El Tribunal Europeo pronunciará la sentencia sobre la Ley de Amnistía de Sánchez el 16 de julio
El Abogado de la UE emitió una opinión no vinculante a favor de la Ley de Amnistía en noviembre
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) pronunciará la sentencia sobre la Ley de Amnistía el próximo 16 de julio. Se trata de la medida de gracia que el Ejecutivo de Pedro Sánchez promovió para asegurar los siete votos a favor de Junts, la formación independentista del ex president fugado de la Justicia Carles Puigdemont, para lograr su investidura.
El juicio en la Gran Sala del Tribunal tuvo lugar el pasado 15 de julio de 2025. Tras ello, sólo se conocieron las conclusiones del Abogado General sobre la Ley de Amnistía, en noviembre de aquel año.
En esas conclusiones, que no son vinculantes, el Abogado General luxemburgués Dean Spielmann avaló la medida de gracia al considerarla parcialmente compatible con el derecho comunitario. Sin embargo, mostró ciertos reparos a partes de la misma, como los plazos de los jueces para aplicarla.
Por un lado, se pronunció sobre los delitos de malversación. Es decir, el presunto uso de dinero público en los referéndums y la actividad exterior en la que se trataba de defender la idea de la independencia de Cataluña fuera de la comunidad autónoma. Entre los afectados están el ex presidente de la Generalitat fugado de la justicia, Carles Puigdemont, y el líder de ERC, Oriol Junqueras.
A ojos del abogado general, «la protección de los intereses financieros de la Unión» no se opone a la «extinción de la responsabilidad» de la medida de gracia. Es decir, que pueden amnistiarse los delitos de malversación del procés. Y lo justifica en que «no existe un vínculo directo entre esos actos y la reducción, actual o potencial, de los ingresos puestos a disposición del presupuesto de la Unión».
Sin embargo, el jurista sí presentó una opinión contraria a la imposición de resolver el asunto en sólo dos meses; es «demasiado corto para determinar si la situación está cubierta o no por la amnistía».
«Contexto real de reconciliación»
Por otro lado, también dio la razón al Gobierno sobre la amnistía de los delitos de terrorismo, cuyos principales afectados serían los miembros de los autodenominados Comités de Defensa de la República (CDR).
El Abogado General consideraba que la legislación europea «no contiene ninguna disposición que prohíba expresamente» la aplicación de la amnistía a delitos de terrorismo: «Meramente conlleva una desactivación parcial y temporal de sus efectos».
Además, el Spielmann aseguraba que la medida de gracia parecía «haberse aprobado en un contexto real de reconciliación política y social y no constituye una autoamnistía». Es decir, refrendaba la tesis defendida por el Gobierno.
Específicamente, puntualizaba que la norma no amnistía las «violaciones graves de derechos humanos». Porque, en su opinión, la redacción de la ley «establece una exclusión explícita de los actos que hayan causado de forma intencionada tales violaciones».
Sentencia con cierto retraso
Antiguos miembros del TJUE reconocían a OKDIARIO que la sentencia se ha retrasado «algo». Sin embargo, restaban importancia a esta dilación porque «tampoco es muy significativo».
Además, recalcaban que es un «asunto de la Gran Sala». Es decir, cuando el caso es tan relevante que todos los jueces del TJUE tienen que dirimirlo y cuyo proceso está presidido por el Presidente del Tribunal de Justicia. De acuerdo con el TJUE, la Gran Sala «actúa en casos especialmente complejos o importantes para el desarrollo del Derecho de la Unión». También cuando un Estado miembro o una institución de la Unión lo solicita.
De acuerdo con este antiguo miembro del TJUE, «todos querrán meter pluma», es decir, formar parte de ese proceso decisorio. Pero, en todo caso, considera que los plazos no son extraordinarios. «Lo que sería anormal» es que el fallo no hubiera salido «este año», recalcaban.
A su vez, admite que vaticinar cómo será la deliberación es imposible: «Nunca en 70 años se ha filtrado nada». Y esto también ha ocurrido en este caso.