La CNMV infiltra falsos clientes en los bancos para vigilar la formación de los empleados

Tesoro-Cataluña
Banco de España. (Foto: Getty)
Borja Jiménez

Los casi 200.000 empleados de banca ya tienen todos los detalles sobre la formación que tendrán que llevar a cabo para vender productos en las sucursales. La CNMV, con cierto retraso, ha publicado finalmente la guía que tendrán que seguir los comerciales de los bancos a partir del próximo mes de enero de 2018. Para vigilar que se saben ‘la lección’, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ya ha advertido de que pondrán mystery shopperses decir, que infiltrarán examinadores entre los clientes del sector para evaluar a los empleados de la banca.

Si los empleados no cumplen con las exigencias, sometidas a consulta pública hasta el 10 de mayo, no podrán ni asesorar ni informar a sus clientes, lo que podría propiciar el despido del mismo. La norma es consecuencia directa de la entrada en vigor de la directiva europea Mifid II para que «los pequeños inversores estén más protegidos y los mercados funcionen mejor».

El examen externo, el gran miedo

El gran miedo que llevaban consigo los empleados del sector era el examen externo, que finalmente será opcional. Según ha avanzado la CNMV, cada banco podrá acreditar los conocimientos de sus empleados a través de cursos y evaluaciones internas. Sin embargo, cuando esto suceda la responsabilidad final recaerá en el consejo de administración o en el comité de cumplimiento normativo de la entidad.

Tanto es así que el regulador bursátil se reserva la posibilidad de “realizar pruebas sobre los conocimientos del personal relevante”. Según ha podido saber OKDIARIO, la CNMV se refiere con esto a que se guardan la posibilidad de mandar a ‘clientes misteriosos’ que, disfrazados de cliente habitual, pondrá a prueba a los empleados del sector.

El número mínimo de horas de formación será de 80 para el personal que ofrezca información y de 150 para el que asesore. Aunque, según informó la CNMV, la entidad podrá establecer un número de horas inferior.

El regulador bursátil tendrá que elaborar, por su parte, una lista de certificadores. Éstas supondrán la máxima confianza de que las plantillas saben todo lo necesario para realizar con plenas garantías sus cometidos.

De este modo, finalmente no se exigirá al empleado de banca tener un título externo, algo que podría haber invalidado la capacidad de trabajar de un elevado porcentaje de la actual red de ventas de la banca española.

Además de demostrar la formación, de manera interna por la entidad o con un título externo, la CNMV exige una experiencia de seis meses en la prestación de esos servicios. Así, los trabajadores tendrán un plazo para formarse de cuatro años como mucho.

El CEO de Feelcapital, Antonio Banda, habla sobre la revolución que supondrá la entrada en vigor del MiFID II para los fondos: “El Ministerio de Economía decidió activar el proceso de MiFID II. Para ello ha abierto las consultas y preguntas a los participantes en el mercado sobre qué harían o qué cambiarían de esta ley que hay que transponer antes del 3 de junio”.

MiFid II va a suponer el gran cambio para la banca y los fondos porque exige claramente que se informe a los clientes de cuánto tienen que pagar o cuánto les cobra el banco por sus servicios de asesoramientno, gestión, custodia o depósito. Todos estos servicios tienen un precio y hasta ahora, la mayoría de clientes españoles lo desconocen. Claramente MiFID II va a ser el gran impulso del cambio en el mundo de los fondos en España”, concluye Banda.

 

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