El SEPE lanza un aviso a todos los que cobran el paro en noviembre: comprueba tu cuenta bancaria porque puede haber cambios
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Quienes estén cobrando una prestación o un subsidio por desempleo durante este mes de noviembre deben prestar atención a su cuenta bancaria y también a los datos que constan en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El organismo abona sus prestaciones mediante transferencia y exige que la cuenta indicada pertenezca al propio beneficiario, algo especialmente importante si recientemente se ha cambiado de banco o se ha modificado el IBAN.
El calendario también puede generar dudas entre quienes esperan el ingreso. El SEPE establece con carácter general el día 10 de cada mes para el pago de las prestaciones y, cuando esa fecha coincide con un festivo, el abono se traslada al primer día hábil siguiente. A ello se tienen que sumar las condiciones particulares de cada subsidio, ya que determinados cambios en las rentas, la situación familiar o los datos bancarios deben comunicarse para evitar problemas posteriores con el cobro.
El SEPE lanza un aviso a todos los que cobran el paro en noviembre
El SEPE señala que la nómina de prestaciones se abona el día 10 de cada mes. Esto no impide que algunas entidades financieras adelanten el ingreso por decisión propia, algo que durante años ha provocado que muchos beneficiarios esperen cobrar antes de la fecha oficial. Ese adelanto, sin embargo, no depende del organismo público y puede variar de un banco a otro.
Por ello, si el dinero no aparece en la cuenta en los primeros días del mes no significa necesariamente que exista una incidencia. La referencia que ofrece el SEPE sigue siendo el día 10 y, si este fuese festivo, el primer día hábil posterior. La propia nómina puede consultarse además desde el Área Personal del organismo mediante DNI electrónico, certificado digital, Cl@ve permanente o el sistema habilitado de identificación por teléfono. También conviene comprobar que la cuenta bancaria registrada continúa operativa. El pago se realiza mediante abono en la entidad financiera indicada y el beneficiario debe figurar como titular. Si se ha cambiado de banco, el nuevo IBAN debe comunicarse al SEPE para que las siguientes mensualidades lleguen a la cuenta correcta.
El límite de rentas que puede afectar al subsidio
Otro de los datos que conviene vigilar tiene que ver con los ingresos. En 2026, el Salario Mínimo Interprofesional está fijado en 1.221 euros mensuales y el requisito general de carencia de rentas para determinados subsidios se sitúa en el 75% del SMI, sin contar la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Esto deja el límite en 915,75 euros mensuales.
No todas las prestaciones funcionan igual ni cualquier ingreso provoca automáticamente la pérdida definitiva del subsidio. Cuando se supera el límite durante menos de doce meses, el derecho puede suspenderse y posteriormente reanudarse si vuelven a cumplirse los requisitos. Si la situación se prolonga durante doce meses, entonces puede producirse su extinción. El beneficiario está obligado a comunicar estos cambios al SEPE. Además, cuando el subsidio se reconoce por responsabilidades familiares, no se mira únicamente lo que gana una persona, sino que se calcula la suma de las rentas de la unidad familiar y se divide entre el número de integrantes, y el resultado tampoco puede superar ese 75% del SMI.
El subsidio al que se puede acceder con 90 días cotizados
Por otro lado, la reforma de los subsidios ha amplicado el acceso a quienes habían trabajado menos tiempo y no habían alcanzado los 360 días necesarios para generar una prestación contributiva. Actualmente puede solicitarse el subsidio por cotizaciones insuficientes cuando se hayan cotizado al menos 90 días y se cumpla el resto de requisitos exigidos.
La cuantía tampoco es siempre de 480 euros. Durante los primeros 180 días se cobra el 95% del IPREM, que actualmente son 570 euros mensuales. Entre los días 181 y 360 baja al 90%, es decir, 540 euros, y a partir del día 361 se sitúa en el 80%, equivalente a 480 euros. Este subsidio se reconoce por periodos trimestrales y debe solicitarse su prórroga cuando corresponda. En ese momento vuelve a comprobarse el cumplimiento del requisito de rentas, de modo que dejar pasar los plazos o no comunicar determinados cambios puede terminar afectando a los siguientes pagos.
Qué debes comprobar en tu cuenta bancaria
Quienes cobren el paro en noviembre deberían revisar principalmente tres cuestiones: que el IBAN comunicado al SEPE sea correcto, que continúen figurando como titulares de esa cuenta y que no se hayan producido cambios económicos o familiares que deban notificarse.
Si se quiere modificar el banco donde se recibe la prestación, el trámite puede realizarse en la sede electrónica o en el Área Personal del SEPE con identificación electrónica. También existe la posibilidad de hacerlo por teléfono en determinados supuestos o presencialmente mediante cita previa. Y si el ingreso no aparece antes del día 10, conviene recordar que los adelantos que ofrecen algunas entidades no forman parte del calendario oficial. El SEPE fija esa fecha como referencia para el abono mensual y cualquier pago anterior depende del banco.