A Hacienda no le van a quedar multas en España: va a empezar a sancionar a los propietarios de viviendas
Los propietarios deberán declarar las segundas residencias que estén vacías
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Da la sensación, desde hace tiempo, que tener más de una propiedad inmobiliaria es algo que se mira con lupa por parte de la Administración. Lo que antes parecía un negocio redondo, el tener una segunda propiedad con el fin de alquilarla o también algo para sencillamente disfrutar en vacaciones o para escapadas, ahora puede convertirse en todo un quebradero de cabeza para los propietarios ya que estos, pueden acabar con una sanción si no las incluyen de forma correcta en su declaración de Hacienda.
No es que Hacienda quiera perseguir a aquellos que tienen más de un piso o quienes tienen una casa de vacaciones que generalmente está vacía. Lo que ocurre, es que este tipo de propiedad debe estar bien declarada fiscalmente y por ello, omitirlo o pensar que como no está alquilado no requiere de ser declarada, puede acarrear multas que en algunos casos pueden llegar a ser bastante elevadas. De este modo, y como ocurre con cualquier otra propiedad, todo debe pasar por el control de la Agencia Tributaria, de modo que si tienes una segunda residencia, esté alquilada o no, debes saber cómo se declara, y también las consecuencias que tiene para los propietarios el no hacerlo.
Sanciones de Hacienda hacia los propietarios
Que tengas una casa para irte de vacaciones en verano, o que tengas siempre vacía no te exime de que Hacienda no sepa de su existencia. Es más, debe saber que la tienes y como propietario y contribuyente la tienes que declarar de forma correcta cuando realizas tu declaración de la renta cada año. De este modo, la Agencia Tributaria deja claro que no basta con tener el inmueble registrado a tu nombre, sino que es obligatorio reflejar en la declaración qué uso se le da.
En el caso de que tengas una segunda vivienda, pero has decidido tenerla alquilada, entonces tienes que declarar los ingresos. Y si no lo está, también se debe informar de su condición de vivienda vacía. En ambos casos, no hacerlo puede suponer el que te enfrentes a una sanción. La novedad es entonces, que el foco ya no está solo en las compraventas a precios sospechosos, sino en la tenencia misma de esas segundas propiedades.
Obligación de declarar las segundas viviendas
Hasta hace poco, muchos propietarios pensaban que no hacía falta declarar que se tenía una segunda vivienda, y más cuando esta apenas la usamos o directamente no la hemos alquilado y preferimos tenerla vacía. Sin embargo, el nuevo marco de Hacienda, deja claro que cualquier segunda residencia debe estar en la declaración, sin importar cuál es su situación. La Agencia Tributaria entiende que una vivienda, aunque no se alquile, genera lo que llaman una renta imputada. Es decir, que se trata de un beneficio para quien es propietario, y que se calcula además en función del valor catastral del inmueble.
En el caso de que se nos olvide declarar esa vivienda, ya no vamos a poder argumentar que ha sido un descuido, ya que a ojos de la Agencia Tributaria, esa propiedad, no deja de ser una ventaja patrimonial, aunque no se traduzca en ingresos directos.
Cómo se calculan los importes a declarar
El cálculo de la renta imputada depende del valor catastral de la vivienda. Hacienda aplica un 2% de ese valor, salvo que haya sido revisado en los últimos diez años, en cuyo caso el porcentaje se reduce al 1,1%. Esto, trasladado a números, puede suponer varios cientos de euros que el contribuyente debe sumar a su base imponible.
Si además el propietario decide alquilar la vivienda, los ingresos generados se computan como rendimientos de capital inmobiliario. Es decir, se tienen que declarar de forma íntegra y, en algunos casos, con la posibilidad de que se apliquen reducciones o deducciones por gastos asociados. Pero lo que ya no se admite es dejar fuera esa información. Hacienda avisa que si se omiten los ingresos o si no se añade la vivienda vacía equivale a fraude fiscal.
El régimen de sanciones de Hacienda
Las sanciones se dividen en tres niveles. En los casos que sean considerados como leves, cuando la base de la sanción no supera los 3.000 euros, se puede poner una multa del 50% de la cantidad, con un máximo de 1.500 euros. En las infracciones graves, cuando la base supera los 3.000 euros y existe ocultación, la multa se sitúa entre el 50% y el 100% de la cantidad defraudada. Y en los supuestos muy graves, cuando se han empleado medios fraudulentos para engañar a la Administración, las multas pueden llegar a alcanzar entre el 100% y el 150%.
Debemos tener entonces mucho cuidado, dado que algo que antes podía pasar desapercibido ahora puede traducirse en un golpe importante al bolsillo. Hacienda busca con ello disuadir a los contribuyentes de mantener segundas viviendas fuera de radar fiscal. Una medida que sin embargo, está dando mucho que hablar porque pone bajo la lupa tanto a quienes alquilan sin declarar como a quienes simplemente tienen una casa cerrada durante la mayor parte del año.
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