Aviso del Gobierno a los que pagan alquiler en 2023: tiene noticias para ti
Los precios de los alquileres están por las nubes en España, con constantes subidas que hicieron que el Gobierno implementara una serie de medidas para aliviar las cuotas. Te contamos cuál es el aviso del Gobierno para quienes pagan un alquiler en 2023, noticias muy interesantes que necesitas conocer… ¡toma nota!.
Entre las iniciativas del Gobierno se estableció un límite del 2% en las revisiones de contratos de alquiler hasta fin de este año 2023. Además, los contratos que finalizaban antes del 30 de junio podían renovarse por otros 6 meses más si el inquilino así lo deseaba, con la excepción de que el propietario necesitara el inmueble para su uso personal o de su familia.
Ayudas para el alquiler en España
Las diferentes comunidades autónomas son actualmente las responsables de administras las subvenciones que el Gobierno ofrece para el alquiler, ayudas para inquilinos con bajos ingresos y una cuota de alquiler máxima de 600 euros. Para poder acceder a estas ayudas para el alquiler es imprescindible cumplir con ciertos requisitos, como en cualquier otro tipo de ayuda.
El Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 ofrece ayudas al alquiler únicamente para viviendas habituales y permanentes, no para segundas viviendas. Los inquilinos con ingresos anuales de hasta 3 veces el IPREM pueden optar a conseguir esta ayuda, mientras que en el caso de personas con discapacidad y familias numerosas pueden tener hasta 4 veces el IPREM. Las familias numerosas especiales y las personas con discapacidades graves pueden llegar hasta ingresos de 5 veces el IPREM para solicitar esta ayuda.
Para solicitar esta ayuda en tu comunidad autónoma es imprescindible que cumplas también con estos requisitos:
- Ser persona física.
- Ser mayor de edad.
- Tener nacionalidad española o de alguno de los países miembros de la Unión Europea, siendo posible también que sea del Espacio Económico Europeo (Suiza) o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación, o extranjera con residencia legal en España, que sea titular de un contrato de arrendamiento.
- Que la vivienda o habitación arrendada o cedida constituya la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria o cesionaria. La vivienda o habitación constituirá domicilio habitual y permanente durante todo el periodo por el que se conceda la ayuda.
- Estar al corriente del pago mensual de la renta del alquiler.
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