Por decisión de la Audiencia Nacional y en relación al caso de la yihadista Soukaina Aboudrar, que tendrá que descubrirse o usar un pañuelo que deje entrever la cara, orejas y cuello

El velo islámico estará prohibido en las cárceles si dificulta la identificación de las presas

Velo islámico
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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha prohibido el uso del velo islámico ‘hiyab’ en las cárceles españolas si dificulta la identificación de las internas. Concretamente, desestima la petición de Soukaina Aboudrar, una yihadista de 20 años que se encuentra en la prisión de Picassent (Valencia) y a la que obliga a descubrirse o usar un pañuelo «que deje la cara, orejas y cuello al descubierto».

En un auto al que ha tenido acceso Europa Press con fecha de 17 de julio, la Sala que preside Concepción Espejel da la razón a la Fiscalía en contra del criterio establecido el pasado 19 de diciembre por el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria. Entiende que el uso del pañuelo ‘hiyab’ «afecta a la identificación en todo momento de la persona interna y quebranta las normas».

El caso de la yihadista Soukaina Aboudrar

La Sala señala igualmente que la interna de origen marroquí Soukaina Aboudrar usa esta prenda con «carácter reivindicativo de su posición yihadista», por lo que permitirlo iría en detrimento de la finalidad rehabilitadora y reinsertadora de la pena.

«Es relevante indicar el hecho de que la interna durante una parte dilatada de su estancia en el centro penitenciario no utilizaba el «hiyab», argumenta, considerando a esta joven marroquí víctima de un «proceso de radicalización islámica».

«Constan informadas actividades de proselitismo islamista por parte de la interna», recuerda la Sala, que en el cuarto punto de su escrito insiste en que «el uso de un simple pañuelo de dimensiones no tan grandes como las del ‘hiyab’, que cubriera únicamente el pelo de la interna, podría tener otra consideración a la que tiene el caso».

Aunque no lo cita, los jueces se refieren a la ‘shayla’, siendo el ‘hiyab’ un pañuelo de uso intermedio desde el punto de visto de su carácter restrictivo, en comparación con el ‘niqab’ o el ‘burka’, donde el rostro se cubre por completo.

Juicio por amenazas y referencias al 11M

Precisamente la Audiencia Nacional ha señalado para este próximo viernes el juicio contra Aboudrar. El juez Eloy Velasco la procesó por publicar en Twitter mensajes en los que hacía referencia al atentado del 11 de marzo de 2004. «Felicitamos a los españoles el aniversario del 11 de marzo, y les damos la buena noticia de que lo que viene será más amargo».

La yihadista fue detenida en diciembre de 2015 en Pájara (Fuerteventura) por sus vínculos con el Estado Islámico (Daesh). En la misma operación policial fue apresado el también marroquí Marouan Ben Nacer, vecino de Mataró (Barcelona) de 32. El juez Velasco les acusó de integración en Daesh, amenazas terroristas y humillación a las víctimas del terrorismo.

La Fiscalía pide siete años de prisión por entender que ambos juraron lealtad al Estado Islámico y que se dedicaban especialmente a captar y adoctrinar a posibles militantes y gente de su entorno más cercano, como es el caso de la hermana pequeña de uno de ellos, de cuatro años de edad.

 

 

 

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