¿El pin parental?

¿El pin parental?

Los últimos días vienen marcados en España por la discusión acerca del veto parental a las actividades complementarias controvertidas en los centros educativos. Otro debate más que logra abrir Vox en este país, arrastrando al PP (que se venía conformando con perfeccionar la elección de centro) a sus posiciones. Para comprender el problema ante el cual nos encontramos, creo que vale la pena contar una anécdota:

Corrían los años cincuenta del pasado siglo, y un niño (luego fue Abogado, hoy fallecido, y que me relató su experiencia hace años) cursaba el bachillerato en el único centro educativo secundario entonces existente en su pueblo.  El padre de la criatura era muy crítico con la dictadura franquista. El niño recibía en el colegio “formación del espíritu nacional” de manera obligatoria. El profesor de dicha asignatura era además el jefecillo de “los flechas” (la OJE, sección infantil del movimiento), y como tal hacía en clase todo el proselitismo que podía, hasta lograr que todos sus alumnos se afiliasen a la organización juvenil falangista. Pero resultó que el padre de nuestra historia se negó, prohibió a su hijo acudir a las atractivas actividades de ocio de “los flechas”, y aquello se saldó con un suspenso en “formación del espíritu nacional”. Si la asistencia a la OJE hubiese sido curricular, aquel buen hombre habría estado muy feliz de poder imponer su veto.

Viniendo como venimos de una dictadura, lo normal sería que nuestros políticos promoviesen una educación que no pretendiese ser utilizada para infundir principios políticos. Y en caso de haber alguna asignatura o actividad que los tocase, sería lógico que se hubiese previsto ya hace años algún tipo de veto para que los padres pudiesen evitar la asistencia de sus hijos a las actividades que resultasen contradictorias con sus ideas (una voluntariedad como la que existe, por ejemplo, con la siempre cuestionada asignatura de religión). En lugar de eso, se ha desarrollado años y años (sin que nadie pidiese el pin) una educación que, por su labor sembradora de principios políticos, bien puede ser calificada de post-dictatorial. Con lo cual la cuestión de hasta dónde puede llegar el veto de los padres ha quedado cuarenta años en el tintero. Y así las cosas el debate del pin es conveniente y oportuno. Esperemos se salde con una Sentencia de las serias y solventes del Tribunal Constitucional, que continúe dibujando el contenido del derecho a la educación en nuestro sistema constitucional. Un derecho del que por cierto son titulares los padres, no sólo los niños (Art. 27.3 de la Constitución). Un derecho respecto al cual el propio TC dijo (Sentencia 5/1981) que la libertad de cátedra tiene como límite el adoctrinamiento y que este se produce cuando se establece una ciencia oficial. Un derecho que incluye, según el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sentencia Folguer contra Noruega y Zegin contra Turquía), la objeción de conciencia de los padres incluso respecto a materias curriculares.

Pero más allá de lo que dé de si el debate y como salde, no podemos olvidar que toda la vida existieron profesores y padres disidentes. Y que en muchos momentos y lugares de la historia (empezando por la España de Franco) fueron capaces de ganar la partida a poderosos sistemas totalitarios. El resultado de esta nueva etapa de “formación del espíritu nacional” dependerá, más allá de los pormenores jurídicos del derecho a la educación, de la determinación que muestren los disidentes frente a los nuevos contenidos educativos.

 

 

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