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La pensión de orfandad sube en 2025 y esto es lo que cobrarás según tu situación

La pensión de orfandad sube en 2025 y esto es lo que cobrarás según tu situación
Gemma Meca
  • Gemma Meca
  • Licenciada en Historia, máster en Periodismo y Comunicación Digital. Redactora en Ok Diario. Cuento historias, soy amante de los astros, sigo a la luna, los TT de Twitter y las tendencias en moda. Experta en noticias de consumo, lifestyle, recetas y Lotería de Navidad.

Este 2025 sube la pensión de orfandad, una de las más necesarias que se dicta por una norma diferente. La Seguridad Social es la encargada de asignar estas pensiones de aquellos trabajadores que han fallecido dejando a cargo de un solo progenitor a sus hijos. Una situación que requerir medidas extraordinarias para conseguir que esos pequeños puedan conseguir tener una vida plena, sin que tengan que depender de una serie de elementos que parece que van de la mano.

Dependiendo de la situación de la persona que recibe esta pensión, deberá tener en consideración un importe u otro. Como todo ha subido en estos últimos tiempos, la vida puede acabar siendo un poco más difícil de lo establecido. Estamos ante una serie de elementos que pueden acabar de darnos un pequeño respiro en estos días que tenemos por delante y que pueden convertirse en una realidad. Estaremos a merced de un cambio de tendencia que puede convertirse en una realidad destacada en breve, una subida de este tipo de pensión que acabará siendo una de las más necesarias en tiempos de crisis.

La pensión de orfandad sube en 2025

La realidad es que este tipo de pensiones que tenemos por delante pueden acabar de ayudarnos a sobrevivir en tiempos de crisis. Sin duda alguna, habrá llegado el momento de estar pendientes de cualquier subida que nos afectará de lleno y puede acabar marcando una diferencia importante.

Este año hemos vivido muchas subidas y lo hemos hecho de tal forma que deberemos estar preparados para afrontar determinadas situaciones que quizás hasta ahora no sabíamos que podríamos tener por delante. Con un cambio que puede ser el que nos marcará de cerca.

Cada euro cuenta y en especial cuando estamos ante una novedad que nos puede hacer estar muy pendientes de determinados cambios de tendencia que quizás hasta ahora no pensábamos. Es hora de saber qué es lo que puede pasar en estas jornadas en las que realmente las principales subidas a las que nos enfrentamos pueden acabar siendo esenciales.

La de orfandad es una de esas pensiones que se necesitan más y pueden acabar generando más de una reclamación. En esta recta final del año, podremos conseguir que las cuentas empiecen a cuadrar con una espera subida de este tipo de pensión que acaba siendo esencial para muchas familias que no lo están pasando nada bien.

Esto es lo que cobrarás según tu situación

Según tu situación vas a cobrar una cantidad de dinero que quizás hasta ahora no esperarías obtener. Son tiempos de tener en nuestro poder un dinero que es imprescindible que tengamos en nuestro poder. Este tipo de pensión es una de la que sufrirá las consecuencias de estas novedades.

Los expertos Capmany abogados nos dan con una serie de requisitos que deben cumplir aquellas personas que accedan a la prestación de orfandad:

Ser hijos, naturales o adoptados, del causante. Los acogidos no tienen derecho a la pensión de orfandad si fallecen sus acogedores.

O hijos del cónyuge sobreviviente que hubieran convivido un mínimo de dos años con el matrimonio. Y que estuvieran a su cargo sin tener derecho a otra pensión de la Seguridad Social ni a apoyo económico de la otra rama de la familia.

Tener menos de 21 años o, en su lugar, estar “incapacitado para el trabajo en un porcentaje valorado en un grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez” en la fecha del deceso. Esto no quiere decir que haga falta que sean pensionistas de incapacidad como tal para que se les conceda la orfandad con 21 años o más. En realidad, esta afirmación (en este contexto preciso) significa poseer un certificado de discapacidad del 65% y no poder trabajar más que en empleos marginales, en talleres ocupacionales u otros similares. Por tanto, no es condición necesaria una declaración administrativa o judicial de incapacidad permanente, sino que “la apreciación de la incapacidad para el trabajo puede y debe realizarse en el propio expediente de la prestación de orfandad”. Por ejemplo, esta calificación especial de ‘incapacidad para el trabajo’ la puede obtener un huérfano con trastorno esquizoide, con limitación intelectual o con obesidad mórbida -ejemplos reales que hemos extraído de la jurisprudencia-.

Si el descendiente ya ha cumplido los 21 años pero no ha alcanzado los 25 años, también podrá cobrar la orfandad durante los periodos de desempleo (o si trabajando recibe unos ingresos anuales más bajos que el SMI). Y si en vez de estar ya en el mercado laboral aún estudia, se le mantendrá la orfandad hasta que comience su siguiente curso académico

Los mismos expertos nos hacen un importante cálculo el que cobrará la persona beneficiaria de este tipo de pensión de ofandad:

Si ya has calculado la base reguladora de referencia, ahora solo queda ver cuál es la cuantía exacta de tu pensión. Y esto se consigue aplicando un 20%, como norma general. Es decir, si hemos resuelto que la base reguladora es de 1.500 €, la pensión de orfandad del hijo o hija del fallecido será de 300 €. Restándole un 80% al total.

Sin embargo, a esa mensualidad se añadirá una pequeña indemnización -equivalente a un mes de la base reguladora íntegra- si el fallecimiento ocurrió por un accidente laboral o una enfermedad profesional. En la muestra anterior, habría una indemnización inicial de 1.500 € y, después, 300 € cada mes.

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