Crisis del coronavirus

Las piscinas de toda España podrán abrir desde el lunes para uso deportivo individual y con cita previa

Los zoológicos, acuarios y centros recreativos turísticos podrán reabrir al público con una limitación de su aforo total al 50 por ciento en la fase 3

Piscinas fase
Bañista haciendo deporte en una piscina

Nuevas novedades de la desescalada, según ha publicado hoy el BOE: las piscinas de toda España, también las de las zonas en fase 1, podrán abrir desde este lunes para uso deportivo individual, con cita previa y limitando su aforo a un 30 por ciento.

Así lo establece la orden publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

En concreto, la orden permite en las piscinas la práctica deportiva individual o aquellas prácticas que se puedan desarrollar por un máximo de dos personas en el caso de modalidades así practicadas, siempre sin contacto físico manteniendo las debidas medidas de seguridad y protección, y en todo caso la distancia de seguridad de dos metros.

Cuando la piscina se divida por calles de entrenamiento, se habilitará un sistema de acceso y control que evite la acumulación de personas y que cumpla con las medidas de seguridad y protección sanitarias.

En cualquier caso, la publicación destaca que hay que respetar el límite del 30 por ciento de capacidad de aforo de uso deportivo en cada piscina, tanto en lo relativo al acceso, como durante la propia práctica.

Más novedades de la fase 3

Además del uso de las piscinas, el Gobierno ha publicado mas novedades, sobre todo en lo que se refiere a la fase 3, la que estrenan algunas islas de Baleares y Canarias: Formentera (Baleares), y La Gomera, El Hierro y La Graciosa (Canarias). En ellas, como ya informa OKDIARIO, se eliminan las franjas horarias en la fase 3  y permitirá reuniones de hasta un máximo de 20 personas en domicilios y al aire libre.

En la fase 3, se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

La orden publicada este sábado en el Boletín Oficial de Estado permite realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupo de hasta 30 personas. Se concertarán, preferentemente, mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de 20 personas. Durante el desarrollo de la actividad se evitará el tránsito por zonas o lugares susceptibles de generar aglomeraciones. Asimismo, deberán respetarse las condiciones en que debe desarrollarse la actividad de visita a monumentos y otros equipamientos culturales.

Durante esta actividad, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del Covid-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o en su defecto la utilización de medidas alternativas de protección física.

Además, durante el desarrollo de la actividad no se podrán suministrar audioguías, folletos u otro material análogo.

En las actividades deportivas, culturales o recreativas permitidas en los espacios naturales, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del Covid-19.

Zoos y acuarios 

Los zoológicos, acuarios y centros recreativos turísticos podrán reabrir al público con una limitación de su aforo total al 50 por ciento en la fase 3 de la desescalada.

El BOE fija que estas instalaciones deberán limitar a un tercio el aforo en las atracciones y lugares cerrados; y las zonas comerciales deberán cumplir con las condiciones y medidas de higiene y/o prevención establecidas por el Ministerio de Sanidad.

Los hoteles y alojamientos turísticos de los centros recreativos turísticos deberán cumplir con las condiciones para la reapertura de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos establecidas por el BOE para la fase 3.

El documento ordena que los centros recreativos turísticos, acuáticos y zoológicos expongan al público el aforo máximo de cada local y aseguren que dicho aforo, así como la distancia de seguridad interpersonal de dos metros, se respeta en su interior.

Para ello, deberán establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo, de forma que éste no sea superado en ningún momento, y que deberá incluir a los propios trabajadores.

Asimismo, la orden señala que la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios deberá modificarse, cuando sea necesario, con el objetivo de garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal de dos metros.

Preferiblemente, siempre que el centro disponga de dos o más puertas, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida, reduciendo así el riesgo de formación de aglomeraciones, añade la publicación.

En los centros recreativos turísticos, acuáticos y zoológicos que dispongan de aparcamientos propios para sus trabajadores y clientes, cuando el acceso a las instalaciones con los lectores de tickets y tarjetas de trabajadores, no pudiera realizarse de manera automática sin contacto, el BOE fija que deberá ser sustituido por un control manual y continuo por parte del personal de seguridad, para mejor seguimiento de las normas de aforo.

En su caso, y salvo que «estrictos» motivos de seguridad recomienden lo contrario, la orden subraya que las puertas que se encuentren en el recorrido entre el parking y el acceso a los establecimientos o los vestuarios de los trabajadores permanecerán abiertas para evitar la manipulación de los mecanismos de apertura.

Higiene

En cuanto a las medidas relativas a la higiene, se deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes en las zonas de cola, embarque y desembarque a las atracciones, con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización.

En los espacios interiores también se deberá respetar dicha distancia de seguridad, no debiendo realizarse la reapertura de aquellas secciones interiores y actividades donde no sea posible mantenerla.

La publicación del BOE también incide en que los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por Sanidad, en todo caso en la entrada de cada servicio de entretenimiento, que deberán estar siempre en condiciones de uso.

Además, la distancia entre los trabajadores y los clientes durante todo el proceso de atención al cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de dos metros sin estos elementos.

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