Giro en la incapacidad permanente: la lista oficial de enfermedades con la que podrás pedir la pensión
Un abogado explica en redes, la lista de enfermedades que genera la incapacidad permanente
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Las pensiones por incapacidad permanente son, para muchas personas, un salvavidas cuando la salud impide continuar con una vida laboral activa. Aunque solemos pensar en las pensiones únicamente como un derecho que llega con la jubilación, existen otras modalidades diseñadas para proteger a quienes, por motivos médicos, ya no pueden trabajar. Dentro de estas, la pensión por incapacidad permanente es una de las más relevantes, y también una de las que genera más dudas.
El acceso a este tipo de ayuda está regulado por la Seguridad Social, que evalúa caso por caso para determinar si procede o no concederla. No existe una lista oficial cerrada de enfermedades que garanticen el derecho a esta pensión, pero sí se conocen una serie de dolencias que, con frecuencia, permiten el acceso a esta prestación. El conocimiento de estas patologías puede ser crucial para muchas personas que no saben que podrían estar en situación de solicitarla. Recientemente, Andrés Millán, abogado especializado en derecho laboral y muy conocido por su presencia en redes sociales como @lawtips, ha compartido esa lista, en la que aparecen las enfermedades que suelen justificar una pensión por incapacidad permanente. Aunque no se trata de un listado oficial del Estado, sí recoge de forma clara las patologías que, por su gravedad o por el grado de limitación que generan, son habitualmente tenidas en cuenta por los tribunales y organismos evaluadores.
¿Cuáles son las enfermedades para pedir la incapacidad permanente?
Es importante entender que esta lista no garantiza automáticamente la concesión de una pensión, pero sirve como guía para identificar las enfermedades que podrían justificar una solicitud. De hecho, lo que se valora no es tanto el nombre de la dolencia como el impacto que tiene sobre la capacidad para trabajar. Aun así, existen condiciones médicas que, por su propia naturaleza, suelen tener un peso importante en estas valoraciones.
Uno de los grandes avances en este campo ha sido el reconocimiento de enfermedades mentales como causas suficientes para solicitar esta pensión. La depresión, la ansiedad, el trastorno bipolar o el estrés postraumático son algunas de las patologías que ya se consideran de forma habitual. Esto refleja el cambio social en torno a la salud mental, y la creciente comprensión de que estos problemas pueden ser tan incapacitantes como una dolencia física grave.
Enfermedades físicas crónicas y degenerativas
También hay un amplio grupo de enfermedades físicas, muchas de ellas crónicas o degenerativas, que entran en el radar de la incapacidad permanente. El cáncer, en cualquiera de sus variantes (mama, pulmón, recto, etc.), el Alzheimer, la esclerosis múltiple, el ictus o el infarto de miocardio son ejemplos claros. Estas enfermedades suelen implicar tratamientos largos, dolorosos, y en muchos casos, secuelas que impiden la reincorporación al trabajo, al menos en condiciones normales.
Otras enfermedades menos visibles, pero igualmente limitantes, como la fibromialgia, la fatiga crónica, la artritis reumatoide o la EPOC (enfermedad pulmonar obstructiva crónica), también están incluidas en este compendio no oficial. En todos los casos, el denominador común es que estas dolencias afectan directamente a la capacidad funcional del individuo, limitando su autonomía o su posibilidad de mantener un empleo estable.
Adicciones y síndromes menos conocidos
Otro aspecto relevante es la inclusión de adicciones dentro de este listado. El alcoholismo o la ludopatía (adicción al juego) están reconocidos como enfermedades desde hace años, y en función de su gravedad y el grado de deterioro personal que causen, pueden dar lugar a una incapacidad reconocida. Lo mismo ocurre con ciertos síndromes poco conocidos como el de Arnold Chiari, Lambert-Eaton o el síndrome de la cola de caballo, que afectan al sistema nervioso y pueden generar importantes limitaciones.
Aunque estos casos son menos comunes, no por ello deben ser ignorados. Su reconocimiento pone en evidencia la necesidad de una evaluación médica y legal individualizada, donde se estudien con detalle las circunstancias particulares del paciente.
Lista completa de enfermedades que pueden dar acceso a la pensión por incapacidad permanente
A continuación, te compartimos el listado que ha sido recopilado y difundido por el abogado Andrés Millán. Esta relación, aunque no oficial, se basa en numerosos casos reales y en la experiencia legal de quienes han solicitado o tramitado estas pensiones:
- Trastornos mentales y neurológicos: agorafobia, ansiedad, depresión, esquizofrenia, trastorno bipolar, trastorno de estrés postraumático, trastorno límite de personalidad, trastorno obsesivo compulsivo (TOC), síndrome de burnout, síndrome de Ménière, síndrome de Arnold Chiari, síndrome de Lambert-Eaton, síndrome postpolio.
- Adicciones: alcoholismo, ludopatía.
- Enfermedades neurodegenerativas o neuromusculares: Alzheimer, Parkinson, esclerosis múltiple, epilepsia, neuropatía, neuropatía óptica, miastenia gravis.
- Enfermedades cardiovasculares y respiratorias: aneurisma, arteriopatía periférica, cardiopatías, hipertensión pulmonar, infarto agudo de miocardio, fibrilación auricular, taquicardias, tetralogía de Fallot, EPOC, enfisema pulmonar, asma, apnea del sueño.
- Enfermedades articulares o musculares: artritis psoriásica, artritis reumatoide, artrosis, gonartrosis, lumbalgia, fibromialgia, hombro congelado, patologías de caderas, codos, manos y pies.
- Enfermedades autoinmunes y crónicas: lupus eritematoso sistémico, enfermedad de Behcet, enfermedad de Crohn, colitis ulcerosa, sensibilidad química, sarcoidosis.
- Otros diagnósticos médicos: cáncer (en todas sus variantes), ictus, insuficiencia renal crónica, insuficiencia mitral, pancreatitis, hernia cervical, glaucoma, hipoacusia, pérdida de visión, migraña, obesidad mórbida, síndrome de Wolf-Parkinson-White, trasplante de riñón, uveítis, Charcot-Marie-Tooth, enfermedad de Perthes, síndrome de la cola de caballo.
Condiciones para solicitar la pensión
Es importante señalar que no basta con padecer alguna de estas enfermedades para acceder a una pensión por incapacidad permanente. El solicitante debe acreditar que su dolencia le impide realizar cualquier trabajo o su profesión habitual, y que esa situación es irreversible o de muy larga duración. Además, es imprescindible estar dado de alta en la Seguridad Social y haber cotizado un mínimo de tiempo, salvo en casos de accidente o enfermedad profesional.
No todas las personas pueden compatibilizar la pensión de incapacidad con otras ayudas. Por ejemplo, quienes ya están jubilados normalmente no pueden recibir ambas pensiones a la vez. En el caso de los menores de edad, son los tutores quienes podrían recibir un apoyo económico si el niño requiere cuidados especiales.
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