Caso Dina-Iglesias

Ultimátum de la juez a Dina Bousselham: le imputará falso testimonio si vuelve a mentir

Dina Bousselham mintió hasta en seis ocasiones en la causa en la que se investiga cómo llegó a la revista Interviú la tarjeta micro SD de su teléfono móvil

El juez desmonta el perdón de Dina a Iglesias: «Machismo es guardarse la tarjeta para protegerla a usted»

Dina miente al juez: le dijo que Iglesias le había dado la tarjeta destruida y ahora se retracta

Dina Bousselham
Pablo Iglesias y Dina Bousselham.

Ultimátum de la titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Madrid, la magistrada Dolores Baeza, a Dina Bousselham, ex asesora de Pablo Iglesias: la investigará por un delito de falso testimonio si vuelve a mentir. Y es que la joven marroquí ha dado hasta seis versiones distintas en la causa abierta en la Audiencia Nacional en la que se investiga qué ocurrió con la tarjeta de su teléfono móvil que llegó a finales de 2015 a Interviú y que el dueño del Grupo Zeta –propietaria de la extinta revista de investigación–, Antonio Asensio, entregó al ex líder de Podemos.

Desde que denunció en una Comisaría de Alcorcón el supuesto robo de su teléfono móvil, el 1 de noviembre de 2015, Bousselham ha declarado en varias ocasiones ante jueces y agentes de la Policía y todas las declaraciones son contradictorias.

Después de que OKDIARIO publicara, en julio de 2016, el chat machista de Pablo Iglesias sobre la periodista Mariló Montero, Dina declaró en un juzgado de Alcorcón que el material publicado por este diario procedía de su teléfono móvil supuestamente sustraído. En este acto, en el que estuvo asistida por los abogados de Podemos, Dina ocultó que ya había recuperado la tarjeta de memoria de su móvil: había llegado a la redacción de la revista Interviú y su presidente, Antonio Asensio, se la entregó a Pablo Iglesias en enero de 2016.

El propio Pablo Iglesias reconoció ante el juez que, ante un ordenador de la revista Interviú, accedió al contenido de la tarjeta, examinó sus archivos y comprobó que contenía «fotos íntimas» de su asesora. Pese a ello, se guardó el dispositivo y no se lo devolvió a su legítima propietaria hasta seis meses después, en el verano de 2016, según su declaración.

Caso Villarejo

Dina Bousselham declaró el 10 de diciembre de 2018 ante la Unidad de Asuntos Internos (UAI) de la Policía Nacional como testigo-perjudicada en la pieza separada número 10 del caso Villarejo, en el que se ha investigado cómo llegó a Interviú la tarjeta SD de Bousseham. En esta ocasión, aseguró expresamente que no tenía ninguna copia de la tarjeta de su teléfono móvil. Mintió, pues ya hacía dos años que Pablo Iglesias le había entregado el dispositivo de memoria.

Tres meses después, el 27 de marzo de 2019, Dina Bousselham declaró por primera vez ante el juez Manuel García-Castellón. Reconoció que había mentido ante la Policía Nacional y entregó al magistrado la copia de la tarjeta de memoria que Iglesias había recibido de manos del presidente del Grupo Zeta.

En esa primera declaración aseguró que nunca pudo acceder al contenido del dispositivo, porque estaba dañado cuando Iglesias se lo entregó: «Yo nunca la he llegado a abrir porque nunca me ha funcionado, de hecho intenté recuperar la tarjeta SIM para mandarla, en este caso a Berlín, que no lo hice nunca, y la dejé en el olvido hasta ayer que [Pablo Iglesias] me dice: Oye, tráete la tarjeta SIM que te di, ¿te acuerdas? Y la he traído por si quisieran cotejarla». Estas revelaciones hicieron que el magistrado, de acuerdo con la Fiscalía Anticorrupción, retirase a Iglesias la condición de perjudicado en el procedimiento y elevase una exposición razonada ante el Alto Tribunal para que el entonces vicepresidente del Gobierno fuese imputado por los delitos de revelación de secretos y daños.

Dina, con el objetivo de ayudar a su ex jefe, envió una carta al magistrado y se retractó de su primera declaración. La testigo ahora aseguraba que el ex líder morado, cuando le entregó la tarjeta de su móvil, funcionaba perfectamente. Y, en una última declaración, el 15 de marzo de 2022, aseguró que incluso pudo comprobar el contenido de la micro SD en un ordenador y que «no se expresó bien en su interrogatorio».

Dina Bousselham también mintió cuando manifestó que nunca envió a sus amistades capturas de los chats machistas de Pablo Iglesias que OKDIARIO publicó en julio de 2016. Mentía, tal como pudo comprobar la Unidad de Asuntos Internos de la Policía. La testigo llegó a reconocer ante el magistrado García-Castellón que había mentido y admitió lo que ya había descubierto Asuntos Internos: antes del supuesto robo de su móvil, Dina hizo capturas de los chats machistas del líder de Podemos y se las envió a varias amistades y compañeros del partido.

Falso testimonio

Ante tales contradicciones, el juez García-Castellón acordó deducir testimonio y que un juzgado de Madrid investigase si Bousselham cometió un delito de falso testimonio. Ahora, la magistrada Dolores Baeza se ha pronunciado al respecto y asegura que para proceder contra la testigo, ésta debe mentir no sólo en instrucción sino también durante el juicio oral.

En un auto, al que ha tenido acceso OKDIARIO, la juez explica que el artículo 715 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que: «Siempre que los testigos que hayan declarado en el sumario comparezcan a declarar también sobre los mismos hechos en el juicio oral, sólo habrá lugar a mandar proceder contra ellos como presuntos autores del delito de falso testimonio cuando éste sea dado en dicho juicio. Fuera del caso previsto en el párrafo anterior, en los demás podrá exigirse a los testigos la responsabilidad en que incurran, con arreglo a las disposiciones del Código Penal».

Sin embargo, expertos consultados por OKDIARIO discrepan de la magistrada y aseguran que el delito de falso testimonio en una causa de jurisdicción penal puede cometerse en la fase de instrucción o la fase del juicio oral, dado que en ambos casos es necesario preservar el bien jurídico protegido. Existe jurisprudencia sobre este asunto. Según la sentencia del Tribunal Supremo 901/2016 de 9 de febrero, «la razón de ser de aplicar el tipo penal también a la fase de instrucción del procedimiento penal estriba en que en dicha fase de la causa judicial no sólo se constatan hechos o manifestaciones que pueden determinar el curso de la misma, sino que se adoptan por el juez resoluciones que afectan directamente a los derechos de las personas como puede ser el de la libertad o los patrimoniales».

En este tipo penal existe un subtipo de carácter agravado. Se produce cuando existe voluntad de declarar no sólo en falso sino en contra del reo. El testigo con su testimonio no sólo está faltando a la verdad, sino que repercute en la condena del acusado y agrava su responsabilidad. En este caso las penas son de uno a tres años de prisión y multa de seis a doce meses.

Pero, la magistrada ha optado por archivar provisionalmente la causa que podrá reabrirse en el supuesto de que Dina Bousselham sea llamada a declarar como testigo en el juicio y vuelva a mentir.

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