El Supremo condena a la dueña de Acyco por los ERE y absuelve a dos socialistas por doble enjuiciamiento
Penas de entre dos y cuatro años de cárcel para cinco acusados por una ayuda de 2,9 millones
Absueltos por "cosa juzgada" el ex consejero de Empleo Antonio Fernández y el ex director general de Trabajo Juan Márquez
El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a cinco acusados en una de las piezas separadas de la macrocausa de corrupción de los ERE, la de las ayudas ilegales a Acyco, y ha absuelto al ex consejero socialista de Empleo Antonio Fernández y al ex director general de Trabajo Juan Márquez por considerar su actuación «cosa juzgada» en el procedimiento principal.
La sentencia, fechada el 29 de noviembre y dada a conocer este lunes, afecta a la ayuda de 2,9 millones de euros que la Consejería de Empleo dio a la empresa Acyco (Aceitunas y Conservas), afincada en Dos Hermanas (Sevilla). En su fallo, el magistrado Juan Ramón Berdugo condena a cinco personas encabezadas por Encarnación Poto, ex presidenta del consejo de administración de la empresa, y al ex abogado de Garrigues José Miguel Caballero, que asesoró la gestión de las ayudas. Ambos ven confirmada la pena de cuatro años de prisión por acciones no afectadas por el borrado de los ERE del Tribunal Constitucional (TC).
El TS recalca en la sentencia que el sistema tejido por el Gobierno andaluz era «facilitador de conductas irregulares ajenas al interés público», pero sostiene que se amparaba en normas con rango de ley «cuya constitucionalidad no fue cuestionada».
El pasado mes de octubre el Supremo celebró la vista para escuchar a las defensas, a la Fiscalía y a las acusaciones sobre los efectos que podía tener en la pieza de Acyco el borrado de los ERE que el TC dictó el pasado verano.
La Fiscalía informó entonces de que el fallo del Constitucional sobre el caso ERE tiene una nula incidencia en esta pieza separada, si bien pidió absolver a los dos ex altos cargos de la Junta ya citados, puesto que se les ha sometido a un doble enjuiciamiento al haber sido juzgados ya en la pieza política en la que también están Manuel Chaves y José Antonio Griñán.
Por las ayudas a Acyco, la Audiencia de Sevilla condenó a siete años de prisión al ex consejero de Empleo Antonio Fernández por un delito continuado de prevaricación y un delito de falsedad en documento oficial en concurso con malversación de caudales públicos, pero ya había sido sentenciado a siete años, 11 meses y un día de cárcel en la pieza principal de los ERE, condena luego anulada por el TC, que ordenó a la Audiencia que dictase una nueva sentencia que rebaje considerablemente su pena, incorporando el nuevo criterio introducido por el Constitucional.
La Audiencia también condenó al ex director general de Trabajo Juan Márquez a cuatro años de prisión, pesando ya sobre él una pena de siete años de cárcel por la pieza política. El Supremo la rebajó a tres años y la corte de garantías no admitió su recurso.
Ahora el Supremo ha absuelto a los dos socialistas por concurrir en ambos el principio de cosa juzgada. Antonio Fernández, recordemos, fue concejal y parlamentario andaluz por el PSOE, mientras que Juan Márquez fue miembro del PSOE de Huelva.
Cinco condenados
En cambio, el TS condena a penas de entre dos y cuatro años de prisión a cinco acusados en la pieza Acyco por delitos de malversación, prevaricación y falsedad, por su responsabilidad en cuatro disposiciones de fondos que no quedan amparadas por las sentencias del Constitucional que resolvieron recursos de varios acusados en la pieza principal del caso.
Estos cinco condenados deberán además indemnizar solidariamente a la Junta de Andalucía en la cuantía de 743.158 euros.
En la sentencia, la Sala de lo Penal del Supremo analiza la incidencia de los pronunciamientos del TC sobre este asunto y señala que «es necesario partir de que aunque el sistema (…) era, cuando menos, discutible, imperfecto, deficiente, laxo, carente de condiciones, anómalo e incluso, objetivamente facilitador de conductas irregulares ajenas al interés público, (…) se amparaba en normas con rango de ley, cuya constitucionalidad no fue cuestionada».
Pero el TS precisa que en la pieza sobre Acyco hay cuatro ayudas que no están afectadas por las sentencias del Constitucional, como la inclusión entre los beneficiarios de dos personas que nunca habían pertenecido a la plantilla de Acyco, que se incluyeron exclusivamente por la relación personal que mantenían con el entonces director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero (ya fallecido), y que percibieron un total de 223.000 euros.
En segundo lugar cita la suscripción de una adenda para un supuesto adelanto efectuado por siete socios de Acyco para el pago de las pólizas de prejubilación, justificando su abono mediante una factura falsa que incluía pago de un IVA no soportado (243.600 euros).
También apunta a la inclusión en el ERE de Encarnación Poto, presidenta del consejo de administración de Acyco hasta marzo de 2011 y que percibió las prestaciones relativas a su prejubilación por ser asegurada y beneficiaria de dos pólizas, obteniendo un total de 276.505 euros, que compatibilizó con dietas por asistencia a los consejos.
En cuarto lugar cita la concesión de una ayuda que fue solicitada para mantener 144 puestos de trabajo, cuando en realidad, según sostiene la sentencia, se destinó al abono de la minuta del que era abogado del despacho Garrigues por su intervención en los ERE.
Por ello, el Supremo condena a Encarnación Poto a cuatro años de prisión como cooperadora necesaria de delitos de prevaricación y falsedad en documento oficial en concurso con malversación de caudales públicos. La misma pena se impone a José Miguel Caballero, el abogado del despacho Garrigues que asesoró las operaciones.
Por su parte, a dos representantes de la mediadora de seguros Vitalia, que participó en la suscripción de las pólizas, se les imponen tres años y nueve meses de prisión y dos años de cárcel respectivamente. Por último, condena a tres años y medio a Gabriel Barrero, quien fuera apoderado y director de recursos humanos de Acyco.