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Cómo moverse en coche durante el nuevo confinamiento por el Covid-19

Para moverse en coche por cualquiera de los municipios confinados en esta segunda ola de Covid-19, es necesario llevar un documento o justificante.

coche confinamiento
Todas las pautas para moverse en coche en los municipios de nuevo confinados

La emergencia sanitaria por el Covid-19 sigue vigente y lejos de desaparecer. Tanto es así que la nueva ola en la que llevamos semanas ha llevado al confinamiento de varios municipios siendo quizás Madrid, la comunidad más afectada. De este modo y al margen de las discrepancias entre los gobiernos central y regional, son muchas las zonas de Madrid que han sido restringidas de modo que queremos explicaros cómo nos vamos a poder mover en coche durante el nuevo confinamiento.

Cómo moverse en coche durante el nuevo confinamiento por el Covid-19

El Estado de Alarma del pasado mes de Marzo obligó a un confinamiento de toda la población, a excepción de aquellas personas que tenían trabajos esenciales. En esta ocasión, las restricciones no son tan estrictas, pero lo cierto es que son muchos los ciudadanos que van a ver limitados sus movimientos especialmente en coche. De hecho para cualquier desplazamiento en aquellos municipios o localidades donde no se cumplan los mismos requisitos impuestos por el ministerio de Sanidad, está prohibido salir o entrar mientras no mejoren las condiciones sanitarias.

Lo primero que tenemos que saber al respecto de la movilidad, especialmente en coche, durante este segundo confinamiento, es que está prohibido entrar o salir de los municipios que presenten más de 500 casos por cada 100.000 habitantes, existiendo excepciones de causa mayor como motivos médicos o laborales. De este modo, Madrid capital es una de las más afectadas por el cierre, al tener una incidencia de 777 casos de coronavirus por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días, junto a Fuenlabrada (1.166), Parla (1.156), Alcobendas (979), Torrejón de Ardoz (795), Getafe (773), Alcorcón (753), Leganés (725), Móstoles (629) y Alcalá de Henares (526).

Todas aquellas personas que vivan en uno de estos municipios, tendrán que llevar consigo un justificante o documento en el que se acredite el motivo para su desplazamiento, como por ejemplo un justificante laboral de empresa, un documento que acredite una cita médica o también la matrícula para la universidad, o el centro en el que se esté estudiando. En cuanto a la población en general, se recomienda que permanezcan en casa, aunque está permitido como no, ir a la compra, pasear y hacer actividades al aire libre.

Excepciones a las entradas y salidas de los municipios confinados

Sabemos entonces que están prohibida la entrada y salida de los municipios confinados, salvo el hecho de llevar el justificante antes mencionado, pero además también existe algunas excepciones, como son la asistencia a centros sanitarios, los desplazamientos laborales (justificados), los desplazamientos a centros de estudio, el volver al lugar de residencia, o tener que ir a asistir o a cuidar a a personas mayores, menores y dependientes. Por otro lado, también se permite desplazarse a entidades financieras, para renovar documentaciones oficiales o realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

Eso sí, a la hora de movernos con el coche, será necesario llevar siempre ese justificante que de alguna manera sirva para avalar nuestra movilidad. Un justificante que nos van a pedir en cualquiera de los controles que se van a establecer en las carreteras, por parte de las  Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

En el caso de los trabajadores que deban desplazarse en coche y para que no hayan malentendidos o para que no tengas que «inventarte» el justificante en cuestión, puedes rellenar y llevar contigo el  documento, cuyo modelo está publicado en el BOE, en el que la empresa certifica que el desplazamiento en coche es necesario para realizar su actividad laboral diaria o también te puedes bajar el elaborado por Salud Madrid cuyo enlace tienes en este «tuit»:

En el caso de que tengas que ir a pasar la ITV del coche, debes solicitar una cita previa y será el resguardo de esa cita el que te va a servir como justificante si te paran y te piden que acredites tu movilidad.

Si se inclumpen las restricciones que se han anunciado, o no se justifica la movilidad, la persona se puede enfrentar a sanciones de 600 a 600.000 euros, o incluso penas de cárcel.

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