mutualistas reclamar y recibir de una sola vez en el IRPF lo pagado de más en los cuatro años no prescritos, de 2019 a 2022. Hasta noviembre, el coste para Hacienda era ya de 1.300 millones de euros. El departamento de María Jesús Montero determinó el 20 de diciembre que quedaba «sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024».
Señalaba Hacienda que «quedarán sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas para la aplicación de la Disposición Transitoria 2ª de la LIRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, cuya devolución no se hubiera acordado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, y ello con independencia de la vía que se haya utilizado para presentar la solicitud de devolución».
Además, ahora Hacienda sólo permitirá reclamar a los mutualistas la devolución del IRPF año a año. «Las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos que resulten de la aplicación de la DT 2ª de la LIRPF se podrán solicitar año a año, a partir de 2025, mediante la presentación de los correspondientes formularios de solicitud de devolución que se pongan a disposición de los mutualistas en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria durante el plazo voluntario de presentación de la declaración del IRPF con el siguiente calendario:
- En 2025 se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y al de los anteriores no prescritos.
- En 2026, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2020.
- En 2027, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2021.
- En 2028, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2022″.
Un afectado señala a este diario que llueve sobre mojado ya que la devolución de lo pagado de más por los mutualistas se limita a cuatro años, de 2019 a 2022. Los años anteriores a 2019 no se pueden recuperar. «Imaginen una persona jubilada de, por ejemplo 85 años. Sólo puede reclamar cuatro años. En consecuencia le han quitado parte de su pensión desde los 65 a los 81 años. ¡16 años!», señala.
Además, señala este mutualista afectado, Hacienda puso a disposición de los pensionistas mutualistas durante el periodo de la renta de 2023 un formulario para solicitar las devoluciones conjuntas de 2019 a 2022. El plazo máximo para esa devolución vencía a los seis meses y, a partir de esa fecha, debería abonar intereses de demora. Esa era la promesa de Hacienda.
«Pues bien, ahora anuncian que «quedan sin efecto las solicitudes de devolución que no se hubieran aprobado antes del 22 de diciembre». Indican que se deberán volver a pedir las devoluciones, pero ya no los cuatro años juntos. Habrá que pedir en la renta de 2024 la devolución de 2019 y así hasta la renta 2027 que se pedirá la devolución de 2022. En definitiva, Hacienda no cumple sus compromisos», explica.
«No hablan para nada de los recargos e intereses de demora que deberían pagar por ese aplazamiento unilateral. Es un abuso de poder por su parte. Esta forma de proceder de Hacienda genera indefensión, desconfianza e incertidumbre. ¿Quién garantiza que Hacienda vaya a cumplir ahora? Está provocando un daño económico y emocional enorme a un colectivo especialmente vulnerable y de edad avanzada», señala.
Otro afectado, Antonio Gómez, explica que en febrero acudió a una oficina de Hacienda para hacer la solicitud de la devolución y un funcionario le recomendó que esperara porque la Agencia Tributaria iba a sacar un formulario más sencillo para recibir lo correspondiente a los cuatro años no prescritos. «Así lo hice y, efectivamente, salió ese formulario y lo rellené. En agosto entré en mi oficina virtual y vi que mi expediente estaba todavía pendiente. Y ahora me entero de que en diciembre lo han cambiado y no me van a pagar nada y que tengo que volver a solicitarlo año a año», explica Gómez.
«Pudiera deducirse que la ejecución de una sentencia firme del Tribunal Supremo está siendo sometida a una dilación inexplicable e injustificable. Se puede decir que de una manera torticera y miserable estarían vulnerando los derechos constitucionales de cientos de miles de jubilados, que las pretensiones de la ley 7/2024 de 20 de diciembre pudiera tener como finalidad una distinta para la que ha sido dictada, cuestión que plantea posibles vulneraciones de derechos del Título 1º de la Constitución y además pudieran estar socavando la independencia y credibilidad del Poder Judicial», añade Gómez.