'Ley Trans'

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos avala los informes médicos para los trans que desprecia Montero

Montero sólo sí es sí
La ministra de Igualdad, Irene Montero, en el Congreso.
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

La posibilidad de cambiar de sexo sin contar con la opinión médica es uno de los puntos más polémicos que recoge la Ley Trans impulsada por Irene Montero. La norma ha provocado la reacción de psicólogos, médicos y psiquiatras, que advierten de sus consecuencias para los menores. E incluso el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), en su jurisprudencia, ampara el criterio médico a la hora de cambiar de sexo. En una de sus sentencias, el TEDH se mostró favorable a exigir que el solicitante reuniese «la realidad del síndrome transexual» y «la existencia o persistencia del mismo», avalando así la opinión profesional.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en su informe sobre la Ley Trans, destaca que: «El Tribunal consideró que dicho requisito era favorable a la estabilidad de los cambios de sexo en el registro civil, y que junto al interés particular del transgénero existe un interés general en la fiabilidad y coherencia del estado civil, así como en la seguridad jurídica, unido a la preservación del principio de la no disponibilidad del estado de las personas». Según el Tribunal, el diagnóstico psicológico previo no amenaza directamente la integridad de las personas. Y «respecto de la obligación de someterse a un examen médico por parte de un experto judicial, considera que es una medida proporcionada que pondera adecuadamente los intereses concurrentes». De esta forma, y en definitiva, el informe médico «resulta conforme con el respeto a la vida privada».

La Ley Trans permite los cambios de sexo en el registro a partir de los 12 años. Entre los 12 y 14 años, el menor deberá contar con la autorización de un juez. De los 14 a los 16, tendrá que estar acompañado por sus padres. Y a partir de los 16, no existirá control alguno.

Críticas

Esta circunstancia ha provocado la reacción de médicos, psicólogos y psiquiatras, muy críticos con los efectos de la norma. El Consejo General de Médicos (CGOM) reclamó esta semana al Gobierno que la ley exija a los menores un informe médico multidisciplinar para disminuir el riesgo de «no persistencia en el deseo de transexualidad» y otros de carácter psicológico. Consideran que hacerlo no vulnera los derechos fundamentales de la persona y avisan de que el planteamiento de la norma «no resulta adecuado» para proteger el interés de los menores de 16 años que «carezcan del suficiente grado de madurez o cuya situación de transexualidad no esté estabilizada». El Tribunal Constitucional ya determinó en su día que para el cambio de sexo debían acreditarse ambas condiciones.

«La asistencia a los menores por parte de equipos médicos multidisciplinares especializados durante todo el proceso disminuiría el riesgo de no persistencia en el deseo de transexualidad y los riegos psicológicos y orgánicos derivados de un proceso acelerado de la transición de género», advierten los médicos.

Como ha publicado OKDIARIO, la Ley Trans permite incluso tres cambios de sexo en apenas dos años. Por ejemplo, una vez admitido el cambio en el registro, el solicitante podrá regresar a su sexo original cuando pasen seis meses. Después, podrá pedir nuevas modificaciones, que deberán contar con el aval de un juez. La norma no contempla límites en estas solicitudes.

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