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El PSOE ignoró las quejas de mujeres sobre sus equipos de atención al maltrato y menores en Andalucía

El Defensor del Pueblo andaluz recogió las quejas de los afectados por los equipos psicosociales destinados a los juzgados, y encargados de valorar situaciones de maltrato, custodias o conflictos familiares.

El PSOE ignoró las quejas de mujeres sobre sus equipos de atención al maltrato y menores en Andalucía
Pedro Sánchez, en el debate de Atresmedia.
Luz Sela

La atención y formación de los equipos psicosociales que atienden a víctimas de violencia de género, conflictos familiares, divorcios y otros procesos en la Junta de Andalucía viene siendo cuestionada desde tiempo atrás, aunque haya trascendido ahora al debate político y mediático. Primero, por la petición de Vox de los nombres de los empleados de las unidades de violencia de género y la composición de los equipos que atienden en juzgados de Familia y equipos de menores en las provincias andaluzas. Y, este martes, con la acusación de Pedro Sánchez a PP y Cs, apoyándose en una carta ‘fake’, sobre la supuesta elaboración de ‘listas negras’ de estos trabajadores por parte del nuevo gobierno andaluz. La misiva es, en realidad, una petición impulsada por un particular al Portal de Transparencia, es decir, sin relación alguna con el ejecutivo autonómico, como aseguró Sánchez.

Salas compartidas

La Junta de Susana Díaz conocía desde hace tiempo las múltiples quejas de los usuarios -sobre todo, mujeres víctimas de maltrato o en procesos de divorcio con menores implicados- de las unidades psicosociales de los juzgados. Pero aún así, se empeñó en negarlas e ignorarlas. Un extremo que se constata en las numerosas reclamaciones cursadas al Defensor del Pueblo andaluz, que provocaron que el organismo decidiese abrir, en 2017, una investigación de oficio. Las conclusiones se publicaron el año pasado y son demoledoras.

En una de las quejas recibidas por el Defensor, relativa al equipo psicosocial de los Juzgados de Córdoba, la afectada denuncia que la entrevista apenas duró cinco minutos y que fue atendida en una sala sin intimidad, y delante de otra familia. Estas dependencias, donde la privacidad debe estar garantizada, tienen capacidad hasta para 30 personas, como admitió el gobierno socialista.

Tramitada la queja, la viceconsejería de Justicia e Interior resolvió negando la mayor y asegurando, por ejemplo, que «la esta perfectamente aislada acústicamente y con vinilos que impiden la visualización de las personas que se encuentran en el interior». «Se procura citar de manera que no haya ocasión para la espera si bien, en este caso, lamentablemente ocurrió un equivoco involuntario en cuanto al lugar de las entrevistas», admite también. Todo ello provocó que la afectada tuviera que compartir sala con otra familia, en un momento especialmente delicado. «Pero nunca hubo 30 personas», rebate, ante la queja tramitada por el Defensor del Pueblo.

La afectada denunció también la «falta de una figura de un profesional del equipo de valoración» dando como resultado «una valoración sesgada que además se lleva a cabo mediante entrevista que apenas dura cinco minutos». La Junta, de nuevo, rebatió, sin tomar en consideración la queja: «Debe informarse que las entrevistas vienen desarrollándose por un tiempo superior a los 5 minutos, que la prueba se ha llevado a cabo por técnico competente con título habilitante para ello, y que el personal de TAXO VALORACION S.L. posee la titulación, además de psicología, de trabajador social», añadía en su respuesta.

Un caos

El Defensor del Pueblo recogió en su informe los distintos motivos de queja: mala praxis profesional, externalización y «no idoneidad de los profesionales», falta de motivación de los informes, informes contradictorios e incompletos, o sesgados en favor de la otra parte, disconformidad con lo reflejado en el informe por no ser veraz con lo manifestado en las entrevistas, disconformidad con el contenido de la pericial; ausencia de un espacio y entorno favorable para la realización de las mismas…demoras en la tramitación de los informes y ausencia de la obligación de estar colegiados, por decisión del gobierno socialista. «Ello provoca que los ciudadanos que reclaman sobre cómo los profesionales ejercen su profesión se encuentran que la Junta de Andalucía no tramita sus reclamaciones por considerarlas propias del colegio profesional, y paralelamente éste niega intervención cuando el profesional no se encuentra colegiado».

Entre las conclusiones, el Defensor destaca la ausencia de criterios comunes que permitan establecer un protocolo básico de actuación o la «urgencia» de una regulación ante el «vacío legal». Una situación que provoca que «no se encuentren clarificados y definidos, ni siquiera con una mínima nitidez, los derechos y deberes que incumben a quienes se someten al estudio psicosocial o las garantías para el usuario del servicio, incluida la posibilidad más elemental de reclamar contra los informes».

El organismo criticaba también la existencia de «tantos equipos como modelos de funcionamiento», plazas sin cubrir y «ausencia de aspectos normativos y de organización».

Sobre su composición, el documento advierte de que los equipos «al menos formalmente, deben estar compuestos por dos profesionales, uno especialista en psicología y otro en trabajo social. Sin embargo, en Andalucía no siempre se sigue ese esquema».  Bien porque algunas de las plazas de estos profesionales no han sido cubiertas o «porque las personas responsables del servicio acordaron, sin saber muy bien en base a qué criterios, que los profesionales trabajaran de modo independiente».

«Las plazas que se convoquen deberían valorar la experiencia o especialización en asuntos de familia y menores como criterio de admisión o, al menos, como mérito para su valoración», se avisa también.

Sin respuesta

El informe señalaba además que «la práctica totalidad de las reclamaciones de los ciudadanos sobre la praxis profesional de los integrantes de los Equipos quedan sin respuesta». Y apuntaba a la Ley de Colegios Profesionales de Andalucía de 2013, que estableció la exención del requisito de colegiación para el personal funcionario, estatutario o laboral, al servicio de las Administraciones Públicas. Una situación, viene a decir el Defensor, que provoca la indefensión de los afectados. Así, insta a celebrar acuerdos con los colegios profesionales para «consensuar criterios de actuación exigibles» a estos profesionales.

En otro momento, se cuestiona que «en la Relación de estos Puestos de Trabajo (RPT) las plazas que se convocan para ser cubiertas por los profesionales de los Equipos no se valora la experiencia ni la especialización en asuntos de familia y menores sino que para su cobertura sólo se exige la titulación “psicólogo/a o trabajador/a social”». 

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