El BOE lo confirma: adiós a las galletas de siempre como las conocías hasta ahora en España
El Gobierno también ha introducido cambios con respecto a las galletas en España
El Gobierno aprobó el pasado 24 de febrero un nuevo real decreto que modificó diversas disposiciones reglamentarias en materia de calidad alimentaria para adaptar la normativa a la innovación tecnológica y a las nuevas demandas del consumidor. Todo ello con el objetivo de ofrecer a los consumidores una información más clara sobre la composición de los alimentos e incorporar avances en procesos y productos. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre cómo cambia esta norma en la elaboración de las clásicas galletas.
Todo ello está recogido en el Real Decreto 142/2026, de 25 de febrero, por el que se modifican y derogan determinadas disposiciones en materia alimentaria. Siguiendo con las directrices de la Unión Europea, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha introducido algunos cambios que van desde ofrecer una información más clara sobre el etiquetado de la composición de los productos hasta la eliminación de azúcar, sal o grasas trans de las tradicionales galletas de toda la vida.
Esta nueva norma llega para que el consumidor no sea engañado y, como indica la Unión Europea, para hacer que los productos sean más saludables para los consumidores. «Entre las principales novedades destaca la inclusión del pan sin gluten dentro de los productos regulados por la norma de calidad del pan, en la que hasta ahora no estaba contemplado», informó el Gobierno en un comunicado en el que informó que a partir de ahora «se habilita a que productos no elaborados con harina puedan denominarse pan, siempre que cumplan los demás requisitos establecidos en la norma de calidad de este producto básico».
El Gobierno también ha introducido novedades en productos como las aceitunas de mesa, cuyo etiquetado tendrá que informar de los ingredientes del relleno, o el jamón de pavo, que ya se reconoce como denominación consagrada por el uso. También informó en un comunicado que «en un mercado cada vez más orientado a la salud, la transparencia y la innovación», también llegan cambios en otros productos tan cotidianos como las clásicas galletas que siempre han formado parte del desayuno de los españoles.
El BOE y el cambio con las galletas
A partir de ahora, en lo que respecta a las galletas, «se elimina el límite máximo de cenizas para facilitar las nuevas formulaciones con integrales, fibras y otros ingredientes innovadores». Esto quiere decir que a partir de ahora estas galletas se podrán incorporar libremente harinas de espelta, centeno, avena u otros elementos ricos en fibra y minerales sin que cambie la denominación de origen del producto.
Todo ello con el objetivo de reducir la cantidad de sal, azúcar y eliminar las grasas trans de estos productos estrella en las despensas españolas. Las empresas que comercialicen este producto también estarán obligadas a añadir en el envoltorio un semáforo nutricional de la A a la E. En un futuro también se prevé la eliminación de dibujos en los envases que puedan animar al consumo de los más pequeños, que a partir de ahora se podrían encontrar con un producto algo menos dulce.
En el Real Decreto 142/2026, de 25 de febrero, también se informa sobre la «Modificación de la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración, Fabricación, Circulación y Comercio de Galletas, aprobada por el Real Decreto 1124/1982, de 30 de abril».
Según se puede leer en el BOE, la humedad no excederá de las cifras señaladas para cada tipo de elaboraciones:
- Galletas simples: 6% de humedad.
- Bizcochos: 10% de humedad.
- Galletas cubiertas o rellenas: 10% de humedad.
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