La Justicia da luz verde a la eutanasia de una joven de Barcelona tras rechazar el recurso de su padre
El padre dice que su hija sufre de "problemas mentales" y que no está en "condiciones óptimas" para decidir sobre su muerte
La magistrada del Juzgado Contencioso 12 de Barcelona ha inadmitido este lunes el recurso presentado por el padre de Noelia, una joven de 24 años, contra la resolución del Pleno de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña que aprobaba la eutanasia solicitada por su hija.
El padre de la joven, que está representado por Abogados Cristianos, argumentaba que la chica sufre «severos problemas mentales» y, que debido a esa condición, no estaba en las «condiciones óptimas» para poder tomar la decisión de recibir la eutanasia. Aunque, según el informe de la Fiscalía, la joven si que está «capacitada» para tomar esta decisión y, además, se encuentra en «una de las situaciones que prevé la ley», puesto que sufre una lesión medular a causa de un intento de autolisis, que es la desintegración espontánea de las células o de los tejidos.
Otro de los factores por lo que se ha desestimado la petición del padre es que no ha aportado ninguna prueba de que su hija tenga problemas mentales. La magistrada también considera que «no se encuentra justificada» la petición del progenitor de impedir la muerte de la hija, que es mayor de edad y que, aunque tiene un trastorno límite de la personalidad, según un informe psiquiátrico realizado, no sufre «ninguna crisis o descompensación» relacionada con el mismo que afecte a sus capacidades.
«La solicitante mantiene la capacidad de hecho para solicitar la ayuda para morir, porque tiene las habilidades cognitivas y psicológicas suficientes para gobernar sus actos y no consta que estén alteradas las funciones mentales», ha señalado la magistrada.
Por su parte, Abogados Cristianos ha asegurado que recurrirá la sentencia y emprenderá acciones legales «contra los que autorizaron la eutanasia». De igual manera, han indicado que la sentencia «no es firme» y las partes pueden presentar un «recurso de apelación» ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
El amor a su hija no es justificación
Según ha indicado la jueza, el «enorme afecto» y el «amor» que el padre pueda sentir hacia su hija no constituye una razón suficiente para justificar su legitimación activa en este proceso, por lo que ha acordado no aceptar su recurso.
Por todo ello, ha concluido que se cumplen los requisitos previstos en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2021 de Regulación de la Eutanasia, que establece que la paciente sufre limitaciones sobre la autonomía física y actividades diarias, al punto de no poder valerse por sí misma, que presenta un sufrimiento físico y psíquico constante y que no hay un pronóstico de mejora o curación.
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